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280 comentarios:

  1. hola desde hace 2 meses sufro las gamberrasdas de un grupo de chavales de 14 años tocando al timbre despertando a mi bebe,insultando a mi mujeer y escupiendo mi puerta ,harto de ello le encare coji a uno le quite el dni y le dije que viniese su padre a por el ,para mi sorpresa me denuncia por lesiones que le agredi..,pues fue a urgencias a que le hicieran un parte por marcas en el cuello que consecuencias me puede traer??no solo soy yo quien lo sufre sino tambien mis vecinos gracias

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  2. Hola tengo un juicio por faltas para febrero. Es porque robe ropa de un valor de 100 euros, creo que no llegaba ni a 80. Fui a comisaria me dieron la citacion para juicio etc. pero estoy muy asustada por la multa que mepuedan poner por si no podre pagarlo porque se aqui a febrero solo podre ahorrar unos 200 euros y nose si me llegara. Me puedes ayudar porfavor? dime cuando me podran poner de multa... no quiero darles un disgusto a mis padres y que tengan que pagar una barbaridad de dinero y quiero poder pagarlo yo... ah por si es importante tengo 18 años un saludo respondanme a mi correo kely512@hotmail.com

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  3. Hola. Respondiendo a al primer post. En principio te puedes enfrentar a un delito de lesiones leves del 147.2 o una falta de lesiones leves por imprudencia del 621. En el caso del delito esta penado con prision de hasta 6 meses o multa pero tranquilo porque este caso pinta mas de multa y aun siendo prision no la cumplirias por no ser reincidente y ser menos de 2 años. En el caso de la falta siempre va a ser multa. Yo optaria por convencer a los vecinos para declaren lo imposible dela situacion de impotencia que estais viviendo dia tras dia y supongo que serán benevolos con la sanción. Animo y suerte

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  4. Respecto del segundo post. Nos encontramos con una falta de hurto del articulo 623.1 penada con localizacion permanente de 4 a 12 dias o multa de 1 a 2 meses. Se celebrara un juicio rapido que es pococomplejo y con unas breves intervenciones. En el caso de la multa no se puede saber con exactitud pero yo calculo que irá de 150 a 300 euros. No creo que más pero nunca se sabe aunque por la edad, ingresos y circunstancias no lo creo. Si no tuvieses suficiente puede pedir el fraccionamiento para facilitar su pago.

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    1. mi caso es diferente,ami me ha dicho la empresa que me van a acusar por fraude,el caso es el siguiente..hay uas prendas que se sacan a menor precio por tara,bien hace unos dias yo compre tres prendas que me lleve como tara y me cobro la cajera de donde yo trabajo,me han dixo que una de lasprendas de tara no paso bajo suprevision de los jefes como tara..y que yo les habia intentado estafar al llevarmela como tara sin ellos tener constancia..pero yo pague esas prendas al precio que me marco la cajera me han dixoque les lleve la prenda esta tarde para suprevisarla ellos ,y estoy de acuerdo pero fraude?yo no hize nada...!!!y ticket no tengo porque con las taras el original se lo queda la tienda..pero tengo testigos de que la pegue al prcio que me marco la cajera,,estoy preocupada no hize nada y me tratan de estafadora y ladrona..me urge saver que hacer..me estan machacando..

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  5. Hola. Mi caso es un poco especial, estoy muy indignado. Estaba con dos amigos en un banco charlando de repente vino la policia nacional, mientras estaban con unos chavales un compañero mio tiro un pitillo(porro) bastante lejos (unos 6 metros). Más tarde llegaron a nosotros, nos registraron (a mi no me encontraron nada). Mi compañero (el del pitillo) le dio voluntariamente un trozo muy pequeño de hachis (cantidad para un pitillo) y le comento que le iba denunciar.

    Hasta hay todo perfecto, pero para mi sorpresa me han mandado una carta denunciandome a mi, no he hablado todavia con ellos y no se si les ha llegado algo.

    Mi dudas son si será una equivocación (yo no fumo ni tabaco), o sospechan de mi por el pitillo que mi amigo tiro al suelo, yo era el que estaba más cerca de él, pero no me preguntaron si era mio ni nada. Y como puedo demostrar mi inocencia. Gracias

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  6. Hola. Seguramente la denuncia ira por via articulo 25 de la ley 1/1992 de seguridad ciudadana. Te enfrentas a una sanción administrativa de 300 euros de multa o poco mas. Debes tener enccuenta que si la recurres aun estas en via administrativa ( no judicial). Debes recurrir alegando que en ningun momento se te informo de ello y se te ha causado indefension. Si recurres y de nuevo no te dan la razon ya podras ir a la via judicial.

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  7. En grandísimas líneas, llame a un servicio tecnico por internet porque tenía una fuga de agua en la caldera bastante considerable y el señor me cobró 100 €uros sin cambiar una sola pieza y sin darme solución alguna, no respondieron mas a mis llamadas. Posteriormente llamé al sat de la marca oficial y me la arregló. Puse denuncia ante la policía nacional por estafa y a los 10 días me llamaron de los juzgados para abrir diligencias previas.
    No llevaré abogado el dia del juicio y quiero saber que tengo que pedir a SSª para que multen a este SAT. ¿puedo pedir que me devuelvan lo que me cobraron? en lineas generales ¿como funciona esto?

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  8. Desconozco pero supongo que a dia de hoy usted ha sido citado para el juicio de faltas. Se trata de un juicio por falta de estafa. Usted ha sido el perjudicado por el delito y por ello podra pedir como responsabilidad civi la devolucion de la cuantia objeto de la falta de estafa. Usted el dia del juicio debera llevar todo lo que tenga relacionado con el caso para entregarlo al tribunal ese mismo dia(incluida factura del SAT que finalmente arreglo la averia). Todo ello con independencia de la responsabilidad penal que consistiria en el pago de una multa o localizacion y a la que el citado SAT debera hacer frente en caso de ser condenado.

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  9. Hola otra vez Francisco,
    Todo claro menos un par de cosillas, haber, ¿pero la responsabilidad civil que me indicas es en este juicio?, o sea ¿por lo penal o tengo que emprender otra demanda por lo civil exigiendo la devolución de la cuantía? y lo segundo ¿soy yo el que tiene que pedir la pena a este sat o directamente el juez aplicará la pena?

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  10. Hola nuevamente. Espero aclararle sus dudas. No es necesaria la demanda civil. Basta con la denuncia que usted puso en su diario para poder ejercitar esa devolución de la cuantía a la que usted como perjudicado del delito tiene derecho. En el juicio al comienzo del mismo leeran su denuncia. En el turno de intervenciones le darán a usted la palabra tras el fiscal y ese sera el momento en el que usted deberá ratificar lo que dijo en la denuncia y añadir lo que estime oportuno solicitando la devolución de la cuantía en concepto de responsabilidad civil y solicitando la condena por falta de estafa. Tenga en cuenta que el juicio rápido de falta al que va a asistir nada tiene que ver con las formalistas vistas orales en caso de delito. Espero que todo salga bien y nos comente el resultado del pleito cuando lo conozca
    Un saludo

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  11. De acuerdo Francisco, si me admite mi demanda el juez te informaré aunque a saber cuando se celebrará el juicio...

    Me has sido de mucha ayuda.

    Gracias por todo y un saludo.

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  12. Me ha pasado un caso q voy a un centro comercial y al salir me pita algo y es mi niña de 4 años q lleva en sui mano un bolsito pequeñito y no me habia dado cuenta, en eso le indico al guardia q despues de quitarselo de la mano groseramente que lo voy a pagar al acercarme a la caja para pagarlo empieza a decir q si me estaba robando esto y le indico q lo voy a pagar q no me hable asi groseramente, empieza a decirme cosas por lo cual le indico q no lo voy a pagar, llama a la policia y me llevan a comisaria y me dan la citacion para un juicio de faltas, que tengo que hacer ir con abogado o que peudo hacer ya que en el oficio señala q no quise declarar. me llevaron con la niña a comisaria y se dieron cuenta que yo decia la verdad puesto q es una niña pequeña

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  13. SOy lA Anonima del anterior comentario queria indicar que el vigilante en el parte q les dio a la policia decia q yo llevaba el bolso y me negaba a pagarlo. LO q no es verdad, porque me empezo a decir q si al juez iba, y a servicios sociales porque yo era la encargada de la niñay yo le dije q a mi no me tebnia que tratar asi, que yo queria pagar y que no mintiera, y en los videos se veria todo pero claro cuando sea el juicio esos videos tal vez ya no existen o los llevaran o los puedo pedir antes q los borren que tengo que hacer.?

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  14. Hola. Gracias por detallar su caso. El asunto es bastante complejo. Estando la menor en el asunto yo optaría por buscar un abogado. Supongo que el fiscal tomará cartas en el asunto para analizar si la menor fue utilizada para el hurto. Creo que deberían pedir esos vídeos si realmente dejan patente que el tema del bolso no fue intencionado, pero además seria bueno buscar algún testigo que les fuera favorable. La consecuencia del hurto en caso de condena no tiene mayor trascendencia pero si las futuras investigaciones que en caso de condena puedan llevar a cabo para analizar la situación de la menor. La patria potestad es ejercida por ambos padres? Estan ustedes casados? Lo digo por tema de custodia. Gracias

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  15. Soy Anonimo, Bueno nosotros somos novios vivimos juntos. Yo nunca he tenido antecedentes ni ningun problema de estos el bolso solo costaba 5 e. yo en todo momento le dije de comprarlo y aun despues le dije q no queria hablar por la fomra de hablarme.

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  16. Hola otra vez. Usted deberá ratificar todo lo que ocurrio ordenadamente en el juicio y sobre todo dejar claro el motivo por el que usted se negó a declarar. Si ambos viven con el menor, no tendrán los problemas de custodia a los que me referí en el anterior post. Si el valor es solo 5 euros se enfrenta a una multa de escasa cuantia. Suerte

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  17. Soy un autonomo y tengo varios impagdos, por lo que me dirigi a un abogado, quien me pidio un
    fijo -suplidos y gasotos-, y un % segun resultados. Pedi aclaraciones sobre su actuación en la audiencia previa al juicio. Y me envio un e-mail por el que renunciaba a mi representación y se quedava con los 1.180 euros de los suplidos.
    Me gustaria denunciarle por apropiación indevida.
    En que articulado del C. Penal está regulado esta acción y hay posobilidaes que propere.

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  18. Hola. La apropiación indebida se encuentra regulada en el 252. No obstante, es bastante dudosa su aplicación en este caso. Todo dependerá realmente de los términos del acuerdo al que llegara en el momento de contratación de sus servicios y la actuación lleva a cabo por el letrado. Debería tener en cuenta usted el 467.2 de perjudicar de forma grave los intereses del representado y pedir como indemnización la devolución del dinero. Espero haberle despejado ciertas dudas.

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  19. Por un comentario con la policía nacional , que en ningún momento fué insulto, me pararon y después de cachearme y registrarme el coche de arriba a abajo, y de tenerme más de 45 minutos en la calle, uno de los policías empieza a tomarme los datos del DNI; siempre con educación, le digo que para qué es eso, a lo que me contesta que para sancionarme ante la Delegación del Gobierno y no me dice nada más. Sin saber yo lo que me puede pasar, decido ir a la Comisaría para que me expliquen algo, y siempre diciendo que en ningún momento quiero yo poner denuncia a nadie. Me atiende un policía muy amablemente y me dice que lo más normal es que no pase nada. A todo esto vienen los dos policías que me retuvieron y me hacen salir a mi de donde me estaban atendiendo. Al cabo de más de hora y media, sale un policía (uno nuevo) y le digo que si me van a atender y cuando, y me dice que en un principio los compañeros no iban a hacer nada, si acaso y como mucho elevar un escrito a la Delegación del Gobierno, pero que como ven que yo estoy ahí preocupándome por mis derechos, (cuando yo sólo quería información, nada de denunciar), olvidan lo que es la sanción administrativa y van a hacer una declaración que se va a llevar hasta el Juez (toda esta conversación la tengo grabada en el móvil, ya que yo veía como iban las cosas y no me fiaba). Le dije que qué habían puesto, pues yo no hize nada malo en ningún momento, y me dijo que el no tenía que decirme nada y que me podía ir cuando quisiese. Un policía que estaba por allí y estaba oyendo todo, cuando me iba yo de la Comisaría, me dijo a solas que no fuese tonto y me fuese al Juzgado de Guardia directamente. Y eso es lo que he hize, denunciarlos a ellos también. Me trataron fatal, me cachearon el coche de arriba a abajo; mi mujer, que es discapacitada les dijo que por favor, si se podía sentar en el coche ya que llevaba más de media hora de pie y estaba cansada, a lo que la contestaron que eran ellos los que decían lo que había que hacer, todo esto,por un simple comentario que les dije, el que pusiesen las luces de emergencia. Jamás he tenido un problema con nadie, no tengo ni una multa de tráfico en más de 28 años de carnet, y ahora me veo con todo esto. Mi confianza en la Policía a partir de ahora es nula, eran dos chavales jovenes y no se lo que puede ocurrir. El policía al que grabé con el móvil, me dijo que sus compañeros estimaban que les había faltado al respeto, o no se´qué de desobidiencoa o comportamiento muy grave, cuando no les falté al respeto en ningún momento. Es más, fue cuando me vieron en Comisaría cuando dijeron que en vez de ir por lo administrativo, lo elevaban al Juez (y eso lo tengo grabado). He recogido el atestado y (aunque me imagino que todos diremos o mismo) me acusan de desobdiencia y ponen un montón de cosas falsas, como que me negué a darles la documentación o que les insulté y gritaba que se iban a enterar ya que yo tengo amigos policías. TODO ESO ES FALSO. Mi pregunta es si la grabación con el móvil que tengo vale en el juicio, y aunque yo tengo testigos que saben que eso es mentira (que les insulté y me negué a darles la documentación) si me condenan que me puede pasar.
    Muchas gracias

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  20. Buenas. Gracias por su detallado relato. Usted se enfrenta seguramente a una falta y no a un delito. Para el delito es necesario una resistencia grave o bien el uso de fuerza contra los agentes. La falta conlleva pena leve y se recoge en el artículo 634 ¨los que faltaren al respeto y consideración debida a la autoridad o sus agentes, o los desobedecieren levemente, cuando ejerzan sus funciones, serán castigados con la pena de multa de diez a sesenta días¨. La multa si se le impusiera será muy leve (incluso menor que si hubiesen ido por vía administrativa, es decir, Delegación del Gobierno), lo que ocurre que al oir Juez la gente le impone bastante (pero al ser falta y no delito las penas son muy leves). No deberia preocuparse por el tema pues seguramente quedará en nada o en muy poco. La grabación en principio debería usted buscar un profesional acreditado que transcriba el sonido y aportarlo todo, con tantas copias como partes existan, pero le valdrá más el collar que el perro como se suele decir (si fuese delito si convendria hacerlo). Espero haberle ayudado. Un saludo

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  21. Muchas gracias por tan rápida y detallada respuesta, Francisco. Ya me comenta gente que no me preocupe, que no me va a pasar nada, pero yo no dejo de pensar en ello, son todos los días en que pienso en ello y hasta mi mujer me dice que me está afectando. Tengo 47 años y jamás he tenido ningún problema ni en nada ni con nadie, ¡Si es que ni siquiera en más 27 años de carnet de conducir no tengo ni una multa ni de aparcamiento siquiera! Y por un simple comentario, si es que sólo les dije que señalizaran el coche con las luces, que estaban en medio de un cruce y estaban armando un atasco impresionante, y a partir de ahí fue mi tortura. Esperemos que acabe ya rodo esto ( en febrero es el juicio) ; lo que tengo claro que mi idea de la policía ha cambiado totalmente.
    Le repito mi agradecimiento.
    Un saludo

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  22. Hola nuevamente. Decirle que comprendo su desesperación. Usted tuvo la mala suerte de cruzarse con unos policias poco profesionales, no obstante, no es bueno generalizar. En todos los ámbitos (abogados, medicos, profesores ...etc) nos encontramos con este tipo de personas. Hay estupendos y preparadísimos profesionales en los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado que verdaderamente luchan por defender nuestro derechos y a veces incluso arriesgando su vida. Creo que solo por ello merecen nuestro respeto. Este tipo de personas con las que usted se cruzo manchan el buen nombre del resto y perjudican por tanto a todos los ciudadanos. Desde el foro sobrelegalidad le deseo mucho ánimo y suerte. Verá que todo sale bien. Ya nos contará en que acabó todo al final. Un saludo y si lo desea hagase seguidor del blog.

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  23. Por supuesto que no generalizo, pero sí que es verdad que ya no veo a la policía del mismo modo, ya no por lo que me hicieron pasar, sino encima porque al ir a recoger la denuncia ver que todo, y no estoy mintiendo, todo lo que me acusan es falso. Me dicen que no les quise dar la documentación , es falso; que les amenazé diciendo que se iban a enterar ya que yo tenía amigos policías y se iban a cagar, es falso; que les insulté, es falso; todo es falso, yo estaba con tanto miedo que si me dicen que me ponga a bailar una jota les hago caso, y ahora veo todo esto... En fin, por supuesto que seguiré pensando en que ese Cuerpo es muy válido, pero metiéndome en internet, veo que mucha gente se queja de estos nuevos policías que son un poco "jovencillos" y que van con un poco de chulería. Un saludo, y por supuesto que me hago seguidor suyo ( ya está hecho)
    Ángel

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  24. hola francisco ,mira soy extranjero y nesecito hacer el retorno voluntario a mi pais ,lo que pasa es que me dijeron ahy donde tengo que hacerlo que ellos llaman a la policia y preguntan si puedo o no salir de españa ,entonces mi mujer ,que es requisito que me regrese con ella ,ella esta a la espera de que se celebre un juicio por una falta en su declarcion a la policia ,declaro ante un juez en un juzgado y el juez dijo q luego lo vera el fiscal y el decidiria si procede o no.ella tiene su pasaporte y nunca le dijeron que no puede viajar ,me parese que tiene una pena menor de tres meses a dos años ,que seria lo muy grave ,,pero entonces le pondran peros a ella al momento de salir ,,,te agradeceria me ayudes ,alquien me dijo que me acercara al juzgado donde ceclaro y le pregunte al juez al que ella declaro ,,eso es normal osea se puede hacer eso ,o puedo yo solicitar en alguna entidad de la policia esa respuesta

    gracias

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  25. Hola. Mira en principio comentarle que no parece una falta la causa pendiente pues según comentas la pena es prisión de hasta 2 años y las faltas no conllevan pena de prisión. Tampoco parece falta por el hecho de prestar declaración y quedar pendiente la causa de que el fiscal acuse o no. Por ello, mi primera recomendación es que usted como bien le comentaron se cerciore de si los hechos serian constitutivos de falta o delito (en caso de que todo continue adelante). Si la causa es por falta y os ausentais de España seguramente se celebrará el juicio en su ausencia y finalmente podrá ser condenada a una pena leve. Si la causa es por delito, lo normal (salvo penas inferiores a 2 años en que puede haber juicio sin su presencia) es que os notifiquen el dia de que tiene que comparecer y si no lo hace puede ser diactada busca y captura contra ella (y posteriormente condenada por no comparecer). El tema del pasaporte desconozco a que te refieres...si es que no lo teneis o se os ha retirado precisamente para evitar vuestra huida. El tema es complejo y con muchos detalles. Buscaros un profesional que os recomiende la mejor opción sin dar pasos en falso e incluso podeis pedir ayuda al consulado de vuestro pais en la ciudad más cercana.

