CONSULTAS LEGALES GRATUITAS DELITOS, FALTAS Y OTROS TEMAS LEGALES (HILO 2014-2015)

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282 comentarios:

  1. Hola, quería saber si es delito comprar un bolso falso

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    1. Hola. Si el bolso tiene un valor que exceda los 400 euros usted estara cometiendo un delito de receptacion pero si el valor del bolso no excede esa cantidad usted necesita comprar asiduamente bolsos falsos para que sea delito de receptacion. Un bolso falso es un delito o falta contra la propiedad industrial y la receptacion supone aprovecharse de ese delito o falta, o bien auxiliar a los culpables pero si es falta se necesita una reiteracion. Saludos

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    2. Hola buenas tardes me ocurre un problema a mi me acusaron de un delito contra la salud pública me echaron 3 y 1 día de lo cual cumplí un año y dos meses por q me suspendieron la condena con la condición de estar cuatro años sin delinquir y llenado al proyecto hombre .lo q pasa q yo me quede embarazada y estuve meses sin ir al proyecto hombre y estoy en busca por q el juez revocó la orden diciendo q había incumplido el contrato al mes siguiente de dar a luz viene a por mi pero yo no les dejó entrar ya q sin una orden no pueden hacer nada conforme se van yo escapó con la cría donde no me pueden buscar.tengo tres juicios pendientes q me piden dos años de cada uno . Mi pregunta es si esto prescribe y si me presento malos juicios se me llevan porq ue saben q estoy en busca o si no me presento y me condenan prescribe. Me urge...... porfavor

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    3. Buenos días

      En primer lugar gracias por su consulta. Indicarle que debe usted hacer las consultas en la parte inferior del blog. Debe ir "pasando" la página hacia la parte inferior y hacer la consulta independiente ya que ha preguntado usted utilizando una pregunta previa de otro usuario. Paso a responderle.

      Sin perjuicio de los juicios pendiente, también podrán imputarle uno más por quebrantamiento de condena. Todo prescribe pero hay que diferenciar aquí dos supuestos. En el caso del delito por el que estaba usted cumpliendo condena no entraría en juego la prescripción de la PENA que ya se estaba cumpliendo y se ha quebrantado, de manera que continua en suspenso hasta que usted la cumpla. En el caso de los tres juicios pendientes si que entraría en juego la prescripción de los DELITOS pues en ese caso la mera orden de busca y captura no es suficiente para interrumpir la prescripción del delito sino que se requiere algo más. En definitiva hay que diferenciar claramente los dos supuestos. Saludos

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  2. Hola cometí hace unos años una falta de hurto y por lo que he leído no tengo antecedentes penales pero si policiales. Querría saber si puede afectar a la adquisición para un visado en estados unidos. y en el caso de que sí ¿cómo podría borrarlos?

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    1. Buenos días

      Los antecedentes que son oficiales y públicos en el registro de penados son los denominados como antecedentes penales. Eso son los que en principio le impedirían entrar en EEUU si este país tiene como requisito no haber sido detenido o penado por delito (creo que lo tiene). Como usted dice la falta de hurto no crea antecedentes penales como no los crea cualquier otra falta. Los antecedentes que coloquialmente de llaman policiales no son más que su "historia policial" a efectos internos que en determinados casos puede ayudar a la policia a saber la cautela con la que tienen que proceder al detener o actuar contra algún sujeto en base a esa ficha policial pasada. Eso únicamente es a título informativo interno de ellos pero en ningún caso son públicos ni tienen efectos para la concesión o no de un visado. Lo importante sería que usted se asesorase bien en la embajada de EEUU sobre los requisitos para la concesión de visado sin informar de que usted tiene esos antecedentes policiales sino simplemente informarse con caracter general de que necesita usted (supongo que deberá adjuntar certificado de antecedentes PENALES).

