EL FUTURO HA LLEGADO PARA EL REGISTRO CIVIL

Poco queda para despedir a nuestro Registro Civil tal y como lo conocemos hoy dia. El Registro Civil español es resultado de una larga evolución que comienza de manera patente con la Ley de 1870 aunque algunos autores ven su origen en los antiguos registros de la Iglesia Católica donde se plasmaban bautizos, matrimonios y defunciones. Es una institución que ha ganado un profundo arraigo entre la ciudadania pues casi todo el mundo sabe con mayor o menor detalle en que consiste sus funciones. El todavia vigente sistema de competencia divide nuestro registro en registros municipales delegados (pueblos o ciudades donde no hay juzgados), registros municipales ordinarios (pueblos o ciudades donde existe juzgado), registro central (en Madrid con competencia nacional) y registros consulares (en localidades extranjeras). La nueva ley del Registro Civil de 2011 que entrará en vigor el 22 de julio de 2014 implanta un sistema totalmente distinto acabando con nuestro tradicional sistema. Existirá una oficina registral general por cada 500.000 habitantes y se perderán los actuales en pequeños municipios. Eso sí, ahora se podrá inscribir nacimientos, defunciones, matrimonios ...etc en cualquier oficina registral sin reglas de competencia. Es decir, se podrá nacer en Madrid e incribirse en Málaga, casarse en Valencia e inscribirse en Sevilla y fallecer Zaragoza e inscribirse en Barcelona. Ello es así pues el registro será predominantemente eletrónico.

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