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  26. muchas gracias ,pero como se si es falta ,talvez tu me puedas ayudar ,lo que paso es que ella perdio su bolso en el trabajo ,contenia un movil y documentos ,entonces la dueña del lugar en el que ella trabajaba ,y que es el lugar que se le perdio el bolso le dijo que lo denunciase como robo ,osea le dijo dile que entraron dos aca a la tienda y te lo quitaron de la mano ,para que el seguro te debuelva ,el movil almenos ,entonces asi lo hizo mi mujer ,en su primera declarcion ,luego la volvieron a llamar de la comisaria y le dijeron que en la declaracion que hacia la dueña ,decia que a ella (la dueña)tambien se le llevaron una bolsa con 3 o,4mil euros por ahy ,entonces eso es una estafa y pues mi esposa les dijo que no fue asi ,ahy en la segunda declaracion dijo la verdad ,que se le perdio si pero ni siquiera sabia ni donde ni a que hora .
    Entonces la policia le dijo que muy bien por decir la verdad ,pero claro po haber dicho antes una mentira pues sigue ahy ,es que lo que pasa es que la policia dice que la tia ,la dueña; ya ha hecho esto mas de 6 veces entonces lo que ellos quieren es pillarla ,
    por la ambicion de algunas personas como puedes ver ,nos ganamos estos problemas
    Entonces en que situacion nos encontramos ,y es falta o delito ...

    muchas gracias

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  27. Hola.si una condena en firme de 4 años 2 meses y 1 dia en el año de 1996 y ese mismo año se quebranto,cuando prescribe esta pena?

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  28. En cuanto al tema del bolso, es constitutivo de un delito de simulación de delito (delito contra la administración de justicia) que conlleva simplemente pena de multa, pero eso sí, es un dalito y no una falta como indicaba usted en su primer post. Desconozco quien le indicó eso de la pena de 3 meses a 2 años pero por los datos que usted cuenta no se corresponde con su conducta. Lo más parecido a ello seria la pena que conlleva determinadas conductas de denuncia falsa, pero tal delito de denuncia falsa requiere que usted indique (de manera falsa) a determinada persona claramente como autora del delito (en este caso del robo del bolso) así que según expone usted aqui no seria aplicable pues usted no identifica a nadie como autor. La dueña del lugar seria inductora en este caso. Espero haberle ayudado

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  29. Sobre el tema de la prescripción. La pena de 4 años y 2 meses de prisión al no superar los 5 años, es considerada como pena menos grave por nuestro Código Penal. Dichas penas menos graves prescriben a los 5 años. En plazo del computo en su caso comienza desde el dia del quebrantamiento de la pena impuesta, es decir, 5 años desde que se incumple, por tanto, ha prescrito claramente.

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  30. Hola,gracias por la respuesta sobre el tema de la prescripcion,pero quiero saber si esto prescribe automaticamente al cumplir el tiempo o se debe pasar un escrito al juzgado?

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  31. Francisco ,gracias .por el tema del bolso me ayudaste bastante y me quedo mas tranquilo,gracias

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  32. Espero haberte ayudado Fco. Invitarte tambien a que te hagas seguidor del blog (en la parte superior derecha) y nos cuentes las novedades del caso.

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  33. La prescripción se produce de manera automatica, es decir, ya ha prescrito sin necesidad de que usted la haga valer. Distinto es la necesidad de dirigir un escrito al juzgado solicitando el archivo de la causa precisamente por haber prescrito.

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  34. Hola, mi caso es el siguiente:
    Vivo en una vivienda unifamiliar en la que viven dos familias, por un lado mi madre mis hermanas y yo, y por otro lado, mi tía.
    El caso es que las relaciones no son muy buenas entre mi familia y mi tía, en este caso, mi tía cada cosa que hacemos que no le parezca bien (ya sea algo referente al jardín, al trastero, o cualquier cosa que sea común), nos deja una carta en el buzón quejándose.
    Las cartas que nos envía, normalmente son bastante agresivas pero la ultima carta que he recibido de ella dice textualmente '' que a partir de ahora, cada cosa que le hagamos va a contestar con hechos y que nos atengamos a las consecuencias''.
    ¿Es motivo suficiente como para poder poner una denuncia por amenazas? es que ultimamente la convivencia es ya imposible y necesito una solución.
    Gracias, un saludo.

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  35. Hola,tengo una duda ya que se la hice a mi abogado y me dijo que no hay otra opción que esperar y presentarse,en diciembre 2008 una persona ebria choca mi coche cuando salgo de mi garage,discutimos,no me deja ver su seguro,viene la policía,se lo lleva detenido,yo lo denuncio por lesiones,tengo parte de lesiones y el dijo cuando estaba la policía"el me golpeo",bueno, ya fui unas 5 veces que me citaron en los juzgados y falta la fecha de juicio,hablamos de Madrid,en octubre ya me dijeron lo que pide el fiscal y se presento el escrito de mi defensa,desde octubre espero fecha de juicio,una de mis preguntas es,cuanto tarda aproximadamente en darme la fecha para el juicio?y la otra es,soy español,estoy en paro y me ofrecieron una trabajo en Australia,le pregunte a mi abogado y me dijo "cuando tengas el juicio tienes que volver",y yo lo veo imposible,porque por una falta de algo que no he echo porque una borracho que me choca,no se deja hacer el control por si ha bebido,insulta,discute con los policías y se lo llevan detenido y dice en un tono de voz alto que yo le di un puñetazo y no presenta ningún parte ni nada,pero ahora me acusan a mi,y el fiscal pide 6 euros por día por 3 meses mas 150 euros,no se,me parece muy mal por algo que no hice y es evidente ante todos que no lo hice,y la realidad es que no lo hice,pero yo necesito irme a trabajar al extranjero,como hago si no se la fecha de juicio?? no puedo volver en esa fecha y gastar 2000€ en billete de avión y gastos...una cosa que se,que si algun dia me pasa lo mismo me hago el muerto o no lo denuncio y digo que no ha pasado nada,porque ya 5 veces el los juzgados,esperar juicio,lo que me cobro el abogado y todo esto,no merece la pena denunciar nada,nunca mas!!

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  36. Hola bienvenido/a. Sobre el tema de las amenazas en primer lugar recomendarte que conserves todas las cartas que tengais en vuestro poder ahora y las que vayas obteniendo en el futuro, asi como indicando la fecha de cada una. En principio para que la conducta sea constitutiva de falta o delito se requiere que sea concreto el mal con el cual se amenaza, cosa que por lo que usted cuenta aun no ha ocurrido tal extremo. La amenaza además necesita ser de tal entidad que sea totalmente creible y persuasiva, es decir, ustedes deben haberse planteado ceder a sus pretensiones para evitar ese mal con que se amenaza. Espero que no vaya a más pero nunca esta de mas pedir asesoramiento legal aunque sea una consulta con algún profesional de su zona y adjuntarle las cartas para que le oriente, aunque a mi parecer no es constitutivo aun de ilicito penal. Un saludo y que todo salga bien.

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  37. Sobre el tema de las lesiones, dar la bienvenida al usuario/a. Por la pena que pide el fiscal seria posible celebrar el juicio en su ausencia, es decir, aunque usted no este presente en él. Si su abogado le dijo que no quedaba más remedio será porque la acusación particular (si es que esta personada) pedirá pena superior a dos años de prisión, osea solicita delito de faltas del 147 o más, en cuyo caso es obligatoria su presencia en la vista oral que se celebre. Espero me confirme usted este extremo a través del blog. Si no fuese así le aconsejo le plantee a su abogado la posibilidad de celebrar el juicio en su ausencia (siempre que no se de la circunstancia anterior que lo impediria) pues aunque sea condenado quizás le conviene hacer frente a esa pena leve antes que perder la opción de empleo. Quizás también su abogao vea clara la opción de victorio y por ello le aconsejo el esperar. Espero su respuesta sobre ese extremo. Un saludo

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    1. hola,gracias por responderme,no,no pide ninguna pena,ya que solo se me acusa de dar un puñetazo,no hay parte de lesiones,ahora,si yo quiero pagar la multa que me que pide el fiscal,puedo evitar de presentarme?aunque no lo he golpeado? y la otra es,si me voy el extranjero y se celebrea el juicio y no estoy presente aunque sea culpable y vivo en el extranjero,que puede pasar?,soy español,pero no tengo familia en españa y si tengo la oportunidad de trabajo seguramente no vuelva por muchossss años,me pueden embargar o citarme en el extranjero?,no se,no entiendo muy bien,aunque tengo una abogado no me explica bien, quizás en este foro tengo mas posibilidades de entender que con mi abogado.O sea,no me presento a juicio y no pago,no estoy en el país,me puede pasar algo en el extranjero? y cuando vuelva a españa puedo pagar o algo?gracias!!! pd:solo para informarme,si que voy a presentarme en el juicio,o intentar ver como solucionarlo,pero una propuesta laboral que tengo no puedo dejarla atras por esto y si no tengo opcion no tengo mucho para pensar

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    2. Hola nuevamente. Como le dije en el post anterior la posibilidad de que el juicio se celebre si que usted este ausente dependerá de que la acusacion particular (osea la persona con la que tuve el altercado) si la hubiese, no pida pena de prision superior a dos años u otro tipo de pena no superior a seis. Si unicamente esta el fiscal, y pide esa pena que usted dice, sí que seria posible la celebración del juicio sin usted. El pago de la multa se deberia de hacer en el plazo (o prorroga) que el juez establezca según las circunstancias pero lo que no es posible es pagarlo cuando usted vuelva dentro de varios años. Si no la paga se enfrentaria a 1 dia de prisión por cada dos dias de multa no satisfechos. Tenga cuidado con dejar el asunto e informese bien antes de dar cualquier paso. Espero que le sirva la respuesta. Suerte

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  38. Buenas. Tengo una gran duda y es que me denunciaron injustamente por consumo de hachis, este tema ya lo comenté por aqui.

    Yo presente mis alegaciones negando los echos, presentando testigos (dos), y solicitando copia de la denuncia y análisis de la sustancia.

    Pues bien me ha llegado la propuesta de resolución, pero solo me viene un papel diciendo que presenté las alegaciones y que me envian copia del expediente, pero yo no he recibido absolutamente nada en la carta.

    ¿me llegará más tarde o han tenido un error administrativo?, es que me dice que tengo 15 dias de plazo para mirar el expediente, pero yo no tengo nada¡¡¡.

    Un saludo

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  39. Hola. Recuerdo tu caso. Veo que se ha avanzado en el trámite desde tu último post. Ha existido una investigación, te comunicarian los hechos, presentastes alegaciones y pruebas y por último te deberia haber llegado la propuesta de resolución, es decir, lo que estiman que deben imponerte conforme a lo instruido junto con los documentos que forman el expediente. Eso es totalmente necesario para que a la vista de los mismos plantees lo que estimes conveniente. Desconozco el motivo por el cual no te ha llegado. Espera algún dia laboral más haber si se ha quedado en el camino.

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  40. Hola Francisco. Soy el anónimo de antes que he decidido dar mi nombre, total no tengo nada que ocultar y es un verdadera injusticia lo que me está pasando; en fin.

    Gracias por responderme por mi duda de antes, y queria comentarte una cosa que tengo pensado hacer cuando llegue la Resolución de la denuncia.

    Como veo que la única forma de librarme tal y como van las cosas es la prescipción del procedimiento, que pasaría si al venirme la carta de la resolución digo que no estoy y tampoco la recojo en correos, de esa manera hasta que no salga en el boletín no se realizaría la notificación no?. No me importa mirar el boletin todos los dias, precisamente lo miro a diario por temas de oposiciones. Una vez que vea mi nombre siempre tendré tiempo para recurrir y asi gano tiempo.

    Que te parece, se puede hacer así?

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  41. En primer lugar Victor darle las gracias por identificarse. Debemos hablar de la figura de la caducidad en vez de prescripción. El tiempo de prescripción es un tiempo que tienen ellos para incoar el procedimiento, a contar desde el dia que se comete la infracción. El plazo de prescripción se paraliza en el momento que se inicia el procedimiento. El procedimiento una vez comenzado podrá caducar, y una vez caducado habra que tener en cuenta que no se considerará interrumpida la prescripción (que se interrumpio cuando incoaron el procedimiento) y por tanto quizás haya prescrito y no puedan volver a iniciarlo. Ahora bien, la administración podrá en caso de que no recogas la notificación volver a intentarla dejandote en el buzón de Correos el intento de notificación o aviso de "intento de entrega" en los días anteriores y la misma y se tenga por "acreditada" y evitarán que caduque. Espero haberte ayudado.

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  42. Buenos días, Francisco. Permíteme que te haga otra consulta, y espero no abusar.
    Cómo ya comenté con el problema que tuve con la policía, ellos me denunciaron y yo a ellos también (yo lo hize siguiendo el consejo que me dió otro Policía que había oido todo lo que me pasó, recuerdo sus palabras: "os han tocado dos niñatos, no seáis tontos e ir a denunciarlo al Juzgado de Guardia"). El caso es que me he enterado que se puede hacer una ampliación de la denuncia, ya que yo cuando la hize no sabía de que me acusaban y ahora que tengo el atestado veo que TODO lo que pone es FALSO, aparte de que tampoco aporté (fué el mismo día de los hechos) la grabación que hize en la Comisaría con el Subinspector que me atendió y que en el atestado figura como Instructor. Apelando a tu buen saber, ¿merece la pena hacer una ampliación de la denuncia? a veces me dan ganas de dejar todo y que sea lo que sea, y pienso de hasta retirar la denuncia que puse contra ellos, pero cuando recuerdo cómo nos tratarona mi mujer, a mi sobrina y a mí, y veo cómo han mentido en el atestado me dan ganas de volver a denunciarlos. Y por otra parte cómo sería el Juicio (de haberlo) en la denuncia que yo les puse, ¿sería también Juicio de Faltas? ¿sería necesario por mi parte abogado?
    Espero no molestarte demasiado, pero apelo a tu buen saber.
    Muchas gracias y un saludo

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  43. Hola. Para nada molesta usted. El atestado policial equivale a una denuncia, por tanto seria susceptible del delito de denuncia falsa, quizás tambien amenazas o coacciones segun el caso, además agravadas por ser funcionarios publicidad. Puede ampliar la denuncia y las pruebas en todo momento. Merecería la pena continuar segun usted considere la gravedad de los hechos. No obstante, indicarle que con la denuncia usted no se obliga a nada por ahora, pues únicamente informa de unos hechos que serán investigados sin que usted sea parte acusadora salvo que asi lo decida mas adelante ( caso de abrirse un proceso finalmente). Si encuentran indicios delictivos usted podrá ejercer acusación particular y necesitará abogado. Si no lo hace es posible que el fiscal continúes acusando sin usted pero todo dependerá de la entidad del material probatorio (que en estos casos debe ser clarito...). Un saludo

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  44. hola yo soy un joven que tube una pelea en la que a la otra persona le fracture la mandibula y una costilla y me denuncio, me presente a declarar cuando me citaron,pero no se habia hecho ningun juicio. Yo pensaba que era una falta de lesiones pero en el papel de la denuncia decia penal y me decia la condena que podia tocar decia que tendria q tener 2 años y 6 meses de prision y pagar 3.500 euros. Mi abogada me habia dicho que eso era la sentencia que podian poner pero que ella intentaria que la bajaran a los 2 años para que no se cumpliera, pero yo me fui del pais ya hace 2 años que me fui..yo llame a un amigo en mayo del año paasado,que esta alla y el me averiguo con una jueza como estaba mi estatus en el pais,la jueza le dijo que en marzo del 2011 el juicio se habia cerrado y me habian puesto en busqueda y captura,mas no me dijo lo que me habian sentenciado y dijo que como no sabia mi numero de expediente no podia darme mas informacion y yo no se cual es el numero de expediente porque esos papeles me quedaron alli quisiera saber en cuanto tiempo podia prescribir eso para volver al pais YO NO CREO QUE PASARA DE 3 AÑOS DE SENTENCIA SI NO ME EQUIVOCO CREO Q ERAN 2 AÑOS Y 6 MESES le agradeceria quien me pudiera dar un poco mas de informacion

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  45. Hola. Vamos por partes. Sea falta o sea delito es penal, es decir, las faltas también son infracciones penales, al igual que los delitos, pero castigadas con penas mas leves. Lo que te presentaron debían ser los escritos de calificación en la que pedian esa pena para ti (te pedian delito). La sentencia como mucho debe poner esa pena, no mas. Segun cuentas el juicio se celebró en tu ausencia por no presentarte y por tanto hay condena (debieron pedirte no mas de 2 años porque si no te necesitan para celebrar el juicio). Lo que prescribe ahora es la pena quecse te impuso pero depende que pena sea para vercel tiempo de prescripción. Si no sabes tu condena no se puede saber...pero serán 5 años si fuiste condenado a prisión o 1 año si era falta.

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  46. Hola Francisco, soy el chaval de la multa injusta del cigarro de hachis. El otro día me vino el aviso de correos, tengo hasta el martes (último día) para recogerla. Supongo que será ya la resolución del procedimiento.

    Que harias en mi caso? la recogerias?

    Un saludo

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  47. Hola. Que tal?. Mira, si correos intentó la entrega y no pudo hacerla, cumplió su cometido dejando el aviso. De esta manera la notificacion es válida y se evita la prescripción y posible caducidad. Si no le consta tu recepción, la publicaran y tendrá los mismos efectos. Por ello, la decisión de recogerla o no es suya, pero si pretende recurrir siempre es bueno acometer todo cuanto antes y no alargar la agonía.

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  48. Hola. Que tal?. Mira, si correos intentó la entrega y no pudo hacerla, cumplió su cometido dejando el aviso. De esta manera la notificacion es válida y se evita la prescripción y posible caducidad. Si no le consta tu recepción, la publicaran y tendrá los mismos efectos. Por ello, la decisión de recogerla o no es suya, pero si pretende recurrir siempre es bueno acometer todo cuanto antes y no alargar la agonía.

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  49. Hola Francisco soy yo de nuevo. Hoy he ido a recoger la carta y para mi sorpresa no era la resolución sino una segunda propuesta de resolución (no se hasta que punto es eso legal), diciendome que hubo un error en la tramitación de la primera. Y ahora me mandan el expediente completo (análisis, denuncia, informes, etc) y me dan un nuevo plazo de quince dias para alegar.

    Tengo dos pequeñas dudas:

    primera. puedo ir contra el instructor del procedimiento?. Lo digo por que me ha mosqueado mucho el echo de que según el expediente, éste mando un informe a la comisaría provincial para que los agentes ratificaran la denuncia, pero éstos no le mandaron nada por ese motivo me mando la propuesta sin el expediente pero diciendome en la carta que los agentes habian ratificado la denuncia, lo cual ha mentido ya que la ratificación de los agentes vino más tarde en la segunda propuesta. ¿puedo alegar que el instructor ha vulnerado mi presunción de inocencia al calificarme como culpable sin haber recibido la ratificación de los agentes?

    Segunda. Si ahora tengo un nuevo plazo de 15 días hábiles, ¿el jueves y viernes santo serian días hábiles para la subdelegación?.