      Saludos

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  3. Hola buenas tardes Francisco. Mi consulta es la siguiente: mi padre tiene prestamo con la financiera Cetelem desde hace muchos años. EL problema mi padre falleció en Agosto de 2013 con 83 años de edad. En junio de ese mismo año (2013) el pide de nuevo a Cetelem un prestamo de 3500 euros. Después de que falleciera entregamos los papeles necesarios a Cetelem para que el seguro de vida que le hicieron al pedir el prestamo se hiciera cargo de la deuda que al fin y al cabo para esto se hace el seguro. Cetelem nos dice por telefono que el seguro rechaza pagar esa deuda sin mandarnos ninguna notificación obligando a mi madre a pagar esa deuda, sin ella aparecer en ningun contrato con esa financiera y habiendo nosotros exigido que nos manden una copia del contrato hace meses. Preguntamos a La Caixa banco donde mi madre tiene cuenta y alli nos dicen que mi madre paga eso porque quiere porque no deberia de pagarlo puesto que cuando pides un prestamo este lleva un segruo de vida por ley desde el año 2000 que se deberia hacer cargo de la deuda y que no nos preocuparamos porque no nos llevaran ni a juicio porque segun la chica del banco les costaria mas el collar que el perro. Ante ésto no sabemos que hacer por eso le expongo mi caso. Cabe también decir que cuando nos dijeron los de la aseguradora de vida Pelayo que a mi padre le debieron de dejar de prestar dinero cuando cumplió los 70 años de edad. Ruego que pronto me conteste para saber que hacer. Gracias de antemano. Un cordial saludo.

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    1. Buenas tardes

      Es un tema complejo. Habría que mirar detenidamente la póliza para saber si contiene alguna cláusula que le permita al seguro "lavarse las manos". Quizás algo de la edad como le han comentado, o quizás alguna cuestión de que puedan alegar relacionada con el hecho de que la muerte de su padre se produjo solo X tiempo despues (3 meses) del préstamo y que para hacerse cargo la aseguradora debería haber transcurrido un tiempo mínimo desde la concesión del crédito hasta el tiempo de fallecimiento. Incluso podría ocurrir que su padre falleciera por una enfermedad ya diagnosticada previamente a la concesión del préstamo y que fuese de tal gravedad que le hubiesen pronosticado la muerte en los próximos meses y que la aseguradora entiende que por ese motivo se pidió el préstamo (para defraudarla). En definitiva, los motivos pueden ser múltiples y es posible que la aseguradora si amenazan ustedes con un pleito decida pagar finalmente, todo depende de la propia póliza. Visiten un profesional que les pueda asesorar correctamente en baso a toda la documentación.

      Saludos y suerte. Espero nos cuente en que queda todo finalmente.

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  4. hola , queria hacer una pregunta , tengo a un amigo que esta muy preocupado por un tema , resulta que se fue de fiesta un dia y acabo muy mal , segun me cuenta , acabo de mañana en un auto-lavado con dos 2 compañeros suyos inhalando cocaina encima de una maquina aspiradora , el me asegura que no habia nadie en el recinto solo ellos y que no rompieron nada ni les vio nadie , el le preocupa que las camaras de seguridad le grabaran y le puedan denunciar la empresa como puede acabar esto ? ya que el muchacho esta arrepentido y muy preocupado

    un saludo y gracias

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    1. Hola. En principio por lo que dice se trata de un establecimiento exterior. Si su amigo no forzó ninguna cerradura para entrar ni ocasionó ningún tipo de daños, no creo que tenga consecuencias, mucho menos penales. Además el consumo según dice se produjo en una zona solitaria sin contemplación por terceras personas y eso tampoco en principio debe ser punible. Salvo que exista algo más, no debería preocuparse porque además sin daños ni nada porque iban a visionar la grabación de las cámaras los dueños del establecimiento...

      Saludos

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  5. Estimado Francisco, he leído los hilos anteriores y lo felicito por el buen trabajo que hace, sobre todo de forma altruista. Mi consulta es la siguiente: Una chica con la que tuve una relación, me acusa de haber accedido a su cuenta de correo electrónico. En su intento por demostrar su tesis ha accedido a mi ordenador personal, en forma física, evidentemente sin autorización, y he logrado recabar suficiente información para demostrar el acceso, ella ha aceptado el hecho sin más. Ha amenazado con denunciarme a la policía, por lo de su correo electrónico. La pregunta es: ¿vale la pena que ponga yo una denuncia, previamente por haber accedido a mi ordenador?. No me gustaría entrar en temas legales, ni tampoco provocar mas daño innecesario. Entiendo que si intento disuadirla de su intención de denunciar, diciendo que yo también lo haré, seria chantaje, y podría perjudicarme.

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    1. En primer lugar agradecerle sus palabras hacía mi blog. Siempre es bueno que existan personas que crean positiva la existencia de sobrelegalidad.