    Un saludo

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  50. En primer lugar, no iria contra el instructor sino contra el procedimiento. El reglamento sancionador es claro en el tema del expediente, debe ser completo con todo...dicho esto, es cierto que se permite a la administracion rectificar errores, pero esto es algo doloso, no un error (podían haber esperado a tener la ratificación antes de mandarte la primera propuesta) pues mintieron en un expediente publico. Si eso aparece claramente en el iter temporal del expediente ( te pregunto yo a ti...?), debería bastar para declarar nulo todo. Te ha provocado indefensión aparte de ir contra tu presunción de inocencia. Deberías meterlo de cara a que el dia de mañana acudas a la via judicial (lo que no aleges ahora no podras alegarlo después).
    Sobre los plazos, los festivos de semana santa son nacionales para cualquier administración y por ello inhabiles eneal procedimiento administrativo, saltatelos en el cómputo del plazo. Un saludo

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  51. Hola. Mi pregunta es la siguiente. El.otro día estuve en centro.comercial,en corte inglés e hice lo siguiente. Utilice ticket de compra de hace dos días, cogí un juguete que ya. compre (incluido en ese ticket) y lo utilicé para devolución (18,50 euros). La vigilante de seguridad me vio y me llevó a una sala, me interrogaron y llamaron a Policía,me hicieron pasar un mal rato, no fueron nada respetuosos, aunque si los policías. Los vigilantes son meros "policías frustrados",que dentro de su puesto actúan como perros hambrientos, y solamente se aprovechan de la situación. Me dijeron que me iban a denunciar por estafa, más bien fue en grado de tentativa, porque no llegó a consumarse. La Policía hizo una minuta, y dijeron a los vigilantes que fuera el corte inglés el que me denunciara. Me acompañaron a puerta y me dejaron ir, que me llegaría una citación juicio falta. Es la primera vez que me pasa esto,y la verdad que estoy arrepentido y asustado. No se cuándo me llegará la citación y que me pasará, multa a pagar. Lo hice por necesidad, por que necesito dinero y estoy en paro. Alguien especializado en la materia puede ayudarme? Un saludo y gracias.

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  52. Hola. Perdon por la tardanza y bienvenido/a. Se enfrenta usted a una falta de estafa. La tentativa en las faltas puede ser valorada por el juez con total arbitrio, es decir, a diferencia de los delitos, no existen reglas de cómputo para las tentativas en faltas. Dicho esto, seguramente le podrán imponer una leve pena de multa sin mayor trascendencia. Sera citado a juicio y podrá alegar sobre la marcha lo que estime conveniente a su defensa. No existen formalismos como en los juicios de delitos ni requiere abogado. Un saludo

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  53. Buenos días Francisco. Decirle.que.todavía no me ha llegado.la.citación ni nada del juzgado. Esto ocurrió el día.28 de marzo. No sería un juicio rápido de faltas? Los policías dijeron al CI que ellos pusieran denuncia al día siguiente, e hicieron una minuta (que es eso?). La tardanza se puede deber al colapso de juzgado? O este tipo de faltas siguen un procedimiento normal? Pueden investigar por sólo 18 euros de una falta de estafa en grado de tentativa?
    Le agradezco mucho su ayuda, y le mando un cordial saludo.

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  54. Buenos días, Francisco. Soy angelito, el que tuvo un problema con la Policía por un comentario que les hize. El juicio ya lo tuve y salí absuelto. Ayer tuve el juicio en el que yo les denunciaba por abuso de autoridad, se hizo como juicio de faltas por vejaciones, y a los policías les defendía un abogado del Estado, y uno de ellos fué también copn un abogado particular. La fiscal pidió la absolución, y el caso está visto para sentencia, y me imagino cual será; a mí no me dejaron que declarara un testigo (díjo el Juez que no hacía falta), y claro yo allí sólo sin abogados y ellos con dos, pues imagineselo. El caso es que al ir ellos con abogados, mi duda es que si salen absueltos (que eso es lo que pasará viendo yo como el juez no me dejó ni hablar dos minutos ni dejar a mis testigos), mi duda es si tendría que pagar yo los gastos de sus abogados (recuerde que uno era particular, aparte el abogado del estado); si eso es así, pues vaya gracia.
    Muchas gracias, y mi enhorabuena por su blog

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  55. Hola. Mira, la minuta es realmente como el atestado policial, es decir, el documento donde relatan lo sucedido. A pesar de ser tentativa de falta hay juicio. Es cierto, que las faltas solo se juzgan cuando se consuman, pero las que atentan al patrimonio también las no consumadas. Lo que no hay es investigación, pues eso únicamente se da en los delitos (sumario). Si tardan en la cita, se deberá únicamente al colapso. Un saludo y esperamos el desenlace, que sera una leve multa. Cuentanoslo.

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  56. Hola Angel. Me alegro que finalmente todo quedara en nada. Gracias por compartir el veredicto. Ya le dije en su anterior consulta que posiblemente ese seria el desenlace. Sobreel actual juicio, sin pruebas concluyentes va a ser difícil un pronunciamiento favorable. En cuanto a la sentencia pendiente, si absuelven a los procesados, se le podrá imponer a usted el pago del abogado contrario, pero al no ser preceptivo en las faltas solo se le impondrá si el juez ve muy claro que usted actuó con temeridad al denunciar. Un saludo y suerte.

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  57. Muchas gracias Francisco contar con su amable profesionalidad. El caso que resida fuera de la provincia de donde ocurrió el hecho, marca la tardanza de llegada de citacion? Por que vía me llegará, correo, policía jusocial, etc? Un cordial saludo y mi enhorabuena por su blog.

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  58. Muchas gracias por tan rápida respuesta. Desde luego que no denuncié por temeridad, mi denuncia creo que tenía razón de ser, no es lógico que por un comentario que en ningún momento tenía mala intención, me trataran como me trataron, con cacheo en plena calle y registro de arriba a abajo de mi coche, aparte del desprecio que hicieron a mi mujer, que siendo discapacitada no la dejaran sentarse mientras que nos registraban el coche, después de habérselo dicho a ellos.
    Otra cosa que no entiendo es el que ellos tuvieran un abogado del Estado, creo que deben de estar para otras cosas, ya que la denuncia no iba dirigida contra el Cuerpo Nacional de Policía, sino contra dos personas menospreciaron a mi mujer y abusaron de su condición; aparte de que no es lógico que no dejaran declarar a una testigo que llevaba yo (mi sobrina). Esperemos que encima no tenga que pagar al abogado contrario y ya se acabe todo esto. La lección la tengo bien aprendida, mejor callar y pasar de todo; el lunes por ejemplo, se dió el caso de que ví como un coche de la policía aparcaba en una plaza para discapacitados y se metían en el bar (cosa que no critico, es lógico que en una jornada paren a tomar algo), pues bien creo que lo lógico era haberles dicho que quitaran el coche de la plaza de discapacitados, pues ya no, yo ya me callo y no digo nada, desde luego que la lección la tengo aprendida.
    Muchas gracias por tan rápida respuesta y ánimo con su blog, es de gran ayuda para muchoa gente.
    Un saludo

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  59. Gracias por su amabilidad, le animo a ponerse un nick en futuras consultas para poder referirme a usted. Espero poder seguir ayudando a los usuarios y seguidores de mi blog. Supongo que cuando la policia realizó la recogida de datos le pidio a usted un domicilio a efecto de notificaciones futuras. Precisamente a esa dirección le llegará por correo la notificación. Tenga en cuenta que deberá estar usted atento pues el juicio de faltas puede celebrarse en su ausencia (a diferencia de los juicios por delito) y se enteraria usted de la sanción una vez celebrado ya el mismo. Un saludo

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  60. Hola Francisco. Un placer contar otra vez con su apoyo. Decirle que el otro día me persone en juzgado para informarme si tenía denuncia interpuesta. Pues si, la tenía. Aprovecharon estando allí y me dieron cédula citacion y denuncia. Se relatan los hechos según ocurrieron. Parece lamentable que por 18 € míseros esta empresa dé este paso, no se que pretenderan conseguir (publicidad). Dentro de 20.días tengo juicio de faltas, no se que me encontraré,.lo mejor y lo peor. Es la primera vez, y espero que la última, por que estoy arrepentido, de verdad. Nunca volverá a ocurrir. Tendré que pagar las costas de juicio, o sólo leve multa? Muchas gracias y un saludo.

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  61. Hola de nuevo Anselmo. En principio deberia tener usted en cuenta que realmente esta empresa no tuvo nada que ver en el inicio del procedimiento. Determinadas infracciones necesitan que la victima (en este caso la empresa) inicien mediante denuncia el proceso para que este siga su curso, pero en el caso de este tipo de infracciones contra el patrimonio, no es necesario ese extremo. Por ello, realmente es la propia policia al llevar a cabo el atestado y presentarlo posteriormente quien inicia toda la maquinaria del proceso. El atestado juridicamente tiene el valor de una denuncia, es decir, es como si la policia denunciase el hecho, sin perjuicio de la que victima pueda personarse, o no, posteriormente. Sobre las costas, seguramente en caso de condena sí, pero será leve, al igual que la multa que le impongan. Un saludo

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  62. Gracias Francisco. Es la primera vez que tengo un acontecimiento de este tipo, y no se como será. Dura mucho un juicio de faltas? Que debo aportar para que la multa sea lo más leve posible (estoy en paro) y cuánto puede ser? Cuanto son las costas?
    Ah! Decirle que si hice bien en ir a juzgados a por citacion y denuncia, antes de que me llegara por correo.
    Un cordial saludo, Francisco.

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  63. Te recomiendo que no te preocupes. Los juicios de falta (como ya he aclarado en otros post anteriores a otros usuarios) son muy simples, sencillos y rápidos. No tienen nada que ver con los complejos juicios por delitos, que tienen distintas fases, procedimientos y reglas muy estrictas. El juicio de fala es simplemente una vista oral en la que cada uno dice de palabra lo que estime conveniente para su defensa y aporta en el acto mismo las pruebas (si te las admiten) y rápidamente se dicta sentencia en el acto. Todo ocurre rápido y sobre todo, lo importante, con esa cuantia tan pequeña de 18 euros la sanción es simbólica, incluso menor, que muchas sanciones administrativas. En cuanto a la citación, ni bien ni mal, simplente usted se quedó así más tranquilo, y eso a mi parecer es bueno.

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  64. Hola, justo hoy fui a una tienda y no se por qué, se me crucarian los cables o algo, que me dio por coger una camiseta valorada en 20 euros. Me meti en el probador y le arranqué las etiquetas (que no contenian ningun sistema de seguridad) con tan mala suerte de que la limpiadora las vio y se lo dijo a los guardias. Al salir me pararon y me llevaron al cuartillo. Fueron a llamar a la policia pero estaban ocupados y no podian presentarse alli, asi que los mismos guardias me tomaron los datos y me dejaron ir. Me dijeron que ya me llegaria una notificacion del juicio a mi casa. Mis dudas son : ya me pillaron hace muchos años en una situacion parecida y la notificacion no llegó, hay posibilidades que que eso vuelva a ocurrir? en el caso de que llegue, cuanto tardaria mas o menos? Y mi duda más importante, arrancar la etiqueta de la camiseta sin haberla dañado, solo quitado las etiquetas que no contenian sistema alguno de seguridad se considera robo o hurto? Espero que me resuelvan las dudas. Gracias.

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  65. Hola. Es sin duda alguna una falta de hurto (no es tampoco delito de hurto sino falta). En primer lugar, al no exceder los 400 euros nos encontramos con una falta. Bien es cierto que el CP habla de "inutilizacion de sistemas específicos de alarma o guarda", circunstancia que convertiria a la acción en delito de robo, pero se viene interpretando que dicha expresión es aplicable a los sistemas de alarma existente para impedir acceder al lugar donde se encuentra la cosa hurtada (finca, inmueble, vitrina de seguridad ...etc). Por ello, aun cuando la etiqueta hubiese tenido alarma incorporada, no seria delito robo.

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  66. Muchisimas gracias por la aclaración, por lo que he leido yo tambien pensaba que seria una simple falta de hurto, pero queria saber la opinion de alguien más experto en la materia. Por cierto, muy bueno el blog.
    Un saludo, Francisco.

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  67. Hola,

    hace unas semanas, nos pillaron a unos amigos y a mi haciendo una pintada en Zaragoza. A los otros tres les ha llegado la citación, pero a mi me ha llegado a casa de mis padres, en Sevilla. Les llamé y me la enviaron para aquí (Móstoles). El juicio es dentro de tres días y aquí no ha llegado nada. ¿Tengo que ir, si no llega?

    Un saludo.

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  68. Hola. El juicio es de faltas, concretamente del articulo 626 Codigo penal que recoge la coducta de "deslucir bienes inmuebles". Al ser juicio de falta es normalmente innecesaria su presencia pero recomendable si quiere alegar algo en su defensa. Si sabe dia y hora puede ir pero recorrer tal distancia por una simple falta es algo que debe usted decidir. En caso de multa podra incluso solicitar el pago en varios plazos. Un saludo

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  69. Hola Francisco que tal, soy el chaval que le denunciaron por consumo de hachis en vía pública.

    Verás, resulta que alegue nuevamente todo lo que pude, incluido lo que te comenté para que se declarara nulo todo el procedimiento. Pero para mi sorpresa todavía no me han mandado nada y sino llegara mañana 24 de mayo y se prolongara al 25(viernes), podré recoger la carta el 31 de mayo (a los seis dias, ya que correos te dice antes de 7 dias naturales).

    Mi pregunta es que la fecha de la carta del inicio del expediente sancionador es de 30-11-2011. Si yo recojo la carta el 31-5-2012, ¿han pasado más de 6 meses, no?. Y según tengo entendido un procedimiento no puede superar ese plazo.

    Si me viniera en esa fecha o posterior, ¿podria reclamar la caducidad del procedimiento y la anulación del mismo, o se remite a la fecha de la carta de la resolución y no la de notificación?

    Gracias y un saludo.

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  70. Hola. Llevas razon. El plazo se cuenta de fecha a fecha por ser un plazo de 6 meses(segun el reglamento sancionador y la ley de prodedimiento administrativo que remite al mismo. La fecha de inicio es la de incoacion del expediente, y la fecha final la de la correcta notificacion. Si tienes suerte y la notifican el 31 o posterior, estara caducado. En alzada deberas recurrir pidiendo el archivo de las actuaciones que seguramente te concederan. Si ni lo hicieran, para eso estan los tribunales. Mucha suerte con la tardanza...

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  71. Buenas tardes,por motivos de errores entre poblaciones, mi denuncia por un juicio de faltas y amenazas, se celebra pasado un año del hecho. <mi sorpresa cuando dicta sentencia la jueza de que como ha pasado mas de 6 meses del hecho, ha prescrito. Además eso es lo que alegó el abogado que defendía al denunciado.
    Mi pregunta es puedo de alguna manera, obligar a que se vuelva a celebrar el juicio?, ya que este retraso ha sido por fallo o error de ellos mismos.
    Muchas gracias, y espero su respuesta, ya que tengo que ir a recoger sentencia el día 30 del corriente mes. (En el caso que pueda recurrir me podrian orientar como hacerlo)?. Gracias y un saludo.

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  72. Hola. Gracias por confiar en el blog. Las faltas efectivamente presciben a los 6 meses. No obstante, entiendo de su consulta una pequeña confusión. Esos seis meses se paralizan en el momento que se inicia el procedimiento (no la vista del juicio que puede ser posterior), por tanto, si ha prescrito según la jueza ha podido ser por dos cosas: bien usted puso la denuncia una vez pasados esos seis meses, o bien, la puso antes de 6 meses pero despues el proceso se ha paralizado durante un tiempo (posibilidad más compleja de explicar aqui en pocas lineas). Si alguna de esas dos posibilidad se ha dado, la responsabilidad criminaal del sujeo ha prescrito y cualquier tipo de recurso frente a ello seria absurdo. Espero haberle ayudado. Si queda aun con dudas, haga las preguntas que necesite. Un saludo

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    1. Hola muchas gracias, paso a resumirte el caso un poco mejor.
      En Julio de 2011, recibo agresión y amenazas, este mismo día con parte de hospital, voy a policía y denuncio.
      Por lo visto la denuncia va a otro juzgado que no pertenecía, y de este va al que debe.
      En mayo de 2012 recibo citación para tomar declaración, asisto y más que nada confirman que yo quería seguir adelante con la denuncia. (la señora que me toma declaración en el juzgado me dice que más o menos tardarían un año en avisarme para juicio)
      A primeros de Julio de 2012 recibo citación para celebrar juicio día 20 de Julio. ( la jueza da resolución de que ha prescrito.)
      Hoy he ido a recoger sentencia, y he aprovechado para preguntar a la administrativa que me ha hecho entrega, y me ha dicho que enviando una carta exponiendo los motivos que el caso se reabriría, y se volvería a celebrar otra vez el juicio.
      Ahora tengo que presentar mañana una carta al juzgado pidiendo y dando los motivos conforme al retraso del juicio ha sido totalmente ajeno a mí y fallo de ellos. y que se reabra.
      Agradecería me pudieses ayudar con un redactado para presentar mañana, y tener fè de que exista la justicia, y que se pueda volver a celebrar el juicio.
      Muchas gracias y un saludo

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    2. Hola. Si te soy sincero el consejo que te han dado me suena un poco a vacio de contenido. La prescripcion produce sus efectos con independencia de que el hecho del retraso sea debido a la administración. Precisamente una de sus finalidades es evitar que se abra un juicio despues de un largo periodo de tiempo. Eso de una carta al juzgado pidiendo no tiene ningún fundamento jurídico. Lo que se puede interponer en el plazo de 5 dias desde la sentencia es un recurso de apelación pero igualmente el resultado va a ser "prescripción" con independencia de los motivos. Lo siento mucho pero es así. Lo que si puedes hacer si te produjeros cierto daño es reclamar civilmente una indemnización pero el plazo es de un año asi que habrá prescrito también dado que va a terminar julio de 2012...Un saludo y espero me comentes como ha terminado todo. De todas formas comentalo con un abogado de tu localidad por si se te ha escapado algún tipo de detalle importante y me comentas que te han dicho.

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    3. De acuerdo cuando tenga contestación te informo, de momento he cursado el recurso, y estoy a la espera a ver como me sorprende la puñetera justicia de nuestro paìs. Gracias por tu interés.

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  73. antes de nada decir que muy bueno el blog,mi consulta es que a un amigo mio lo denunciaron por una simple falta de urto de 18 euros le dijeron que ya le llegaria la citacion a casa,habia pasado mas de un año y no le habia llegado nada y el ya estaba despreucupado pero su sorpresa es que un año y medio despues la ha llegado la citacion para un juicio de faltas,yo tengo entendido que las falta preescriben a los seis meses de haber cometido el delito por eso me ofreci a ayudarle y encontre este blog si es asi que debe hacer el ya estaba despreocupado y ahora se le viene esto encima,otra cosa la reforma de delitos y faltas cuando entra en vigor?saludos

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  74. Hola: intentaré resumir y explicar esto lo mejor que pueda. Hace unos meses me dieron que la foto de mi ex marido aparecía en un anuncio de contactos homosexuales en internet. No le di mucha importancia a esto hasta que me dijeron que en las fotos aparecía con mis dos hijos menores. Entonces, le envié un email pidiéndole que retirara o hiciera lo posible por retirar las fotos y que evitara hacer públicas las fotos de mis hijos. Siempre sospeché que no fue él. Ese día miré en facebook y en un perfil a su nombre aparecían las fotos que aparecían en el anuncio de contactos. Pero mi sorpresa fue que en dicho perfil, en una foto con mi hijo, se decía literalmente: "que pena que mi hijo se parezca a la gorda fea y enana de mi ex mujer" El otro día me llamaron a declarar como afectada. La Guardia Civil concluyó que los anuncios de contactos se pusieron desde el ordenador de una ex novia de mi ex. Yo me ratifiqué en mi deseo de que se investigara el caso y buscaran responsabilidades. Pero además, insistí en que buscaran quien puso el comentario de facebook donde se nos insulta a mi hijo y a mi. Al parecer, ella dice que puso el anuncio con consentimiento de mi ex. Que puso las fotos de los niños porque no creyó estar haciendo nada malo. Qué responsabilidades creen que tiene el autor de estos dos hechos (menores en anuncio gay; publicación de anuncio e insultos en facebook)?

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  75. Hola. Sobre la prescripción, efectivamente el plazo para las faltas es 6 meses pero una vez iniciado el procedimiento se paraliza dicho plazo. Es decir, desde que se comete el hurto hasta que se inicia el procedimiento no pueden pasar mas de 6 meses pero una vez iniciado ya no es relevante ese plazo (puede durar 1 año o 2 años en terminarse...). Junto con ese plazo, también pueden prescribir a los 6 meses de paralizarse el proceso, es decir, nos encontramos ahora con un proceso que se ha iniciado dentro de plazo pero durante más de 6 meses no ocurrido nada en el mismo y por tanto prescribe. Este segundo caso sería el que te podría interesar a ti, pero para que llegue a buen término deberías cerciorarte que durante todo este tiempo no se ha dictado ningún tipo de resolución que haya paralizado el plazo de 6 meses y obligado a contarse de nuevo el plazo.

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  76. saludos y gracias por responder,perdona mi torpeza pero no entendi bien tu respuesta me la podias especificar un poco mejor me que de en blanco,pordon por las molestias,saludos

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    1. Mira, aunque haya pasado bastante más de 6 meses desde el hurto no importa puesto que se inicio el procedimiento rápidamente. Esos 6 meses que tu indicabas solo importa si desde el hurto se tarda mas de 6 meses en iniciar todo, pero una vez iniciado ya no importa el tiempo que tarde en celebrarse el juicio.
      Lo que si te puede interesar es que el procedimiento haya estado parado más de 6 meses (sin notificaciones ni resoluciones) pues entonces habrá prescrito por paralización. Por eso te indiqué que deberias pedir en le juzgado todo lo que conste sobre el procedimiento...denuncia, atestado o informe de la policia...etc y ver que desde la ultima resolución hayan pasado más de 6 meses. Entonces deberás alegar en el juicio la prescripción por paralización. Un saludo

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  77. gracias francisco ahora si lo entendi a la perfeccion,te vuelvo a pedir disculpas por mi torpeza,intentare comunicarselo a mi amigo porque a el ni le llegaron notificaciones ni nada de hecho el ya daba el tema por zanjado,saludos

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    1. Comentaselo. Ten en cuenta que la hipotética pena de multa va a ser leve y no le conviene pagar ningún tipo de asesoramiento de un despacho de abogados. Si como te dije hace mas de 6 meses que no se dicta ningún tipo de resolución dile a tu amigo que alege la prescripción por paralización en la vista oral cuanto sea su turno de intervención. Ya nos contarás como terminó todo cuando conozcas la sentencia. Un saludo

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  78. Hola otra vez.Se me olvidó comentarle que la exnovia de mi ex está imputada en las diligencias previas por un presunto delito contra el honor.Gracias

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    1. Hola. Precisamente eso iba a responderle. En principio con los datos que usted aporta solo veo un posible delito contra el honor, concretamente injurias que tras el juicio y según la entidad de las mismas podria ser tipificadas como delito o también como falta por injurias leves. La mayor pena que podria conllevar seria multa pero de una cuantia bastante alta ya que se han realizado con publicidad (publicadas en internet) y utilizando a los menores.
      Sobre la publicación de las fotos, si el ejercicio de la patria potestad es compartido por ambos progenitores, se exige el consentimiento de ambos para poder publicar las fotos. Si solo se ejerce por uno, basta su consentimiento. En su caso y suponiendo que sea conjunto el ejercicio, si usted se niega y él persiste puede conllevar cambios en la atribución de la guarda y custodia, es decir, medidas civiles.
      Un saludo y espero haberle ayudado.

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  79. Gracias por su ayuda.No creo que tuviera el consentimiento de mi ex, pues fue él mismo quien puso la denuncia.Pero las fotos proceden del messenger o del facebook de mi ex, donde tenía como amiga a esta chica.Muchas gracias otra vez

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    1. Ok. De todas formas recuerda que tienes posibilidad de abrir la vía civil en vez de la penal conforme a la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen. O incluso, a pesar de estar abierto el proceso penal, podrás reservarte la vía civil si lo manifiestas en el proceso penal. Se pueden según dicha ley imponer pago de indemnizaciones (a veces bastante considerables) tanto por la publicación no consentida de las imagennes como por las expresiones o manifestaciones que vulneren tu derecho al hornor. Pide a un abogado que te lo aclare detalladamente. Un saludo

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    2. Ok, muchas gracias, pero, de qué cantidades estaríamos hablando?Por llamar fea, gorda, enana?Según mi abogado no son insultos importantes y no vale la pena

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    3. La cantidad depende de muchas circunstancias y es arbitrario para el Juez. Es cierto lo que le ha dicho su abogado pues son insultos menores sin mayores consecuencias, es decir, no afecta verdaderamente a su honor personal ya que son superfluos y muy generales. Lo que quizás a mi parecer podria aumentar la cuantia o hacer que fuesen constitutivos de falta de injurias leves es el hecho de la utilización de los hijos menores para proferir esos insultos. De todas formas si ya se esta investigando como usted apuntó en su primer post pues quizás no sea necesario que se persone usted. Es decísión suya. Lo que si es más grave (supongo que su ex seguira adelante con el asunto) es la suplantación de identidad a través de la red social. Espero haberle ayudado

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  80. Hola Francisco, mi caso es el siguiente: hace un año y medio vendí unas motosierras por Internet, puesto que me había quedado parado y soy padre de familia numerosa y solo cobro 426 euros, pues bien, al enviar una de las motosierras al ganador de la subasta, me equivoque en pegas las direcciones y le llego a un comprador una motosierra distinta al la que es gano en la subasta y al ver el error me envío mensajes amenazantes e insultos y yo le contacte que si había habido un error que me la enviase y yo le devolvía el dinero, alo cual me respondió que si no le devolvía el dinero me iba ha denunciar y yo le respondí que si no me devolvía la motosierra no le devolvía el dinero, pues bien ahora me encuentro que me denuncio y me ha llegado una citación de el juicio y tengo que ir al juicio que esta ha mas de 500 kilómetros de mi domicilio, y quisiera que redijera que puedo hacer? Por que no puedo ni solicitar un abogado de oficio en mi localidad para que me represente en otra ciudad, le estaría muy agradecido que me dijera que puedo hacer, por que esto es una injusticia y no tengo dinero ni para desplazarme ni para nada, gracias.

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  81. Hola y bienvenido al blog. Gracias por compartir tu caso con nosotros. Mira en primer lugar, al pasar los 400 euros es delito y no falta por ello necesitas abogado. Normalmente (salvo que vivas tipo millonario externamente) si tus ingresos por unidad familiar no superan el doble del salario mínimo interprofesional tienes derecho a abogado de oficio. Cierto es que deben concedertelo en la comisión de la provincia donde se celebrar el mismo pero la ley permite que si resides fuera de ella, lo pidas en el juzgado de tu circunscripción y ellos lo remiten ya al organismo competente. Ve a tu juzgado y pide que te informen de los requisitos de tu solicitud (libro familiar, renta ...etc). Sobre el propio caso, tu no eres vendedor profesional (supongo que es venta particular por ebay o similar) y solo se aplican vuestros acuerdos a la venta. Si conservas esas comunicaciones en la que ofrecías la devolucion del precio no deberías tener excesivo problema. Desconozco que delito te imputan, supongo que estafa o apropiación indebida. Ya nos contarás el resto de detalles y como evoluciona todo. Espero que bien. Un saludo y ánimo que no pinta mal la cosa

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  82. Hola, he recibido una cédula de citación para comparecer a la SALA DE VISTAS a la "celebración del juicio de faltas arriba indicado, seguido por FALTA DE AMENAZAS, en calidad de denunciante y/o perjudicado y/o actor civil, sobre hechos ocurridos..." en esta parte de la nota se dice dónde se produjeron los hechos. Me hacen saber que debo comparecer "con todos los medios de prueba" posibles para presentarlos. Asimismo se me apercibe de que "si no comparece ni alega justa causa que se lo impida, se le podrá imponer una multa de 200 a 2.000 euros".
    El caso es que no hice NINGUNA DENUNCIA, los hechos refieren a un disturbio y pelea en la vía pública entre varias personas. Justo pasaba por ahí y ví que cerca se encontraban dos policias, a los cuales les hice señas de lo que sucedía. En ese momento una persona desconocida se me acercó y me amenazó. Cuando estube con los policías les comenté lo sucedido. Me tomaron los datos y me dijeron que me quedara tranquilo. Me preguntaron si quería hacer la denuncia y les dije que no. Al mes aproximadamente viajo al exterior (Argentina) por razones particulares y por tiempo indefinido. Me entero que al domiclio me llega este aviso y autorizo a una persona para que lo retire del correo. Ahí me entero. El hecho es que por motivos de trabajo y económicos me es prácticamente imposible hacer semejante viaje para presentarme. Máxime cuando le manifesté al agente que intervino que no quería hacer ninguna denuncia. Quisiera que me asesoren cómo podría responder a esta situación.
    Muchas gracias.

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    1. Hola. Te doy la bienvenida. En principio la falta de amenazas tiene la peculiariedad de que no se puede perseguir sin denuncia del perjudicado u ofendido por el delito. Si fuese otro tipo de falta perseguible de oficio seria normal que te notificasen a pesar de no ser denunciante ya que la ley obliga que se notifique al perjudicado por si quiere asisitir al juicio y/o recurrir posteriormente la sentencia. Mira, como bien te indican en la notificación se pueden imponer multa por no asistir tanto al denunciado como al denunciante pero la práctica demuestra que en la gran mayoria de los casos si la persona que no asiste es el denunciante (salvo que haya fiscal en la causa) suelen absolver a la parte denunciada por falta de pruebas aunque seria posible una condena del denunciado sin tu presencia en la vista. En teoria podrian proceder contra ti a peticion del acusado por denuncia falsa pero no suele ocurrir nunca. Otra posibilidad que tienes es que alguien presente en el juzgado antes del dia de la vista escrito pidiendo el retraso por imposibilidad de asistir tu a la vista acreditando que debes hacer un viaje contratado antes de la notificación del dia de la vista u otras causas de fuerza mayor. Tambien es posible que contactes con un abogado que te represente el dia del juicio por una cantidad simbólica. La decisión es tuya. Si finalmente decides ir ten en cuenta que la condena de multa será mínima por ser una amenaza leve. No olvides ratificar el atestado policial en la vista y al final cuando te den la palabra pedir indemnización por daños morales debido a noches de insomnio y pesadillas continuas tras aquel dia. Quizás obtengas una pequeña compensación.

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  83. Hola Francisco, el mes de junio se celebro un juicio de faltas por estafa al cual no pude asistir por vivir fuera del termino municipal y envíe mi declaración por escrito, en el juicio me condenaron a pagar 10 euros durante 44 días, mas costas, pues bien envíe un recurso de apelación y hoy me a llegado la sentencia firme desestimando mi recurso y condenándome a la sentencia antes mencionada mas costas por alzada, y quisiera que me dijese esto de costas por alzada que es y cuanto tendré que pagar en total, gracias.

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    1. Hola Paco, las costas por alzada hacen referencia a la cuantia de costas que se han ocasionado en la tramitación del recurso, de manera que tu condena agruparia:
      - 440 euros
      - Costas de la instancia
      - Costas del recurso (suelen ser mínimas)
      A veces no se imponen costas en los juicios de falta dado que la defensa con abogado en faltas es voluntaria. Depende del juez aunque la ley habla de condena en costas tanto para delito como para las faltas. En los recursos si que casi siempre se impone dado que se interpreta que llegar al trámite del recurso depende ya de tu sola voluntad como recurrente. Ten en cuenta que la cuantia de las costas en las faltas es pequeña y nada tiene que ver con la de los delitos que si pueden alcanzar cuantias relevantes.

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  84. Quisiera saber que tengo que hacer y a quien tengo que derijirme para que me cambien la cantidad de dinero que tengo que pagar por trabajos, localización permanente o para que pueda pagar esta cantidad que me piden en pequeños plazos, gracias.

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  85. Hola de nuevo. Deberas presentar un escrito en el Juzgado pidiendo el aplazamiento o fraccionamiento del pago de la multa, tiendo en cuenta que no se podrá aplazar más de 2 años. Puedes alegar la dificultad economica por la que pasas en estos momentos u otras cargas economicas a las que tengas que hacer frente. Indica correctamente en el escrito el Juzgado al que se dirige (el mismo que dictó la sentencia) y el número de procedimiento. Te recomiendo acudas personalmente al juzgado a presentar el escrito y te informen de como hacerlo. Si te demoras algún tiempo en el pago y varia tu situación economica, podrías incluso pedir la revisión de la cuantia de la multa. Un saludo

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  86. Francisco,el juzgado que me condeno esta en valladolid y yo soy de cordoba, ¿puedo hacerloen el juzgado de cordoba, o dirijirme al secretario judicial?

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    1. Mira Paco, en principio es posible que remitas el escrito al Juzgado de Valladolid (igual que podias haber hecho con tu escrito de defensa antes del juicio) pero tambien es posible que expliques las razones directamente en tu Juzgado y ellos lo remitan a Valladolid. En principio te aconsejo que vayas sin mayor dilación a tu juzgado y te informes de que manera hacerlo para que sea más efectiva la comunicación. No te preocupues que ellos te indicaran como hacerlo. Llevate tu dni y la sentencia que te han notificado. Espero que nos cuentes como ha ido la cosa y que te han dicho. Un saludo

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  87. hola buenas haber se me explico vino una chica y su madre a por una perra mia que se los daba ya con el papel de seción o como llame,una vez firmado nos pide dinero de la gasolina y que pagara para cambiar de propietario encima,a voces se lo pido que devuelme la perra llorando,la tia seguinha dando sus espetaculos que se lo pagara la gosolina vimos que eran personas problematicas se lo entregamos la perra para no tener problemas,horas depues pongo un msj pedindo por favor que me devuelvera la perra que los daba el perro que quicera demuestrando dando que se diera cuenta de mis sentimentos por la perrita,al dia seguinte llamo no me lo cogen el telefono enxistido llamarlas hasta que 2 o 3 dias se pone el nubio de la chica me dijo lo que dio en la gana encluso ensultos y colgo siguido enxistido y otro dia coge la chica encho lo mismo con el nubio pa que te fastille ya no se puede hacer nada esta ha nombre de mi madre que te jodas y mas cosas y ensultos,conclusión que me caliente que queria hablar con su madre ella y ni su nubio se lo permitio me caliente ya que no tenia formas para comunicarme con la madre para tratar de recuperar mi perra se lo publico por internet poniedo-que me lo quitaron-sin vergueezas hijas p. y que no me estrañaba que el marido la dejara, nombre apelidos de la señora y pueblo donde vives,y me denuncio todavia no declare nada ya que el policia nos dijo que no estaba obligada me gustaria saber lo que se puede pasar y cuanto en dinero la pena puede ser de ante manos gracias

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    1. Hola. Determinadas cosas de su relato no las entiendo demasiado bien pero por lo que cuenta se trata de un caso de injurias leves pues son insultos comunes sin demasiada fuerza ofensiva. Probablemente, si finalmente le condenan se tratará de un caso de falta penado con multa leve que dependerá de su condición económica, pero descuide, no será excesiva. La cuantia concreta es imposible de determinar.

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  88. Francisco, otra cosa el escrito ¿donde lo tengo que envia? ¿al juzgado de instrucciones o a la audiencia provincial? puesto que envie un recurso de apelación y la audiencia provincial es la que ha confirmado y ha echo firme la sentencia,saludos.

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    1. No, ten cuidado. Independientemente de quien haya dictado la santencia en recurso, tu debes dirigir tu escrito al juzgado que conocio del asunto en instancia. En tu caso según dices debio un juzgado de instruccion de valladolid el competente. Coge la sentencia que te llego (la primera, no la del recurso) y dirige tu escrito al mismo juzgado que aparezca en el encabezamiento. Ya me contarás como te ha ido. Supongo que preguntaste en tu juzgado. Un saludo

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  89. Francisco, ¿Que numero de sentencia tengo que poner el la solicitud del pago fraccionado, la el numero de sentencia que me viene del juzgado de instrucciones o el numero que me viene de la audiencia provincial? por que son distintos.

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    1. Ponga el nº de la sentencia dictada por el de instrucción. Realmente esa es la sentencia que se va a ejecutar. La de la Audiencia simplemente confirma dicha sentencia. No obstante, si lo desea puede decir algo similar a "sentencia nº............ del juzgado ...... confirmada por sentencia de apelación nº........ de la Audiencia ..........." Recuerde que siempre es mejor facilitar la cosas.

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    2. Francisco, tengo que esperar a la ejecutoria o puedo solicitar ya el pago fraccionado? por que me han corfimado la sentencia ya firme, pero el total a pagar no lo se, solo se que son 44 dias a 10 euros diarios, pero no se el coste de la alzada por el recurso de apelación.

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  90. Hola Francisco:

    Ayer ví en mi móvil, que en el WhatsApp tenía a mi ex y sus dos niñas, que me tenían agregado, y envié WhatsApp tanto a mi ex como a sus nenas, con un mensaje WhatsApp de que por favor me quitaran de su agenda del móvil, ya que como consecuencia se me añadían a mi WhatsApp.

    Esa misma noche me dice su madre por mail, que si a una de las nenas le había dado una crisis de ansiedad al ver mi mensaje y que me iba a denunciar.

    Hoy me ha llamado la guardia civil para decirme que me había puesto mi ex una denuncia por Vejaciones.

    Comentar que yo estoy empadronado en otra comunidad autónoma distinta a la de mi ex, y vivo en otra comunidad autónoma distinta a la de ella. Vamos que ni quiero verla ni ganas.

    Qué significa? A que me enfrento? Qué supone todo esto? Tengo que coger abogado? Y que me va a suponer todo esto en dinero, pues estoy en paro? no se, me parece todo esto tan surrealista.

    Muchas Gracias Francisco de antemano, por tu contestación.

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  91. Hola. Ante todo creo que esto no llegará a nada si es tal como cuentas. Al menos, frente a tu ex no puede haber ningún tipo de responsabilidad penal (ni falta) por un simple sms, salvo que fueran varios y utilizaras palabras muy salidas de tono (insultos), pero en esos términos no creo que sea constitutivo de nada. Quizás a sus hijas dependiendo de su edad y de los terminos literales que utilizaras podria ocasionarte una multa si verdaderamente les dio un ataque de ansiedad y pueden probrarlo (tienen constancia documental de un medico) aunque no veo el encaje en el tipo penal de vejacion leve (que es una falta por antentar contra su integridad moral). Lo que esta claro es lo siguiente:
    1º. Si todo continua y no se archiva te llegará una citación en la que constará claramente la falta que te imputan.
    2º. Debes estar tranquilo porque lo máximo que llegaria a ser es una falta. Si bien es cierto que la falta de vejaciones es penada con multa salvo que sea el ofendido un familiar (tu ex por ejemplo) en cuyo caso se impone localizacion permanente (arresto domiciliario de 4 a 8 dias...vaya de 2 a 4 fines de semana normalmente) que no creo que llege a eso.
    3º. Para juicios de faltas no necesitas abogado aunque si la otra parte lo tiene es recomendable que lo tengas. Una denuncia por vejaciones creo que implica que hay algún profesional del derecho ayudándola porque es algo muy técnico ese tipo delictivo para que ella lo haya denunciado como vejaciones. Esto último es simplemente una sospecha, solo eso.