      Sobre los hechos, existen en España la regla procesal en los juicios de que nunca vale como prueba aquello que se ha obtenido vulnerando un derecho fundamental. En su caso, la chica logra esa información accediendo ilegalmente a su ordenador personal (vulnera su intimidad artículo 18 de nuestra Constitución) y no podrá probar absolutamente nada de nada basándose en esas pruebas. El único delito que se han cometido han sido de ella hacia usted, uno del artículo 197 de nuestro código penal. Para evitar cualquier tipo de problema relacionado con un posible chantaje yo no actuaría. Simplemente espere y si ella da el paso es cuando usted debe de darlo denunciado su intrusión ilegal. Además tenga presente que si ella le amenaza a usted con publicar cosas privadas de su Pc, ella sin duda estaría cometiendo en todo caso un delito de amenazas y ya serían 2 delitos por su parte...

      Espero sus noticias

      Saludos

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    2. Gracias Francisco, tomaré en cuenta su consejo y le mantendré informado.

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    3. No tiene que darlas. Que todo le vaya bien. Espero sus noticias. Saludos

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  6. Hola,
    en primer lugar felicitarle por su blog. Le expongo mi caso, en la madrugada de hace unos dias, tuve una disputa, en la cual un hombre me empujo estando yo subido a una silla, al caer le agarre y le tire al suelo conmigo, en la pelea ya en el suelo varias personas me propinaron patadas, hasta que llego la policia y nos separaron, posteriormente fui a urgencias a por un parte de lesiones y a poner una denuncia a comisaria, No sé si la otra parte me denunció a mí. Porque a mi me llevaron a otro sitio y ya no lo volví a ver.
    Me gustaría saber cual es el proceso que sigue esto y si ademas me podría costar a mi dinero o en el peor de los casos multas o indemnizaciones,
    Muchas gracias por tu atención.

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    1. Buenos días

      En primer lugar cualquiera de los dos pueden denunciar la agresión del otros pues ha sido algo mutuo. Eso sí, la posible pena a cada uno de ustedes dependerá de la gravedad de las lesiones del otro. Las meras contusiones o señales resultado de la pelea solo serán constitutivas de lesiones leves castigadas con multa. Si las lesiones han necesitado además de una primera asistencia médica, un tratamiento médico continuado ( o varias visitas posteriores al médico) o bien puntos de sutura podría ser ya un delito castigado con prisión. Igualmente es importante saber que en caso de que la lesión haya causado un perjuicio económico también deberá ser resarcido por el daño causado.

      Saludos

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    2. Gracias por la respuesta,
      y en este tipo de procesos se requiere abogados y demás? y hay que pagar costas de juicio? porque si encima que yo no he empezado la pelea tengo que gastarme dinero apañao voy.

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    3. Si finalmente las lesiones son leves constitutivas de falta y no de delito no será necesaria la asistencia de abogado sino que puede defenderse usted mismo durante la vista oral que además es muy rápida y sencilla (no como las vistas orales por delitos). Las costas normalmente de impondrán a la parte condenada aunque en juicio de faltas los gastos pueden ser mínimos y además es posible que no se impongan.
      Saludos

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  7. Ante todo me sumo a las felicitaciones por su estupendo blog.
    Hace un par de semanas contraté a un fontanero por un problema de tuberías. Me aconsejó el cambiarlas y quedó en hacer la obra el lunes porque solo necesitaba un día para ello. Me pasó una primera factura por 239 euros, una segunda por 385 más y durante 3 dias mediante engaño consigue que le pague todo el trabajo presupuestado por adelantado asegurando que "ese mismo dia terminaría toda la obra". Fué cobrar y desaparecer dejándome sin agua, azulejos rotos y tubos entrando por la ventana y mandándome sms este mismo lunes que esta ingresado en el hospital y estará de baja 4 meses y que me busque otro fontanero y que ya si eso "algún dia me devolverá parte del dinero". Por supuesto ha mentido, ese mismo dia acudia a realizar otros trabajos de fontaneria y tengo incluso la grabación de video. Cuando supo que yo le había pillado en la mentira empezó a enviarme mensajes amenazándome con que si no le daba más dinero no vendría a terminar la obra. Ayer acudí a la Policía Nacional a poner denuncia por estafa y extorsión y me dijeron que primero pasase a poner denuncia en la Oficina de Consumo. Hoy la puse, pero me aconsejaron que fuese directamente al Juzgado a poner otra denuncia ya que era una estafa en toda regla y también la puse aportando facturas, fotos de como dejó mi casa, denuncia de Consumo y poniendo a su disposición las conversaciones de whatssap donde me extorsiona pidiéndome más dinero o no vendría a hacerme la obra.
    Tengo entendido que si la cantidad es superior a 400€ es delito y no falta, y al preguntar en el Juzgado si yo voy a necesitar un abogado me han dicho que si decido seguir adelante necesitaré abogado y procurador. ¿Es eso cierto? ¿Voy a tener que desembolsar mas dinero cuando yo soy la estafada? ¿Cuanto suelen tardar en comunicarle a esta persona que la he denunciado? Todavía tengo la esperanza de que le entre el miedo en el cuerpo y me devuelva los 590 € para poder llamar a un verdadero profesional que me devuelva el agua y la paz a mi hogar, pero por los comentario que vi a posteriori por internet creo que ya es una costumbre en él llevar a cabo estas estafas.
    Un saludo