    Espero que cuando te enteres de algo más dejes constancia en el blog para que te podamos ayudar. Un saludo

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  92. Francisco, tengo que esperar a la ejecutoria o puedo solicitar ya el pago fraccionado? por que me han corfimado la sentencia ya firme, pero el total a pagar no lo se, solo se que son 44 dias a 10 euros diarios, pero no se el coste de la alzada por el recurso de apelación.

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    1. Deberias esperar a la ejecutoria. Cuando la tengas, además de señalar la sentencia tanto de la instancia como de la apelación, deberás indicar el auto de la ejecutoria que se te notifique. Es decir, sentencia condenatoria nº.........., sentencia de apelación nº..........y auto de ejecutoria ......... Un saludo y ya me contarás.

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  93. hola muy buenas, mira quería hacerte una consulta porque estoy bastante asustada, me robaron el movil en la tienda donde trabajo y al salir hice una denuncia falsa para que me cubriria el seguro, pero al de un par de días fui a la policia a retractarme porque estaba super arrepentida, en la policia me hicieron una ampliacion de denuncia poniendo que la denunciante habia venido totalmente arrepentida que fue por un momento de rabia al haberle sido sustraido el movil que se habia comprado hace cinco meses y que amigos le habian comentado que no pasaba nada por hacerlo, tambien pone que renuncio al seguro y que aportare el papel de la anulacion, luego pone la historia como realmente fue, la policia se porto muy ben conmigo me lo puso super bien. voy a ir a declarar como simulacion de delito, estoy opositando y quería saber si me vana a condenar como delito y si eso lo podría borrar o en cuanto tiempo prescribe... y si no me condenan como delito que seria¿? gracias

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  94. hola otra vez soy la del anuncio anterior nose si cuenta para algo pero se me a olvidado decirte, tengo 23 años y no tengo ningun antecente ni de faltas ni nada...

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  95. Hola. Si verdaderamente te sustrajeron el movil, supongo que seria en un descuido o pérdida por tu parte y seguramente tu contaste que fue un tiron o cualquier tipo de robo con violencia o intimidación (¿es asi?). En principio como fue poco despues tu confesión quizás no iniciaron actuaciones de ningún tipo todavia y por ende no seria punible pues se exige que haya llegado todo al juzgado y se sobresea (456 codigo penal) o que se hayan iniciado actuaciones procesales de investigación (457 codigo penal). De todas formas si todo se iniciase y continuara en el peor de los casos se podria alegar desistimiento de la ejecución ya iniciada (16.2 codigo penal) o la atenuante del 21.4. En todo caso la pena seria de multa nunca de prisión (pues no es un delito grave el que denunciaste). Quizás como te dije no llege a nada porque paraste todo rápido. Deberás esperar, lo que ocurre es que la policia aun retractándote, una vez iniciada las diligencias deberá dar parte el juzgado y luego ya te notificaran. Si finalmente se continua aunque la pena sea una multa pequeña te creará antecedentes. Estos se cancelarian en 2 años si la multa que te te imponga no excede de 12 meses o en 3 años si la multa excede de esos 12 meses. Espero que nos cuente como evoluciona todo. Un saludo y gracias por exponer tu caso

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  96. Hola francisco otra vez, en mis oposiciones poneno haber sido candenada por delito doloso, podria llegar al caso de k me condenasen por ese motivo? Y despues de preescribir podria presentarne?? Muchas gracias

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    1. La denuncia falsa o la simulación de delito son infracciones dolosas (no imprudentes). El dolo quiere decir que conscientemente y con voluntad para ello realizas el delito o la falta. No cabe duda por tanto que si recae condena, va a ser dolosa. No obstante, tu planteamiento no el correcto. Si te condenaran, una vez cumplida la totalidad de la pena ( en tu caso pagados los plazos de las multas) empieza a correr el plazo para poder cancelar tus antecedentes. Una vez cumplido el plazo (2 o 3 años como te dije en otro post) ya podrás solicitar tu cancelación y sin antencedentes no tendrás ningún problema en las oposiciones. Un saludo

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  97. Buenas tardes, soy Cel. Hace un año puse una denuncia por que robaron a mi hija, de 16 años, de un tirón, un pequeño bolso que llevaba con una pequeña consola de juego. A la semana llaman a mi hija para ver si reconocía a culpable, entró sola con los policías y la coaccionaron para quie dijera que fue hurto, la policía me denunció por delito, me facilitaron abogado y ahora iremos a juicio, ellos alegan que fue para engañar al seguro. Finalmente me deniegan el abogado de oficio por mi salario. Que debo hacer y esperar de esta situación.

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  98. Pues nadie mejor que tu abogado sabrá como actuar según toda la documentación del caso. Yo simplemente te recomiendo (salvo opinion contraria de tu letrado) que te muestres convencida, rotunda y sin dudas a la hora de declarar. Ensaya tu declaración cuantas veces sea necesario.
    Sobre la posible pena me remito a lo que he dicho en un post reciente. Te enfrentas a una multa que será leve o moderada según se considere conforme lo practicado en el juicio. No obstante, no debe usted olvidar que las penas de multa van en función de su capacidad económica y no suelen ser excesivas. Un saludo y suerte

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  99. Hola Francisco. Quiero saber si nos puedes ayudar en un problema que tenemos.

    Acabamos de recibir mi mujer y yo, una sentencia favorable por un juicio de faltas. Nuestra vecina de abajo nos denunció a la policía nacional, por insultos, vejaciones e intento de agresión por parte de mi mujer, según ella, desde hace 5 años... así presentó la denuncia.

    El día del juicio, al que nosotros acudimos con 2 testigos y ella con su marido, nuestros abogados se ponen a hablar (se conocían) y al rato nos comenta el nuestro que si nos parecía bien, que la denunciante retirara la denuncia sin ninguna explicación (yo no la hubiese retirado si fuera verdad lo que dice), a lo que respondimos que si ya que nos aconsejó que era lo mejor por si daba la casualidad que perdiéramos el juicio y tuviéramos que abonar todas las costas. Ahí se quedó la cosa.

    En un principio no nos pareció bien que esta "señora" se fuera de rositas a su casa después de lanzar falsas acusaciones y meternos en un juicio, ya que acudimos con un montón de pruebas a nuestro favor en forma de e mails (con quejas desde hace 2 años sobre el comportamiento a altas horas de la madrugada de ella, su niño y su marido), enviados a los dueños de nuestro edificio (un VPO de alquiler), y facturas de teléfono con numerosas llamadas para que viniese a medir decibelios la policía local por los continuos ruidos, golpes e incluso discusiones fuertes en el piso de mis vecinos de debajo (son ellos los que molestan con su niño jugando hasta las 2 de la madrugada golpeando los juguetes continuamente). Pero hicimos caso al consejo de nuestro abogado.

    Nos llega una factura de 483 euros iva incl., y nuestro malestar viene porque nosotros acudimos a otro abogado, el cual nos puso en contacto con el que finalmente nos llevó el caso, pero a dia y medio del juicio y sin posibilidad de buscar otro abogado por falta de tiempo, despues de ponernos en contacto con el primer abogado 8 dias antes (segun el, había estado esa semana fuera y no pudo ponerse en contacto con nosotros antes...)

    ¿Tán caras están las costas de un abogado, o es que nos enviaron sin tiempo de buscar a otro mas barato,a uno de los caros?.

    Actualmente nos encontramos en una situación económica bastante precaria, y solo nos faltaba, que por culpa de una vecina que (sinceramente) está mal de la cabeza, me quede más arruinado de lo que estaba ya.

    Un saludo, y gracias de antemano.

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    1. Hola. Comprendo tu indignación. Lo que ocurre que sobre las cantidades no me gusta pronunciarme porque en principio se pueden establecar libremente por cada profesional (dentro de unos limites lógicos). Lo que sí ocurre que al no continuar con el juicio, las costas de tu abogado las pagas tu integramente. Si habia posibilidades de ganar y hubieseis continuado posiblemente podrian haber condenado en costa a la otra. En principio, si tu abogado te dijo de dejarlo seria porque su criterio profesional le haria pensar que cabia la posibilidad de absolución para la otra parte y en consecuencia era probable que se os impusiesen las costas ibais con temeridad o mala fe a juicio del juez. Piensa que si fueseis condenado a las costas tambien tendriais que haber satisfecho la del letrado defensor y los gastos del pleito (quizás dentro de lo que cabe verdaderamente salisteis bien parados). Es un poco arbitrario todo el tema y no puedo ayudarte más. Lo siento. Un saludo

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  100. Hola muy buenas, pues bien queria comentarle mi caso, el sabado me pillaron robando comida en un supermercado, la suma de lo robado asccendia a 80 euros aproximadamente, llamaron a la policia nacional se presentaron y me denunciaron los del supermercado, los policias me pidieron datos y me dieron una citación en mano alli mismo para el juicio rapido, para el martes 13 de noviembre, a que multa me enfrento o que me puede pasar, debo presentarme obligatoriamente??? el policia me dijo que si no me pondrian en busca y captura, es cierto? Y segundo, lo que realmente me preocupa es que estuve en el ejercito y estando de baja medica falte unos dias sin autorizacion, en lo que me dieron en busca y captura, pero me presente al poco y nada al tiempo se celebro un juicio militar y me condenaron a 3 meses por abandono indebido de destino, y si no recuerdo mal tengo un periodo de 2 años que no podia cometer ningun delito, ni hacer nada malo si no se me añadiria a la pena ya dictada segun me explico mi abogado creo entender, pero de eso ya a pasado como 1 año minimo o mas que no habia echo nada malo, no soy un chico problematico solo he tenido estos 2 percances con la ley, estoy en el paro desde entonces y ahora que no cobro ni el paro pues me llevo a robar para llenar la nevera igual me pase pero estoy bastante arrepentido, tengo 23 años y me puesto a estudiar de nuevo y me preocupa bastante lo que me pueda pasar no querria ir a la carcel por una tonteria asi... no por la falta de hurto en si que imagino que sera de una multa, si no por aver cometido algun tipo de delito o hurto en el periodo en el que no podia hacer nada malo, bueno espero que me saques de dudas y me puedas aconsejar un poco, porque la verdad que estoy bastante preocupado y angustiado, muchas gracias de ante mano por tu lavor y tiempo dedicado, un saludo.

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  101. Una cosa mas esos 3 meses, al carecer de antecedentes se quedaron en nada, simplemente en el periodo ese de 2 años que me dijeron que no podia "meterme en lios" o cometer algun tipo de delito. Pero entiendo que el hurto ya que es de tipo falta y no tiene pena que se me puede añadir a esos 3 meses.. no podria afectarme de alguna manera o si que lo podria hacer? gracias de nuevo y perdona si no me e expresado del todo bien, un saludo!!

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    1. Hola. Te has expresado fenomenal. Primero darte las gracias por contar tu caso. Mira, las leyes penales militares son especiales y tiene reglas propias de aplicación. En tu caso la Ley penal militar establece el plazo de suspensión del que hablas con caracter discrecional en su artículo 44. En tu caso según comentas fue de 2 años de suspension por una pena de 3 meses.

      Hay que acudir al artículo 371 de la ley procesal militar (la que rige los juicios militares para que entiendas) que establece que si antes de transcurrir el plazo de suspensión señalado cometiese el penado un nuevo delito doloso, se procederá a ejecutar el fallo en suspenso tan pronto recaiga la sentencia condenatoria, salvo que hubiera prescrito la pena suspendida.

      Como puede ver se habla de "delito doloso" no de falta. Tu has cometido una falta y ello no implicaria el alzamiento de la remision y el cumplimiento de la pena suspendida. Espero haberte tranquilizado y un consejo, ten cuidado porque de la falta al delito hay un paso. Imaginate que esa falta hurto que cometiste que hubiera convertido en un robo por el simple hecho de que te intentan impedir y tu (sin hacer daño ni lesión alguna) pegas un empujon fuerte para salir corriendo en el momento del sobresalto, y el otro cae al suelo bruscamente y se golpea. Eso ya seria delito a pesar de que no hubiese pasado nada raro. Un saludo

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  102. Hola mi caso es el siguiente tengo un denuncia por estafa y blanqueo de dinero ya que fui víctima de una estafa por Internet en la cual me ofrecían trabajo recibiendo transferencias en mi cuenta bancaria el caso es que robaban dinero de otras cuentas a las que previamente habían robado sus claves y el banco se dio cuenta me llamaron me denunciaron y me harán un juicio la estafa fue 4000euros. Que es lo peor que me puede pasar en el juicio iré a la cárcel por cuanto tiempo???? Gracias.

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    1. Hola. En principio son delitos muy distintos y cada uno puede ser aplicado por separado, lo que ocurre que aqui se viene a dar lo que juridicamente se llama un concurso de delitos y se sumaria parte de la pena de uno y de otro. Lo que no tengo claro, es el hecho de que si es tal cual cuentas en el post, se te pene finalmente por estafa. Según dices tu solo participaste (aunque sea indirectamnete) en el blanqueo a través de tu cuenta de esas cantidades que otros por estafa habian hecho suyas. La pena por tanto dependerá de que se pruebe que tu tambien fuiste participe en la estefa o solo en el blanqueo. La estafa se pena con seis meses a tres años de prisión pero tranquilo, expresamente se dice que se tendrá en cuenta el perjuicio causado y la cuantia, que en tu caso es "muy baja" y por ende la pena seria la minima o cercana a la minima. En cuanto al blanqueo la pena es de seis meses a seis años y multa del tanto al triplo, pero tranquilo otra vez ehh porque igualmente la cantidada blanqueada es mínima e igualmente estará, pienso yo, cerca de la pena mínima. En definitiva, aunque te considerasen responsable de los dos delitos, la suma de las penas seria dificil que superasen los 2 años de prision que es el limite para no entrar en la carcel si no tienes antecendentes.

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  103. hola, ayer nos pillaron sustrayendo articulos de un supermercado por un visto de 300 euros, y aunque quisimos pagarlo no aceptaron y llamaron a la guardia civil, nos tomaron los fatos y a mi me llevaron a comisaria para identificarme pura estou ilegal aqui em españa pero tengo ya comprado el.pasaje para mañana por lá noche para regresar a mi país. es un hecho q denunciaram pero a mi no me encontaron mas q un articulista fé três ritos em el bolso, sali por caja pagando.outros articulos pero como colabore igual me incluíram de seguro.em lá comisaria no me detuvieron mi abrieron ningun expediente solo tomaron nos fatos y me dieron una citación para apersonarme a extranjería de lá polícia nacional por no aparecer con estância legal y comparecer alli to tengo dudas em irxq me abriran una ordem de expulsion y no se que hacer respecto al viaje atrasarlo o irme? Respecto a los hechos de gueto ratos se tipifican como antecedentes penales?...puede um abogado o mi marido representarme aqui estanDo yo ya afuera del país:.agradezco su pronta respuesta

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  104. Hola. En principio es una falta de hurto y no crea antecedentes según la ley española. Si usted acude a extranjeria, posiblemente inicien un expediente de expulsión. Mientras tanto usted puede ser privado de libertad en un Centro de Internamiento de extranjeros hasta 40 dias o seguir en libertad, según se acuerde. El juicio de faltas si todo continuara su curso, puede celebrarse (salvo excepciones que el juez estime) sin su presencia el dia del juicio. Usted puede eso sí, ser representado por un abogado el dia del juicio o incluso mandar un escrito con su defensa al juzgado competente. Le aconsejo que acuda a su consulado o embajada de su país en la ciudad más cercana y le asesoren. Ya nos contará como terminó todo. Disculpe por no haber podido responderle antes. Espero que no haya podido leerme. Un saludo

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  105. Hola. Hace 1 mes con un amigo nos encontramos dos controles de la policia local y en el segundo nos resquisaron 2 porros (un cogollo ) y nos dijeron que lo llevarian al laboratorio que lo mirarian etc. nos dio un papel de denuncia,
    Mis preguntas son: -Puede ser que me hagan ir a un juicio rapido por poca cantidad?
    -Puede ser que suba de 300€
    -Mas o menos a que plazo de tiempo te llega la carta de la multa o citacion??

    Muchas gracias
    saludos

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    1. Hola Francisco, quisiera saber si es delito abrir una cuenta paypal con otro nombre y apellidos? solo nombre y apellidos ni el dni ni ningun otro dato. Yo es qu habri una cuenta con otro nombre y apallidos y hice unas compras y los envios se enviaron ami nombre y domicilio y ahora ha venido una factura al nombre de la otra persona pero con mi domicilio y queria saber que clase de pena me puede caer, gracias.

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  106. Hola Oriol. En principio, como sabrás, consumir no es ilegal siempre que lo hagas reservadamente sin contemplación de terceros. Lo que esta penado es consumir en la via o zonas publicas (normalmente con sanción administrativa) o traficar y distribuir (con penas de prisión y multa que dependen del tipo y cantidad de droga). En tu caso no creo que exceda de una sanción administrativa, pero la cuantía puede variar mucho. Es posible que la cantidad exceda de esos 300 pero es muy amplio el máximo aunque apostaria entre 300 y 600, no mas (solo un calculo mio ehhh). El tiempo no creo que se demore mucho. Espero que nos cuentes como evoluciona el asunto

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  107. En principio no es delito. El delito de usurpación existe cuando te haces pasar por otra persona de manera permanente, constante y no esporádica. Además es necesario que actúes en el tráfico jurídico suplantandolo totalmente, es decir, domicilio, dni ...etc. Además si has pagado tu mismo desde tu tarjeta o cuenta asociada a paypal esta claro que no tratas de suplantar a nadie. Lo que no me queda claro es como te llega el pedido a tu nombre y la factura al nombre ficticio...supongo que pusiste datos de facturación falsos?

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  108. No los datos de facturación estan a mi nombre pero la cuenta paypal esta a otro monbre.

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    1. Hola de nuevo. Me remito a lo dicho pues me confirma usted lo que imaginé. Le recomendaría eso sí, modificara sus datos y los adecuara a la realidad. Si no le deja paypal hacer la modificacion borre su cuenta y cree otra correctamente.

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  109. hoy me ha llegado un carta a casa que pone como asunto J.faltas 4748/12 para ir a compadecer ante un juzgado, pero no me pone porque. como podria saberlo?

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    1. Llevando ese mismo papel al juzgado junto con su dni, le informaran en secretaria de que asunto se trata aunque lo normal es que usted tuviese información del mismo anteriormente. Vaya e informese, es gratutio y rápido sin formalismos. Un saludo

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  110. Hola Francisco , gracias de antemano. Tengo un juicio por faltas el 21 de diciembre en Madrid, y yo soy de Alicante. El juicio es por hurto de aproximadamente 80 euros. Mis preguntas son: debo presentarme aunque tenga que ir a Madrid? , que cuantía de multa supondrá?me dieron la citación en el momento, el 25 de octubre. Sin más, un saludo

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    1. Hola. En principio no es obligatorio presentarse en los juicio de faltas aunque la ley permite al juez en caso excepcionales obligar a que el denunciado este presente (practicamente nunca ocurre). Lo que si puede hacer es mandar por correo certificado tu escrito de defensa al juzgado indicando claramente el juzgado al que va dirigido y el asunto o expediente en cuestión. Podrás aportar alguna prueba documental si la tuvieses. Generalmente no suele tener mucho efecto en la decisión final pero tenga en cuenta que entre no comparecer ni decir nada al respecto y comparecer en forma y defenderse hay un termino medio que es, al menos, mandar un escrito defendiendote. Generalmente puede dulcificar la decisión final. Puede tambien contratar un abogado para que le defienda alli pero por la pequeña cuantia no creo que le convenga. Un saludo y espero haberle ayudado.

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  111. Hola Francisco,
    he leído con interés todas las entradas de tu blog y como no encuentro nada que se parezca a mi caso, me he decidido a escribir ya que es la primera vez que alguien me denuncia y no se que hacer.
    Mi caso es que he recibido una denuncia que pese a ser ciertos los hechos que relata, los tergiversa y omite datos importantes, de manera que me hace
    parecer a mí como el culpable.
    No se si trae testigos o no, pero en caso que los traiga y corroboren la versión de la denunciada, están cometiendo perjurio? Como puedo demostrar que no fue así?
    Había pensado hacer un escrito con mi versión de los hechos, - que es la verdad-, para leerlo en el juzgado y no olvidarme de nada pero no se si es recomendable... (aunque lo tengo muy claro, los nervios pueden jugarme una mala pasada)
    Debo llevar abogado? En ese caso que diferencia hay entre uno de oficio y uno de pago?
    A mi nadie me informó de que podia disponer de abogado de oficio, si he contratado a uno, puedo reclamar las costas en el juicio en caso que gane?
    Es su palabra contra la mía, como se valora eso? El que más convenza al juez?
    Ella ha hecho una denuncia falsa pero, traerá testigos? Pq esos testigos serán falsos también!
    Aunque no he relatado los hechos, creo que para las preguntas que hago no es necesario saberlos, pero si necesitaras cualquier aclaración estaré pendiente de tus novedades.
    Gracias de antemano y Animos con la página!!!

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    1. Hola. Primero darte la bienvenida y agradecerte los ánimos. A veces se agradece mucho. En primer lugar, los testigos que faltan a la verdad en la narración de los hechos en causa judicial incurre en falso testimonio penado en el 458 Códigp Penal. No obstante, es cierto que no siempre resulta facil probarlo. La mayoria de las veces son simples reticencias a contesta alegando olvido s o silenciar datos o hechos relevantes. Debe usted tener en cuenta que los Jueces y Tribunales cada vez tienen menos en cuenta las declaraciones testificales salvo casos claros en los que multitud de testigo alegan lo mismo, o que dichos testigos sean funcionarios publicos, autoridad o agentes. Depende siempre de las circunstancias del caso concreto.
      Parto del hecho de que es un juicio de faltas por el relato de sus hechos. En dichos juicios la asistencia letrada es facultativa no preceptiva. Lo que ocurre es que si una de las partes actua con abogado, la otra deberá ojear el expediente en el juzgado y comprobarlo para también asistir con otro y evitar la tan conocida "indefensión". Realmente un buen abogado de oficio puede ser tan bueno como uno de pago, depende de lo comprometido que sea uno u otro...no se puede generalizar. Lo que no se debe confundir es el abogado de oficio y la asistencia juridica gratuita aunque a veces vayan unidas. El abogado de oficio es que usted por las circunstancias que sean (esta usted lejos de su residencia, no conoce a ninguno, no tiene dinero ...etc) pide que se le nombre un abogado del turno de oficio para que defienda sus intereses. El abogado actua y posteriormente o durante su trabajo, una comision de asistencia juridica gratuita, (si tu has solicitado la justicia gratuira) analiza si usted puede o no pagar a ese abogado de oficio. Si no puede no tendrá que pagarlo. Si puede pues lo deberá pagar a pesar de ser de oficio (a veces no ocurre tal cual pero esa es la regla general). En el caso de las faltas, como no es preceptiva puede ocurrir dos cosas, que no le den abogado de oficio o que aun otorgandoselo, tenga que pagarlo (pocos honorarios al ser falta). Unicamente al apelar la sentencia de faltas se te podrá conceder pues para ello si que es oligatoria la firma de letrado.
      Ten en cuenta que si finalmente la otra parte asiste con abogado, deberías pedir al inicio de la vista la suspensión por indefensión, alegando que tienen intención de hacerte con abogado (es dificil ganar si la otra parte tiene y tu no salvo que economicamente no te merezca la pena).
      Espero haberte aclarado un poco el tema. Un saludo

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  112. Muy buenos días, el pasado mes atracaron a mi madre por detrás quitándole el monedero con 300€ en un mercadillo, después del susto se acerco a un puesto y ese señor le ayudo a llamar a la policía, esta por tlfn le dijo que devia de poner la denuncia en la policía nacional, eso fue lo que hizo.Transcurridas unas semanas la policía la llama y cuando acude la tienen una hora cuatro policías diciéndole que no la creen y cosas como que la van a detener por denuncia falsa, que no laatracaron, que no llevaba ese dinero , que lo tenían todo gravado, en fin un mal rato que la pobre no entendía, le insinuaron que era para cobrar el seguro, cosa que tanto por atraco o por hurto tenia cubierto y además el seguro fuera como fuese no le cubriaesa cantidad, mi pregunta es, esto llegaría a un juez, y en caso de ser así que le puede ocurrir a mi madre, como puede demostrar que es verdad, por cierto un día antes retiro del banco 400€ para comprar edredones en el mercado, por eso llevaba esa cantidad, que por otra parte tampoco me parece tan exajerada para llevar encima....gracias de antemano pero estoy muy preocupada.

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    1. Hola. En principio ultimamente se suele desconfiar en ese tipo de denuncias pues mucha gente como bien dice usted simulan robos con violencia o intimidación para que el seguro cubra el delito o la falta de hurto (según sea mas o menos de 400 euros). Tienes la prueba de que se saco realmente esa cantidad pues pide al banco esos movimientos de cuenta con el dia que se saco esa cantidad. Si tienen video podrás alegar que lo adjunten si realmente es asi. Si todo es cierto y no lo dudo, le recomiendo se busquen un abogado para evitar males mayores que podrían ocasionarse si finalmente el juzgado decide continuar con las actuaciones por denuncia falsa o simulación de delito. Si economicamente pueden permitirselo creo que la defensa del honor de su madre debe ser defendida por un profesional y además si todo avanza será obligatoria la defensa letrada pues esos hechos serian constitutivos de delito. Le recomiendo que en las respuestas sean claros y contudentes al contar los hechos pasados. Ensayen si es necesario pero no cambie ni una pequeña parte de los hechos. Repitan por activa y por pasiva lo mismo de manera convincente y será muy dificil que prueben lo contrario. Además el hecho de que 4 policias durante una hora pregunten a una mujer supongo que de cierta edad, es de dudosa ética y eso lo podrá poner de relieve un buen abogado el dia de mañana. Un saludo

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  113. Hola buenas noches, o mejor dicho, buenos días. Voy a intentar contar mi caso de la mejor manera posible. Hace una semana, el portal ebay me manda un mail donde me dice que alguien ha usurpado mi cuenta (no la utilizaba desde 2008, tenía muy buena reputación de comprador) pero que ya estaba todo arreglado, así que no hice caso. A los pocos días me llega otro mail diciéndome que había perdido una puja que yo no había hecho valorada en más de 200 euros. Empiezo a preocuparme de verdad e intento entrar en mi cuenta. No podía, alguien me había cambiado la contraseña. La recuperé e inmediátamente llamé al servicio de atención al cliente de ebay. Me dicen que me cierran la cuenta. El caso es que la cuenta no la cierran definitívamente hasta que no tracurren no sé cuántos días. A partir de ahí, llevo una semana horrorosa. Llega un mail a mi cuenta de hotmail donde me dice que están procediendo con la cancelacion de mi cuenta pero que si cambio de opinión, responda al mensaje. El que me usurpó la cuenta de ebay, tambien lo hizo con mi hotmail (aún no sé cómo pueden hacer esto) y haciéndose pasar por mí, responde (yo misma he visto esos mensaje y he hecho capturas, pues aparece una IP) y la cuenta la vuelven a abrir como si no pasara nada sabiendo que me están usurpando a diario. Me la roba todos los días (Yo cierro y él abre.) también mi cuenta de hotmail, pues es la relacionada con mi cuenta de ebay, me cambia las contraseñas y las respuestas de seguridad con letras chinas. Llamo suplicando a ebay que me cierren la cuenta definitívamente por temas de seguridad pero no me hacen caso. A día de hoy la cuenta sigue abierta. Ayer fuí a la policía y denuncié no solo al Hacker, sino a ebay también (es que parece que sean cómplices). Pero sigo muy preocupada y nerviosa. No tengo acceso a mi cuenta de ebay y no sé que estará pasando. Tampoco sé si el Hacker puede ver mis cuentas bancarias y las contraeñas para acceder a estas (están bloqueadas, pero algún día las tendré que desbloquear, lo necesito). Estoy desesperada (ahora estoy despierta porque el hacker actúa de madrugada)y con miedo, pues tiene acceso a absolútamente todos mis datos, nombre, apellidos, dirección, teléfono y puede que mi dni, no sé qué hacer para que ebay me cierre la cuenta, ¿les digo que les he denunciado? ¿Qué me puede acarrear esto? ¿y qué pasará con el hacker? Necesito ayuda por favor.

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    1. Hola. En principio puede ser sea problema de tu Pc. Este consejo es informático más que jurídico. Yo que tu compraria un buen antivirus y se lo pasaria al PC pues lo más probable es que tengas un troyano (archivo espia en tu pc instalado) y cada vez que usas tu pc desde un sitio remoto saben lo que haces e incluso lo que tecleas. Si tienes otro Pc a mano intetaría cambiar la contraseña desde ese otro Pc y no accedas a tu cuenta ni nada desde el supuesto Pc infectado. También ve a tu banco donde tengas vinculada cuenta paypal o tu tarjeta de credito y comentales el problema para bloquear cualquier pago que se haga. Ten en cuenta que cada cosa que hagas con el pc infectado es probable que la conozcan desde el PC del hacker. Seria buena idea que lleves a cabo pantallazos con las IP que conectan y demás pruebas para que las adjuntes a tu denuncia. Ya me contarás. Un saludo y que salga todo bien

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  114. unos metimos en una pelea dicen que nos a denunciado porque dice que tiene algo en el ojo la chica y dice que le dejamos en el suelo que asi no fue. me podria ayudar un poco

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    1. Hola. Con esos datos es dificil pronosticar lo que podrá ocurrir. Simplemente depende de los daños causados. Nuestro sistema penal tiene distintos tipos de lesiones y a cada una corresponde un tipo distinto de pena.
      - Lesiones leves (arañazos, contusion ...etc) son falta (no delito)
      - Lesiones que requieren asistencia y tratamiento medico como puede ser dar puntos de sutura (delito artículo 147 Codigo penal)
      - Lesiones que provocan perdida de organo o miembro no principal o simple deformidad (delito articulo 150 codigo penal)
      - Lesiones que provocan perdida de un sentido, organo pricipal, miembro principal, mutilacion genital o graves deformidades o graves enfermedades (delito articulo 149 codigo penal)

      Te los he ordenado de menor a mayor gravedad. Debes tener en cuenta que tambien se pueden cometer imprudentemente, es decir, con un simple puñetazo en barbilla y por azar, el sujeto se cae y se clava algo en un ojo, posiblemente se considera imprudente y tiene menor pena pues la intención del sujeto con un simple puñetazo en la barbilla esta claro que no era que perdiese el ojo. El tema es complejo y como te dije depende de muchos factores y sobre todo del resultado finalmente producido por la lesión.

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  115. Hola en marzo de este año 2012 me llamaron del cuartel de la guardia civil para que fuera a declarar , me acusaron de haber entrado en una casa a robar, declare y ya esta desde eso ya han pasado 9 meses y no e vuelto a saber nada del asunto.por eso no hay juicio y si hay cuanto tarda, podria yo denunciar a la persona que me acusa por injurias , esa denuncia por robo cuando prescribe, me hace falta un abogado ,donde puedo pedir información de como va el tramite o ya con todo el tiempo k ha pasado se ha aclarado todo , muchas gracias espero respuesta.

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    1. Hola. En principio aun no ha prescrito. El plazo para que prescriba si es robo con fuerza o en casa habitada es de 5 años. En principio es un poco confuso tal y como lo relatas. Si entraste en la casa a robar será robo pero si estabas alli por otro motivo y aprovechaste la ocasión para sustraer algo podria ser solo un hurto. Yo pediria información en el juzgado de la localidad o en el juzgado de que dependa tu localidad. Vas a la secretaria y sin problema deben facilitarte la información. No obstante, es raro que tras la declaración no te volvieran a llamar. Sobre el tiempo puede durar años el juicio tal y como esta la justicia de colapsada.
      Sobre las injurias, realmente es delito de calumnias (imputar un delito a sabiendas de su falsedad) e incluso denuncia falsa pero es necesario que se archive todo por no existir delito, entonces es cuando tu podrás ir contra el denunciante por denuncia falsa.

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  116. tambien me acusaron de otro robo que segun tambien entre a otra a robar pero de eso no me hicieron preguntas,ademas no me dieron copia de la denuncia ni de mi declaracion eso es asi o es ilegal , ademas mientras declaraba llamaron por telefono a los guardia civiles,cosa que yo me fui a mi casa a cambiarme de ropa porque estaba vestida de uniforme y cuando salia de mi pasa para ir otra vez al cuartel me encontre con los guardia civil esperandome en la esquina de mi casa cosa que hasta me asuste y uno de ellos se subio a mi coche hasta el cuartel es normal que esta gente me vigilara o me persiguiera.

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    1. La copia de la denuncia o del atestado se te facilitará a ti mismo o a tu abogado en el momento que el expediente pasa al Juzgado. Si todo continua y llega allí, entonces tu abogado o tu mismo podrás pedir copia de todo. Es normal pues si hay indicios de delito pueden incluso detenerte. Creo que fue incluso menos gravoso para usted que se subiera y le permitiera conducir. Personalmente creo que eso afecta menos a su dignidad que si te detienen.
      El tema del abogado solo lo necesitarás si se inician las diligencias pero de eso ya te informarán perfectamente. Si no lo tienes te nombrarán uno de oficio. Un saludo

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  117. si se archiva todo por no existir delito me lo comunicarian a mi por escrito o por telefono en cualquiera d los casos m lo comunicarian.si el expediente pasa al juzgado tambien me avisan,que circuntancias se tienen que dar para que esto suceda.
    con una denuncia nueva por un delito,se anula un delito cometido anteriormente.

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    1. Perdon por la tardanza. Cualquier movimiento debe serle comunicado en el domicilio que usted indicó en su momento. Sin duda que cuando pase al juzgado le será notificado el inicio de las diligencias para que usted pueda personarse. Normalmente se archivará si cuando llega todo el expediente al juzgado el juez instructor cree que no hay delito o la fiscalia le pide el archivo por considerar igualmente que no hay indicios suficientes para continuar con el procedimiento.
      La denuncia por cualquier tipo de delito es independiente de cualquier delito anterior. Los delitos no se anulan nunca (ese término no se aplica al derecho penal). Lo que si puede pasaar es que los delitos prescriban si pasa el tiempo marcado por la ley, o pueden extinguirse si se cumple la pena o condena impuesta por el Juzgado o por un Tribunal.

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  118. Buenas noches Francisco,

    Una persona con la que tengo una relación de amistad y profesional ( proyectos a la vista) pero sin contrato actualmente ni relación escrita como tal, ha intercambiado conmigo una conversación por Whatsapp a lo largo de los seis últimos meses.

    En los proyectos de negocio hay terceras personas de por medio. Debido a que nuestra relación se ha roto, ha utilizado las conversaciones mencionadas para enviárselas a esas terceras personas con objeto de descalificarme, contar con su complacencia y gozar de su confianza.

    Quisiera saber si es lícito o existe algún tipo de falta, delito....
    Gracias de antemano

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    1. Hola. En primer lugar decirte que el secreto de las comunicaciones no se aplica a los partícipes de la comunicación, es decir, un sujeto A y un sujeto B mantienen conversaciones y cualquiera de ellos pueden hacer públicas las mismas a un sujeto C ajeno. Lo que no puede es dicho sujeto C acceder a la información sin consentimiento de A o B. Dicho esto, hay casos en los que la materia de la comunicación hace posible que entre los sujetos que la mantienen exista un deber de confidencialidad que ambos se compromenten tacitamente a guardar. Por ejemplo en materia de negocios o empresas. Existe un tipo delictivo en el artículo 199.1 de nuestro Código penal que castiga el revelar secretos ajenos, de los que tenga conocimiento por razón de su oficio o sus relaciones laborales. Pero en tu caso, ni el secreto es ajeno (pues tu amigo es participe de la conversación), ni hay aun ningún tipo de relacion profesional. Lo que si puede ocurrir es que exista un delito de injurias o en su caso falta de injurias pues esos datos están siendo utilizados con ánimo de perjudicarle y menoscabar su dignidad.

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  119. Hola buenas noches,a quièn tenga el honor de leer estè mi escrito,el dia 30 de diciembre de 2012,se preseta a mi casa, el vecino,con unos planos,el cual me comenta que tiene, permiso de obra y que va a realizar un muro conlindante,le comento que me parecè muy bièn, que es mejor para los dos,me señala unas lineas con la mano y me comenta, que lo va a hacer ahi,yo le exigo un agrimensor, ya que no me parece, justo donde lo va a realizar, con lo cual me comenta muy fuerte, que tiene, el permiso de obra, mucho dinero para gastarselo, en abogados, en ese momento salè de casa al oir los chillidos, de este hombre, un hijo que tengo enfermo de azucar tipo,1 es decir el pancria no le produce azucar,estè hombre intenta encararse con mi hijo,voy hacia el y le digo que no se encare con mi hijo que lo haga con migo, estè me empuja, y me rompè uno de los aparatos ortopedicos que llevo en las piernas, ya que tengo una discapacidad de un 67º seguidamente, coje una piedra, para tirarmela, en la cabeza,esto lo ve un tercer hijo, este, hombre sale corriendo para su casa y cierra la puerta, mi hijo le da unos golpes a la puerta solicitando, que estè señor salga, no lo hace se va directamente, y me denuncia a la guardia civil,cuando yo voy a poner la denuncia el guardia me comento que estoy denunciado, dios mio que debo hacer jamas he tenido problemas, ni yo ni mis hijos con ningùn vecino,me insulta me empuja me rompe mis aparatos ortopedicos, y ensima me tratàn en la guardia civil que mis hijos y yo somos, violentos,

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    1. Hola. En principio es un supuesto complejo en los que no hay testigo salvo ustedes dos y sus dos hijos. No debe alarmarse por el hecho de la denuncia. Cualquiera puede denunciar tenga o no tenga razón y además la guardia civil esta obligada a seguir con la investigación. Usted podrá contar su versión cuando le llamen tal y como lo ha hecho en el blog. Lo que si deberá es tener clara la versión de lo sucedido para que siempre cuente el relato de hechos de la misma forma. En principio si todo continua solo seria susceptible de una falta de vilencia fisica sin lesión, no delito, con la salvedad de la rotura del aparato ortopédico que si el valor excede de 400 euros podría ser constitutivo de delito de daños (si no excede sera falta de daños). Sobre ese respecto usted deberia denunciarlo para que el dia de mañana él tenga que costear los costes de la rotura. Un saludo

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    2. Gracias, Francisco, gracias a ti ya puedo dormir un poco mas tranquilo.estè tiempo, que le dedicas a las personas humildes como yo,que no se puedèn, costear, un abogado,estoy seguro que algùn dia Dios te lo recompensarà, MUCHAS GRACIAS, Y GRACIAS POR ESTAR AHI un saludo Estèvez..