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    1. Buenos días

      Desde luego es una faena lo que le han hecho. Sobre la denuncia no tiene usted que presentar nada obligatoriamente en Consumo pues tiene todo el derecho en presentar directamente la denuncia en la Policia, Cuartel o Juzgado correspondiente. Efectivamente se tratan de conductas contitutivas de delito y no de falta. Por ende, necesita usted la representación de procurador y la defensa de abogado pero hay que hacer una precisión. Es posible que usted simplemente ponga una denuncia y no una querella. La denuncia solo tiene por objeto poner en conocimiento de las autoridades la comisión del delito y la querella por contra supone su intención de personarse en las actuaciones y actuar como parte acusadora frente al imputado. La estafa y extorsión son delitos públicos y ello quiere decir que tienen que ser perseguidos de oficio por el Ministerio Fiscal aunque usted no se persone en las actuaciones. Dicho de otro modo, usted puede simplemente denunciar el hecho y no personarse como acusación y será el fiscal el que continue el procedimiento. Eso sí, si usted quiere además de la condena de la otra parte, obtener la devolución de las cantidades deberá ejercitar la acción civil personándose en las actuaciones.

      Cualquier duda me la hace saber.

      Saludos

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    2. Gracias por su respuesta Francisco
      Me acaba de llamar el abogado del servicio jurídico de Mapfre del cual he echado mano y me ha dicho que la denuncia quedará archivada en el Juzgado ya que no es delito ni puede considerarse estafa porque el supuesto fontanero aunque se dedicase solo a romper azulejos y dejarme sin agua "hizo algo" y por lo tanto es "incumplimiento de contrato". Para que fuese estafa no tendría que haber tocado nada en mi casa, es decir, cobrar sin realizar ningún trabajo y en este caso según él la chapuza impide la estafa.
      Por otro lado el fontanero, asegurando tener carnet de instalador oficial de gas butano, se dedicó a cambiar toda la instalación que había (por sms asegura le tengo que pagar 90€ mas por habérmela puesto nueva) y cual es mi sorpresa que cuando llamo a un verdadero profesional me dice que me ha cambiado las llaves de paso de gas por llaves de agua y ha utilizado el latiguillo de un grifo como tubo de entrada de gas, que eso está totalmente prohibido y que corro peligro de fuga de gas. Me han aconsejado vaya a Industria a informarme si realmente el individuo tiene carnet de instalador para poder denunciarlo por ahí.
      Esto cada vez se pone peor, ha jugado con mi vida y la de mi hijo y el abogado me dice que "al haber hecho algo no es delito de estafa sino incumplimiento de contrato"
      ¿Está usted de acuerdo con esta respuesta del abogado?
      Gracias y un saludo

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    3. Hola. La verdad es que supongo que el servicio jurídico estará mejor informado de los detalles aunque en absoluto requiere la estafa que no toque nada en su casa. Si hay engaño y existe un perjuicio patrimonial existe estafa. Distinto es que usted pueda o no justificar ese presupuesto que le dieron en su dia mediante alguna factura o justificante. Le puedo poner como ejemplos de estafa casos en los que un profesional acude a una casa y realiza obras muy simples cobrando cantidades muy exageradas por ello aprovechándose del poco conocimiento de la otra parte. Incluso en esos casos se han dictado sentencias de estafa. En su caso le han dejado todo "patas arriba" sin agua, azulejos rotos y tubos mal colocados. Además incluso se excuso ante usted seguramente con excusas que pueden incluso llegar a ser mentiras (el engaño del que le hablaba antes...).