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  120. Hola a ver si me pueden ayudar
    He cometido un delito por hurto de 1200 euros la policia me ha tomadi declaracion y ahora tengo q esperar al juicio. M gustaria saber cuanto tarda en llegar la citacion? Cuanto seria aprox la multa? Si tengo q pagar a parte lis 1200 euros? Y si todo esto lo podria pagar a plazos o con trabajos sociales? No tengo antecedentes. Lo he echo por necesidad y estoy muy asustado con ko que me pueda pasar ya q no tengo trabajo y no se como lo voy a pagar.

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    1. Muy buenas. La citación se puede demorar bastante pues va en función del colapso del Juzgado que sea competente. Las multas dependerán de muchos factores y es arbitrario para el juez, teniendo en cuenta sus recursos económicos y cargas (tanto familiares como hipotecas, plazos ....etc). No obstante, si todo es como usted lo ha contado, el delito de hurto es penado con pena de prisión y no de multa (la multa es para la falta de hurto, es decir, que no exceda de 400 euros), pero no se alarme pues por la cantidad de la que hablamos seguramente sea una pena mínima que si no tiene antecedentes, no deberia cumplir. Aparte de la condena, tiene que reparar el daño causado y puede consistir en una cuantia económica. Aparte es posible la condena en costas. Todo dependerá del juicio. Un saludo y verás que al final no se agrava la cosa.

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  121. Hola. Soy mayor de edad, sin antecedentes, estudio y nunca he trabajado. Hoy hice una cosa horrible. Robé en una tienda, (la suma total eran 75 euros) y pensando que las etiquetas sonarían las corté con unas tijeritas. Los de seguridad me vieron por las cámaras y al salir me llamaron y me llevaron a un cuartito. Allí, me preguntaron que porque lo había hecho y me tomaron los datos, después llamaron a la policía. Cuando vinieron me dijeron que la tienda pedía 45 euros por daños a las prendas a las que les había cortado la etiqueta interior y aparte tendría que pagar lo que el juez dijera en el juicio del martes. Me han dicho, que seguramente el juez me de a elegir entre arresto domiciliario o multa. Al haberme dicho ya donde es el juicio y el día y la hora me dijeron que no sabían si me llegaría la carta de citación a mi casa (tengo mucho miedo a que se enteren mis padres).
    Quería saber si... esa carta va a llegar (y que pone por fuera en el sobre), cuanto será la multa del juez, y si después del juicio me va a llegar otra carta a casa. Siento las molestias, pero estoy muy preocupada y prometo que no lo volveré a hacer, ha sido una estupidez. Muchas gracias y espero que puedan ayudarme.

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    1. Hola. Efectivamente es una falta de hurto que es nuestro sistema esta penada con multa o localización permanente. Una cosa es la cuantia que reclame la tienda por los daños producidos (responsabilidad civil que deriva de la falta) y otra la pena de multa (o localización) que te imponga el juez y que va para el estado. La multa no deberia ser excesiva pero es el juez el que la fija teniendo en cuenta tu capacidad económica (rondara entre 60 y 90 euros). La citación deberia igualmente llegarte a tu casa y posteriormente la sentencia se te notificará también en tu domicilio. Un saludo

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  122. Buenos días, mi pregunta quizá sea algo estúpida, pero bueno... El que no sabe, no sabe.
    Resulta que hace un par de meses, una antigua jefa mía, de una empresa en la que ya hace años que no trabajo, me comento que tenían un problema con un antiguó cliente que no les pagaba, que si me importaría firmar un escrito como que yo había trabajado en aquel proyecto, firme, pues era cierto. Pasado un mes, me dijeron que tenía que volver a firmar porque había habido no se que problema, lo volví a leer y volví a firmar pues era lo mismo. El caso es que n día me llama esta mujer, y me dice, que si en algún momento yo tendría problema en echarles una mano, en caso de ser necesario, y le dije que no, mientras que no tuviera que decir inventarme nada. El caso es que me han puesto de testigo en un juicio, que se celebra en otra comunidad, y que por lo visto estoy obligada a ir, faltando a mi trabajo actual. Pero mi pregunta es, que supuestamente me han enviado 2 citaciones, una a mi dirección antigua, y otra a la actual. Pero ninguna me ha llegado, así que la abogada de esta mujer, me mando por Mail el escrito que mando al juzgado pidiendo que me volvieran a citar. Y la respuesta del juzgado diciendo que si me citarían. Pero aquí no llego nada. No es que yo haya rechazado recogerlo, ni que no haya ido a Correos, sino que aquí no ha venido nada en absoluto. Estoy obligada a ir al juicio si no me lo han comunicado desde el juzgado? Vale con lo que me han mandado de la empresa?

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    1. Buenos dias. Como usted no dice nada voy a suponer que se trata de un juicio por la via civil y no por la via penal.

      En primer lugar debe usted tener claro que la comunicación de la empresa requiriendole para que vaya al juzgado a declarar como téstigo no tiene relevancia jurídica alguna. Lo que si vale y le obliga a usted a acudir al juicio es la citación judicial que supuestamente le ha sido notificada. Si ha existido algún problema con la citación y no se ha realizado correctamente usted no puede ser sancionado por no acudir pero puede ser que se haya realizado correctamente y usted no estuviese en su domicilio ni nadie se haya hecho cargo de la citación en los intentos de notificación. En tal caso usted se expone (en teoria aunque en los juicio civiles a diferencia de los penales no suelen imponerse) a una multa por no comparecer de entre ciento ochenta y seiscientos euros. Si citado nuevamente dejare otra vez de comparecer se enfrentaria con un delito de desobediencia a la autoridad (raro igualmente que se de en la via civil pero posible en teoria).
      Mi consejo es que si no sabe exactamente si ha fallado la notificacion, acuda al juicio y cuente la verdad de lo ocurrido tal y como paso. Así evitará problemas mayores.

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  123. hola mira puse una denucia con parte de lesiones de esto ace un mes y aun n tenfo reapuesta . esto cuant puede tardar . agradexeria una reapuesta

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    1. Cuestión complicada de saber. Todo depende de la complejidad de la causa y sobre todo del colapso del juzgado que sea competente para conocer. Pero seguramente le queda bastante tiempo aun. Usted deberia estar tranquilo pues la justicia en bastante lenta y aunque parezca que esta todo parado cuando menos lo espere tendrá noticias del asunto. Un saludo

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  124. Buenas, soy nuevo en el foro. A principios de Septiembre de 2011 tuvimos una pelea un amigo y yo. El caso es que estábamos en un local tomando algo y mi amigo salio un rato a la calle a fumar y a tomar el aire, yo me quede hablando con una chica y tal. El caso es que a la media hora viendo que no volvía decidí salir y le veo medio hablando medio discutiendo con dos chicos, uno de ellos iba, o se hacía, muy borracho, cabe decir que yo solo tomé un cubata y mi amigo igual con lo que estábamos normal. El caso es que el que iba borracho era un chico de la moraleja y el amigo era su mayordomo!!! y el borracho estaba insultando a mi amigo y buscando bronca mientras que su mayordomo los estaba separando y calmando las cosas. Total que me meto en medio yo también a separar para que no pasara nada. El caso es que, no se como acabe agarrando al que iba borracho y el mayordomo a mi amigo, los dos se seguían insultando y retando y nosotros sujetándolos, en todo esto el borracho se intenta zafar de mi y como no podía veo que levanta el brazo con el puño cerrado para darme un puñetazo a lo que le propino dos o tres antes de que pueda reaccionar. Más que nada por defenderme antes que el me pegue le doy yo. La cosa se queda ahí y mi amigo que iba a por el borracho visto lo visto le paro y le digo que nos vayamos y que lo deje estar. con el escándalo vienen dos policías que estaban por allí y nos "detienen" y nos toman declaración, bueno a mi amigo y a los dos chicos, el borracho(que ya parecía no estarlo, se le quito de repente), yo por mi parte me mantuve callado para no liara más la cosa. La policía llamo a una ambulancia para que tomasen acta de lo ocurrido y las lesiones. A mi me miraron porque me dolía el cuello ya que el chico me estuvo agarrando y empujando para ir a por mi amigo. El caso es que a mi amigo le ha llegado una citación para un juicio rápido como acusado pero a mi no, pero se que lo estoy porque fue a los juzgados a preguntar y estaba mi nombre en el los papeles como acusado también. Tengo unas preguntas¿? primero, ¿Si no me llega la citación que hago voy o no voy porque no estoy informado de tener que acudir y que me pasaría si no voy?, segundo, ¿A cuanto puede ascender la "pena"/"multa" a la que me enfrento? tercero,¿Podría pagarla con trabajos comunitarios o eso no existe? y por último ¿Esto no ha prescrito después de 1 año y casi 6 meses? Espero tu pronta respuesta. un saludo.

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    1. Hola. Te agradezco tu contribución al Blog. Empezando por lo último no ha prescrito para nada y además no podría en principio pues se iniciaron ya las actuaciones y eso impide la prescripción. Sobre el juicio, si alegan que se te notificó correctamente en el domicilio que debiste señalar tu para las notificaciones podrán seguramente condenarte en ausencia si la pena que solicitan no excede de 2 años de prisión (no excederá pues no hay lesiones graves segun cuentas). Además creo que tendrás abogado y te recomendara que asistas pues aparentaras cierto interes y es mejor asi. No te preocupes pues si hay condena no sera grave y no tendrá consecuencias mayores. Un saludo

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  125. hola francisco tengo una pregunta tengo una denuncia por una falta hacia una menor unos arañazos en la cara me ha llegado una notificacion del juzgado pero mi duda es si no me presento ke pasaria soy soy extranjera sin antecedentes penales y con papeles en regla esto me afectaria en algo mi documntacion y si me ponen una multa mas o menos de cuanto seria tendria solo fueron unos arañazos por facor espero tu reapuesta gracias

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    1. Hola. Depende que tipos de arañazos. Si necesitaron asistencia médica podrá ser delito de lesiones, eso si, leves dada la menor gravedad del resultado producido. Únicamente se incrementaria si aplican la agravante de superioridad dada la diferencia de edad. En ambos casos si es castigada como lesiones leves aunque sea delito, da la opcion de la multa (147.2 código penal) , no asi si son ordinarias (147.1) que siempre es prisión pero en tu caso mínima. Si eres extranjera en regla no te afectará en nada. Un saludo

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  126. sr francisco buenas tardes soy moises.
    Queria consultarle ya que llevo mas o menos un año sin pagar tarjetas y prestamos personales y sigo trabajando en el mismo sitio ya que todo empezo por retrasos de la empresa se me rompio el coche etc.Me han comentado que la policia a ido a buscarme donde yo vivia antes.mi duda es que si debo ir a la comisaria a recoger alguna notificacion ya que han dicho que me pondrian en busca y captura.que hago estoy un poco acongojao.gracias

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  127. soy moises otra vez.me han dicho que lo que he hecho es una estafa.yo no lo creo pero como no entiendo de leyes.me podrias aclarar que puede pasar?

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  128. soy moises se me olvidaba soy pluriempleado trabajo por horas mlos fines de semana ya que mi mujer esta en el paro y tengo una nena de 2 meses gracias

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    1. Hola Moisés. Desconozco porque te hacen responsable de una estafa. Deberás haber cometido un engaño en algún trato, negocio o contrato con alguien. Esa persona confiando en ti ha tenido un perjuicio patrimonial como consecuencia de tu engaño. El engaño deberá haber sido de una entidad suficiente para que la otra persona caiga en u error. Si el perjuicio que has ocasionado excede de 400 euros será delito, si no falta. No obstante ya te explicaran claramente los hechos. Chao y suerte

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  129. Buenas tardes, he leído la mayoría de casos en este foro y las respuestas me parecen bastante competentes, sensatas y muy bien explicadas por lo que he decidido exponer mi caso.
    Soy mayor de edad y estudiante universitaria, pero como todos en la vida cometí errores de los que hoy en día me arrepiento pero aún así aprendo de ellos. Hace un año atrás diciembre del 2011 memorice el numero de tarjeta de una amiga e hice compras a tiendas de ropa por internet de un monto total de 200€, obviamente ella hizo la denuncia sin saber que había sido yo, el banco a los pocos días le hizo la devolución del dinero y ahí quedo la cosa, pero a principios de diciembre del 2012 me llamó una comisaria de policía a declarar y efectivamente era sobre lo cometido hace 1 año. Me trataron de forma muy amable, me preguntaron motivos del porque, si conocía a la persona que había hecho la denuncia y todo lo que se debe preguntar, el policía me dijo que ya había pasado mucho tiempo y que teniendo en cuenta que el monto era inferior a 400€ quedaría como una falta y que lo más probable era que prescriba y que no me llamen al juzgado. Pero visto lo visto el día de hoy he recibido una citación para el día 7 de febrero del 2013, por estafa, para un Juicio oral asistidas por abogado o solicitar uno de oficio, mi problema es que yo soy estudiante y no trabajo, dependo únicamente de mi madre y nuestra situación económica no es la más favorable, por tal motivo me gustaría saber a que atenerme, debo además añadir que está es la segunda vez que lo hacía, la anterior vez me llamaron a declarar y luego fue el juicio, pero la persona retiró la denuncia, pero esto fue posterior al que estoy comentando ahora y por el que necesito consejo....como he dicho anteriormente fue un mal periodo de mi vida y ya todo eso ha pasado. Muchas gracias de antemano, espero respuesta, me despido con un cordial saludo.

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    1. Gracias antes de nada por confiar en el Blog y haberse animado a preguntar. El uso de tarjeta ajena o su numeración para transacciones económicas es constitutivo de estafa y en casi caso solo falta por el límite que usted misma destacaba de 400 euros. Se castiga únicamente con pena de multa o localización permanente. Si le ponen localización usted podrá pedir cumplir arresto domiciliario en fin de semana. Si le ponen multa sera leve pues tendrán en cuenta la capacidad economica y además podrá pagarla en plazos si asi lo solicita. Un saludo y que vaya todo bien

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    2. Muchísimas gracias por la respuesta, pero para dejar clara una cosa el monto no fue de 400 euros, mas bien dije que era inferior a esa cantidad....un total de 200 euros, entonces mi pregunta es sigue siendo todo igual como has mencionado aquí? Y que ocurre si esto ya ha pasado mas de un año? ..disculpa por avasallarte con estas preguntas, pero mi curiosidad en este momento es inmensa, nuevamente muchas gracias y un saludo.

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    3. Ya me consta que no fue de 400 euros. Tranquila, te explicaste perfectamente la primera vez. Precisamente mi respuesta esta orientada hacia un total de menos de 400 euros aunque solo te indicaba que no llegabas al limite de 400 y por ende solo era constitutivo de falta. Asi que todo como te dije antes. Un saludo

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  130. Hola Francisco. Soy la persona que ya hace tiempo denunciaron injustamente por el consumo de un cigarro de hachis, no se si me recuerdas, en mis comentarios anteriores con fecha de mayo de 2012 esta todo bien descrito.

    Pues resulta que no habia recibido la resolución final del procedimiento y como habian ya pasado más de 6 meses, pense que habia caducado y se habia de alguna manera extraviado el procedimiento. Pero para mi sorpresa hoy he recibido una carta de hacienda, diciendo que no solo tengo que pagar la sanción impuesta (302 euros) sino que además con un recargo del 10 %, si efectuo el pago en el plazo indicado. Y que tengo la opción de hacer una reclamación economico-administrativa o un recuerso de reposición.

    Mi pregunta es, ¿qué ha pasado con la notificación de la resolución final del procedimiento?, si es que no la he recibido. Y en todo caso, que me aconsejas que haga?

    Gracias

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    1. Hola si lo recuerdo aunque hace bastante tiempo. Me alegra que vuelva al blog. Ha podido pasar varias cosas. Una mala notificacion en lugar que no corresponde, una notificacion intentada en varias ocasiones sin exito y dada por buena (tras publicarse en tablón de anuncios de tu municipio), una buena notificacion en otro domicilio suyo donde conste que reside, que no se llegara a notificar aunque se haya resuelto. Mi consejo es que interponga recurso de reposición ante el mismo órgano decisorio y alege precisamente la caducidad por haber pasado ese plazo y no haberle sido notificada en forma y en tiempo pidiendo que se compruebe dicho extremo en el expediente. Por intentarlo no pierdes nada. Quizás lo que ocurrió fue que se dio por notificada como te indicado antes y ha procedido ya la via de apremio. Espero que nos diga como evoluciona todo.un saludo

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  131. hola francisco tengo una pregunta tengo una denuncia por una falta hacia una menor unos arañazoz en la cara e insultos me ha llegado una notificacion del juzgado pero mi duda es si no me presento que pasaria soy mayor de edad , extranjera sin antecedentes penales y con papeles en regla esto me afectaria en algo mi documentacion y si me ponen una multa mas o menos de cuanto seria tendria solo fueron unos arañazos por favor espero tu reapuesta gracias

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    1. Buenas, me remito a lo que le contesté en su anterior post. Porfavor no repita los temas. Gracias

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  132. Buenas! Quería comentar mi caso para que me ayudaran. En 2008 discutía con mi entoces pareja y un matrimonio se penso que me estaba maltratando y empezó a insultarle, unos amigos que iban detras nuestra se encararon y empezaron agredirse entre ellos, con tan mala suerte que la mujer que estaba embarazada perdió al bebé de pocas semanas de vida. Mientras esto sucedía yo no estaba en el acto porque cuando comencé a discutir con el yo iba andando hacia mi casa y no presencie nada. Pillaron a 2 de ellos y en el careo, la mujer señaló a un chaval como que también había participado en la pelea, y el no estuvo. Por eso se recurrió y ahora está a la espera de juicio. A mi me llegó la citación en caridad de testigo del juzgado de lo penal. Y quería saber que pasa si no voy? No quiero encontrarme con nadie de esa gente y mucho menos con mi ex. Gracias.

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    1. Si no asistes y creen necesaria tu presencia podrán suspender el juicio e imponerte multa bastante elevada. Si te vuelven a citar y no compareces de nuevo pueden proceder contra ti por desobediencia a la autoridad judicial. El caso en principio es grave dadas las lesiones y muerte del feto y creo que su testimonio puede ser ser considerado necesario. Yo asistiría para evitar problemas. Usted estará a espaldas de ellos. Procure no cruzar miradas y listo. Un saludo. Ya nos contará como fue todo

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  133. Hola me gustaria saber ke me pasaria con este problema,resulta ke me meti en un chat y una chica puso su tlf la llame y kedamosvpara hacer sexo con la condicion de que le recargara dos telefonos ke me dio resulta que recargue uno y el otro no me dejaba recargarlo entoces cuando se lo dije me dio una direccion donde la llame y me saltaba el buzon y le dejedicho en el buzon ke se acordaria de esto,yo cogi y empece a dar los numeros ke me dio al igual k al k llame para ke las llamaran esto surgio efecto pero resulta ke me llama la policia nacional y me dice k una chica me habia denunciado porke habia hablado conmigo por el chat y ke yo habia dado su tlf resulta ke la recarga k hice tengo el papel pero roto por lo k no se ve bien para poder demostrar k ella kedo conmigo para sexo por recargarle los tlf y k no me pase nada ke puedo hacer?y sino me presento al juicio cuanto me costaria este?y si yo pongo una denuncia diciendo lo ke ella me hizo a mi saldria absuelto de su denuncia contra mi? Gracias espero su respuesta porke estoy acojonado

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    1. Hola, con los datos que me facilitas es difícil a priori poder ayudarte. No entiendo bien el problema pues si una de las recargas no podias llevarla a cabo el problema era de ella, asi que no entiendo tu indignación. Podrías explicarlo mejor gracias. De todas formas el documento que tienes solo prueba que hiciste una recarga a ese número pero no dice nada sobre el motivo y aún diciéndolo no se permite la difusión publica de números particulares sin consentimiento del titular. Un saludo

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  134. Hola, he leido gran parte de las respuestas que das a todos los usuarios de este foro y me parecen siempre muy buenas, adecuadas y concretas, ya que estoy estudiando derecho y me resuelve muchas dudas para algunos casos de derecho penal. Por tanto me parece el mejor lugar para preguntarte una duda que tengo por material tratado en clase recientemente. En vista de las reformas de Gallardon, parece ser que se suprime las faltas (como el caso de la falta de hurto) y que pasan a ser sanciones administrativas o delitos muy leves, desde el 1 de enero de 2013. Mi preguntas es, como se trataria estos nuevos delitos muy leves? Como estaría penada ahora la antigua falta de hurto (hurto inferior a 400 euros)? Que ha cambiado a efectos practicos? Muchas gracias por adelanatado, y felicitarle por el magnifico blog que lleva a cabo. Saludos

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    1. Me alegra ver que me siguen desde el ámbito académico. Te doy la bienvenida al blog. El nuevo código penal del que hablas aún es un anteproyecto de ley (puede todavia modificarse) que lógicamente aún no tiene fecha de entrada en vigor. Van a desaparecer las faltas y entre ellas la de hurto. El límite de 400 euros ya no tendrá relevancia como tal y cualquier conducta de tomar cosas muebles ajenas sin voluntad del dueño será delito con independencia del valor. Lo que si se hace es crear uno tipo de delito de hurto atenuado que permitirá al juez si el valor de lo hurtado es mínimo imponer solo pena de multa y no prisión (pero la conducta es delito y no falta, es decir, crea antecedentes) pero todo segunda las circunstancias del caso. Mesero haberte ayudado

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  135. hola tengo 41 años y en paro solo cobro una paga de malos tratos de 426e.el problema es ke tengo 2 niñas una de trece y otra de 21..a la mayor la pillaron robando en un centro comercial y se celebro juicio rapido y esta condenada a pagar 200e en un mes o a dos semanas de carcel.el mayor problema es k le dije yo a la secretaria del juzgado si podia fraccionarlo y me dijo k no le contara mi vida k ella tbn tenia problemas hoi me cumple y solo tengo 100e asta el dia 10 que cobre el paro y pueda darle los otros 100.no se ke puede pasar por favor pido me conteste con lo que puede pasar.muchas gracias

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  136. Hola que tal. Creo que mas que juicio rápido por delito sería por falta de hurto dado lo que cuentas. En tal caso podrías pedir un aplazamiento de 15 dias del pago restante de 100 euros alegando precisamente tus circunstancias y que sin demora alguna pagarás nada mas cobres el dia 10. Como es una falta y no delito podrás escribirlo , firmarlo y presentarlo usted mismo en la secretaria del juzgado correspondiente. Busque en google plantilla petición aplazamiento pena de multa o similar y adapte el escrito a sus circunstancias en este orden:
    - Juzgado al que va digirido indicando numero del caso y fecha de setencia condenatoria.
    - Identifique correctamente a su hija
    - Explique que ya ha pagado la mitad de la condena y que adjunta documento del pago (adjuntelo).
    - Deje claro que piensa pagar sin demora alguna nada mas cobre.
    - Termine el escrito con la formula "suplico" el aplazamiento del pago .....hasta el dia X

    Ya nos contará que tal fue aunque no creo que le pongan trabas al ser tan poco tiempo el que usted solicita. Hagalo conforme a una plantilla que encuentre en Google (de las que van en nombre propiosin procurador) y siempre en primera persona pues es su hija quien lo pide.

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  137. hola,soy el chico que te comento el problema que tuvo con la chica del chat y las recargas de telefono,haber te explico mejor,esta chica difundio en un chat su telefono para sexo,yo cuando lo ví la llame y me respondió al telefono,me dice al telefono que si quiero quedar con ella le tengo que hacer dos recargas de 5 euros a 2 telefonos diferentes,yo le hago una recarga y la otra no se puede hacer por lo que la llamo se lo digo y me da una direccion para encontrarme con ella y que en esta dicha direccion cuando yo estuviera alli la llamara por telefono,cuando estoy alli me salta el buzon de voz y en el mensaje que le deje le dije que se acordaria de esto que me habia hecho,yo el viernes por la mañana para putearla dejo su telefono en el chat para que la puteen llamandola,al rato de esto me llama la policia nacional y me dice que una chica que habia hablado conmigo por un chat me habia denunciado por yo haber dado su telefono yo le digo que esto no es verdad y me dice que en un mes asi me llegaria una carta y que mi direccion la sabian por el ip de internet,esto fué este viernes,mis preguntas son las siguientes,cuanto me costaria el juicio si no voy y de cuanto seria la multa por lo que yo hice con su telefono? yo todavia puedo poner una denuncia diciendo lo que ella me hizo a mi? quedaria yo absuelto de la denuncia de ella contra mi poniendo yo una denuncia? si no pudiera hacer nada de lo que te estoy preguntando,si en mi defensa digo que ella fue la que difundió su telefono y que puede que la molestaran por eso,quedaria yo absuelto de su denuncia?Francisco no soy ningun niño tengo 35 años y estoy acojonado por todo esto sabes,espero pueda solucionarlo,espero su respuesta muchas gracias

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  138. Hola. Comprendo tu inquietud por este hecho tan simple y a la vez tan complejo. Empezando por la última parte, tu podrás denunciar el hecho pero eso no impedirá que se continue con la investigación de la primera denuncia. Una no anula la otra. Cada una seguirá su curso hasta el momento de la investigación judicial en la que continuarán pero unidas en la misma causa dado que son unos mismos hechos. Sobre costes y multas es imposible en este momento cuantificar nada pues aun no se sabe ni los hechos imputados, no obstante, puedes bajarar estas opciones posibles:
    - La mejor para ti. Solo publicaste su numero de movil y nombre pero sin incluir calificaciones ni nada más. En este caso posiblemente solo te pondrian una multa por revelar datos de caracter personal. Posiblemente sea sanción que no llegará a ser delito.
    - Una posibilidad intermedia. Publicaste su numero y su nombre y de paso incluiste descalificaciones injuriosas que afectan a su honor y dignidad. El hecho es delictivo. Seria falta o delito de injurias con publicidad según la gravedad de las mismas y penado con multa.
    - La peor posibilidad. Incluiste todo lo anterior y además algún tipo de amenaza. La cosa se complica y también seria constitutivo de amenazas.

    Espero haberte sido de ayuda. Un saludo y espero que nos cuentes como evoluciona todo. Pero de todas formas no veo excesivamente grave el asunto y quizás se quede solo en sanción pecuniaria y a lo sumo falta penal pero no delito.

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  139. Buenas tardes Francisco;Necesito que me asesore ya que ke sigo con mucha a tencion sus respuestas le comento; el 7 de enero de 2012 me denunicaron por insultos y amenazas, mi padre y mi hermana, el juicio no se hizo porque mi hermano que tambien estaba denunciado estaba en coma en el hospital, y no lo volvieron a notificar el dia 21 de septiembre de 2012, antes de entrar a juicio la jueza creyo que era una disputa familiar y dijo a los abogados que si podiamos llegar a un acuerdo, el acuerdo era que podiamos ir a ver a mi madre (que tenia alceimer y vivia con mi padre y mi hermana) unas hora a la semana. y mi hermana que era la que nos denuncio falsamente se arrepintió de haber llegado a ese acuerdo y volvio a poner el procedimiento en marcha, pero esta vez alegó que nos tenia un miedo insuperable y presento un informe pericial psicologico donde decia el psicologo que tenian que ponernos una orden de alejamiento ya que en ese informe decia que padecia de depresión, y ella presentó a una mujer como testigo que era la que cuidaba a mi madre, nosotros queriamos llevar a mi madre a una residencia, por que mi padre estaba enfermo y mi hermana tiene una discapacidad, y pensamos que mi madre estaba mejor en la residencia ese fue el unico motivo de la discursion y en ningun momento se insultó a nadie,pero esta señora mintió en el juicio porque si ingresabamos a mi madre esta señora perdia su puesto de trabajo.El abogado en ese juicio de faltas dijo que lo queria modificar a procedimiento abreviado, porque aparte de los insultos, decia que habiamos hecho allanamiento de morada, robo con fuerza a las cosas, agresion, cohacion y un monton de burradas mas.la jueza no le admitio a tramite nada, solo los insultos y amenazas que era la denuncia inicial. en el tiempo que estuvimos en casa cuando teniamos el acuerdo, mi hermana instaló una camara oculta donde oia y veia todo lo que nosotros haciamos, sin nosotros saber nada, y dice que en esas imagenes ve como registramos su intimidad. cosa que si que abrimos algunos armarios de la cocina para ver donde guardaban la medicacion de mi madre.Ahora mi hermana dice que ha denuniado por todo lo que no se juzgó en ese juicio, o sea por allamaniento de morada, robo con fuerza a las cosas etc. Estoy muy angustiada ya que es todo mentira y estoy teniendome que ser tratada por ansiedad. ¿Puede que le entre a tramite esta segunda denuncia cuando los hechos ocurrieron el dia 7 de enero 2012, y en esa denunica no denunció nada mas que los insultos?Necesito ayuda de verdad.Gracias y un saludo muchas gracias-----

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    1. Hola. En principio puede estar tranquila según la exposición de los acontecimientos que ha hecho usted. En el Derecho Penal existe lo que se denomina "cosa juzgada" y cuyo significado hace referencia a que no se pueden volver a discutir en juicio unos hechos que ya hayan sido objeto de otro proceso anterior que haya finalizado por sentencia firme. Si ese allanamiento de morada, robo con fuerza a las cosas, agresion y coacción fue introducido en el debate del anterior juicio, no se podrá abrir una nueva causa sobre ellos (distinto es que se admita la denuncia y se investige en fase policial ya que la policia tiene la olibgación de hacerlo pero todo terminara cuando llege a fase judicial).

      Lo que si podría ocurrir es que el juez en su dia no se pronunciara sobre ese supuesto allanamiento de morada, robo con fuerza a las cosas, agresion y coacción porque se intentara introducir en una fase del proceso que estaba demasiado avanzada para ello, en cuyo caso si que se podria abrir una causa sobre ello.

      En definitiva, no se tramitará si el pronunciamiento del juez y las pruebas que se practicaron versaron también sobre esos extremos y finalmente se decidio que no existian esos delitos. En caso contrario se admitirá y tramitará. Un saludo

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    2. Gracias Francisco por tu respuesta, en el juicio solo se discutió sobre los insultos y las amenazas, la Juez le dijo al abogado de la acusación que solo se iba a juzgar lo que se había denunciado inicialmente
      Ellos nos acusan de allanamiento de morada porque dice que nos hicimos unas llaves falsas, cuando yo he tenido llave de esa casa siempre,(es en la casa que nací yo) y mis padres me dieron llave hace muchos años,al igual que ellos tenían llave de la mía,¿Que padres no tienen llaves de las casas de sus hijos y viceversa? la usufructuaria de la casa es mi hermana (que es la que nos denuncia)el usufructo lo tiene desde el año 2010 y nunca nos ha pedido la llave. Tanto mi hermano y yo íbamos todos los sábados a ayudar a mi hermana con el cuidado de mis padres, ya que mi padre estaba enfermo del corazón, mi madre con alceimer y mi hermana con una parálisis en el lado izquierdo. Y entre semana había una chica que se encargaba de ello. En casa también vivían dos tías (hermanas de mi madre)a las cuales se las llevaron las asistentes sociales y el párroco por que sobre volaba la duda de que recibían malos tratos por parte de mi padre y de hermana,las asistentes sociales y el párroco aconsejo a mis tías que firmaran voluntariamente su ingreso en la residencia, y eso hicieron,entonces al enterarnos nosotros, pesamos que mi madre estaría mejor atendida en una residencia,por miedo a que le ocurriera algo ya que si se habían portado tan mal con mis tías, quien nos dice a nosotros que no iban a hacer lo mismo con mi madre. El día 7 de enero de 2012 ya habían pasado las navidades, y le comentamos a mi hermana lo de llevarla a la mama a una residencia, y ella dijo textualmente "mi madre no sale de aquí y haré lo imposible porque así sea" a mi me dio miedo porque me sonó a amenaza. Yo creo que mi hermana psicologicamente no esta bien y es capaz de hacer cualquier cosa a la prueba de que todo lo que denuncia es falso. Las dos habíamos presentado un juicio de incapacitación hacia mi madre y las dos nos habíamos propuesto como tutoras, ella tenia miedo de que no le dieran la tutela por su discapacidad, y yo creo que todo esto estaba montado para desacreditarme como persona apta para el cuidado de mi madre, porque si no no lo entiendo. El día 22 de diciembre falleció mi madre, sin poderla, ver, ni abrazar, sin poder decirle lo mucho que la he echado de menos todo este tiempo, moralmente estoy hecha polvo.
      Ahora nos vemos seguramente con una denuncia de esas características sin saber como poder defenderte de ello. Perdona si hago extenso mi relato pero necesito desahogarme.
      Usted cree que deberíamos haber denunciado los malos tratos hacia mi tía? lo del allanamiento de morada, si hemos tenido llave toda la vida porque hemos vivido ahí, y nadie nos ha pedido la llave, y siempre hemos tenido el permiso para entrar, porque entre otras cosas ibamos a cuidar a mi madre, puede tener alguna credibilidad que nos hiciermos llaves falsas?.
      Perdona de nuevo por mi extensión y muchas gracias por este blog que puede ser aparte de recibir buenos consejos una forma de desahogo. Un saludo

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    3. Hola. Es cierto que los problemas y discusiones familiares son los que más daño pueden hacer y aunque juridicamente sea un problema como otro cualquiera esta claro que son los que más nos afectan. Un consejo a seguir aunque no sea jurídico es que cada uno debe estar tranquilo si sabe que ha obrado como mejor podía y de la mejor manera que le era posible. Lo demás no estaba en tu mano y no debe culparse por ello. Ahora que se ha explicado usted mejor, parece segun cuenta que dado el momento procesal en el que intentó de incluirse los nuevos delitos, el juez lo rechazó de plano y por ende aún no hay pronunciamiento al respecto. Seria posible por tanto que se inicie un nuevo procedimiento sobre esas conductas presuntamente delictivas que aún no han sido enjuiciadas aunque dificilmente llegarán a ser constitutivas de delito si ustedes entraban y salian de esta casa durante largo tiempo. Tenga usted en cuenta que el allanamiento de morada es un delito contra la intimidad y no contra la propiedad (teoricamente hasta se puede dar en habitaciones de hoteles....imaginese usted...) y habrá que probar que ustedes entraban allí sin la voluntad de la usufructuaria, cosa dificil dada la habitualidad con la que ustedes hacian uso del inmueble residiendo incluso en el mismo.

      Este tranquila y tiempo al tiempo. Espero que todo mejores entre ustedes y que salga bien el tema de la denuncia. Un saludo

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  140. Hola! Que tal! Soy de mexico, no se si esto cambie las cosas. Pero mi hermano hace varios meses me golpeo. Estaba mi hermanito de en ese entknces 9 años en el cuarto de al lado, y escucho todo. Yo le estaba cocinando y apague una mecha de la estufa que llevaba rato hirviendo, el se enojo y tiro el agua sobre la comida de mi hermanito y le di una leve cachetada y el empezo a golpearme. Me dio con los puños en la cara, y trono mi mandibula como 3 veces. Me tiro al piso y me dio patadas junto con una sarta de insultos. El tiene 19 y yo 21. Despues de eso se fue de la casa por miedo, porque sabe que iba a tener consecuencias

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  141. Ya he declarado y ya lo han citado a declarar. El estuvo preso hace tiempo un par de dias por rallar paredes, y mis padres pagaron dinero para que saliera. Desde ese día he tenido problemas con mi familia porque quieren que retire la denuncia y yo no he cedido. El usaba drogas por esos meses. Y ahora me han llamado y me dijeron que si quería llegar a un arreglo y dije que si. Me citaron y no se lo que procede. Quiero pedirle la devolucion de 5,000 pesos (algo asi como 290 €) y si se puede pedir 6,000 pesos (350 €) ya que 3,000 pesos son de consultas, medicamento, radiografias, viajes y todo incluido lo del tramite ( ya que lo pago mi novio) y 3,000 pesos mas por los daños y lesiones. La pregunta es si es posible llegar a este acuerdo, y si no quiere, que es lo que procede?
    Porque no se si el día en aue me golpeó estaba bajo influjo de alguna droga o estupefaciente. Aguda plis! Me sitaron a el dia de mañana. No quiero volverlo a ver, no puedo borrar de mi caveza ese momento. Tambien quisiera solicitar la orden de restriccion. Ya que el no me dio ninguna disculpa. Al contrario, un dia despues vino en la noche a escondidas por su ropa, y escuche como le decia a mi mamá, que fueron inventos mios, que no me hizo nada. Y no dijo que lo lamentaba ni nada. Solo dijo insultos. Ayudaa!

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    1. Bienvenido Lucero. Me agrada que nos lean desde México. Lamento comentarle que el derecho de México difiere mucho del derecho español. En realidad, sobre todo en temas penales, todos los derechos de los distintos países varian enormemente entre ellos. No obstante, dado la molestia y tiempo que le ha llevado escribir en el foro trataré de asesorarle.
      En todos los ordenamientos de países desarrollados se permiten los acuerdos, pactos o conciliaciones en temas penales de poca importancia. Aqui en España son normales los acuerdos entre abogados de la defensa y acusación e incluso de la Fiscalia siempre que no sean delitos de cierta gravedad. Por lo que cuentas seguramente según las leyes mexicanas sea posible el acuerdo y dentro del mismo podrás exigirle esas indemnizaciones civiles por los daños y perjuicios que te haya ocasionado. Si ese acuerdo se adopta en el mismo juzgado, en caso de incumplimiento se puede obligar a la otra parte a que se cumpla de manera rápida y sencilla. Lo que veo más dificil es que el acuerdo se extienda también a esa orden. Un saludo y siento no poder ayudarte más

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  142. hola quiero hacer una consulta haver si me pueden responder ,soy extranjero y el 24 de diciembre del 2012 tuve una pelea con un familiar .padre e hijo donde yo le he hecho una lcecion en la cara al padre de dos puntos internos y dos puntos externos , y pues ami me quedaron aruñetasos en la cara y los tendones de un pie un poco lisiados . ellos han puesto una denuncia , bueno ahora en la empresa donde estaba trabajando se me acabo el contrato osea el trabajo . la pregunta mia es si yo pido el regreso voluntario me afectaria en algo cracias por su ayuda

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