      Lo que sí podría ser discutible es si es un delito o es una falta pues depende de que el trabajo que haya realizado (mano de obra) pueda hacer que esa cantidad total ya no exceda los 400 euros.

      Saludos

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    4. Gracias de nuevo
      Le aclaro que el servicio juridico tiene la misma información que usted, ya que mi conversación fué telefónica y pocos datos me pidiron.
      Puedo justificar el presupuesto ya que lo tengo en mi poder y figura como totalmente pagado (exceptuando 35€ de un % de iva) y la cantidad que me cobro son 589€ justificadas por facturas en mi poder. Hoy mismo me han venido a hacer un presupuesto para "deshacer" el trabajo hecho por él, arreglar los desperfectos, hacer una instalación de gas reglamentada y colocar tuberías para darme de nuevo servicio de agua y el total asciende a 1700€.
      Aclararle también que ahora se ha demostrado que no existia una fuga de agua, que fué la excusa que él puso para decirme que tenía que cambiar las tuberías. Me engañó y yo me lo creí y por miedo a ocasionar daños en el piso inferior acepté su oferta, así que no tenía que haberme metido en esta obra y todos los gastos que me está ocasionando se deben al abuso de la credibilidad profesional de que se vale este tipo.
      Gracias y un saludo

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    5. Lucia. Ahora esta todavía más claro pues si hubo un engaño de esa magnitud (simular una avería) la estafa es de libro. Es más, podría incluso darle la agravante de aprovechamiento de credibilidad profesional de la que se ha valido para cometer el delito. El total del importe de la reparación también es un gasto que le han ocasionado y por ende entra dentro del perjuicio patrimonial del delito (no solo lo que él le cobro a usted). Si tiene el servicio jurídico de la aseguradora que me ha comentado, llame y póngalos al día de todo nuevamente y deje claro que deben iniciar acciones legales le digan lo que le digan ellos. Continue hasta el final sin miedo pues además según dice puede probar todo claramente. Le aconsejo eso sí que haga fotos de todo e incluso que deje constancia de todos los daños antes de proceder a la reparación. ya le indicarán desde la aseguradora como proceder.

      Saludos y mucha suerte !

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    6. Hola Francisco
      Gracias a sus respuestas fuí decidida a contratar a un abogado. Directamente solicité un abogado externo a mi seguro (que me aseguró que la cantidad que abonaba mi seguro cubriría todos los gastos) porque ellos se limitaban a darme orientación telefónica y no me ponían abogado porque daban por hecho que la denuncia no saldría adelante. Al día siguiente de ir a mi abogado ya me llamó desde el Juzgado para firmar lo del Procurador y ya me dieron la citación en mano para ir a declarar este día 29 y mandó un perito a mi casa que hizo fotos de como estaba todo. Según mi abogado este tipo tenía denuncias anteriores pero eso no se si es bueno o malo, ya que si las tenía y aún así sigue estafando será porque no lo han condenado o porque los perjudicados anteriores no tenían las pruebas suficientes.
      Aún así tengo una duda ya que tenía entendido que para reclamar el dinero estafado y los gastos que me ocasionó tenía que poner una querella y mi abogado dice que no, que todo eso se reclama en la denuncia y la querella sale mucho más cara y no es necesaria en absoluto. ¿Usted también opina lo mismo?
      Un saludo

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    7. Buenas tardes Lucia

      Ha tomado usted la decisión correcta.

      Respecto de las denuncias anteriores en principio sin saber nada más no es ni bueno ni malo puesto que puede ser que sean causas pendientes (todavía no juzgadas) o por falta de pruebas suficientes. Yo no me preocuparía demasiado por esas denuncias aunque si lo pienso incluso puede serle favorable a usted pues todo hace pensar que este sujeto es un "profesional" de la estafa.

      Sobre lo de la querella es un poco raro ese planteamiento que me hace usted. Seguramente su letrado tendrá razones claras para no interponer la querella pero la pregunta es ¿en caso de no querellarse para que quiere usted un letrado? ya que la denuncia no necesita de asistencia letrada ni procurador ni nada... Es decir, solo la demanda en vía civil o la querella en vía penal requieren asistencia letrada. Lo que sí pueden hacer ustedes llegado el caso es personarse en la causa pero luego reservarse la acción civil para ejercitarla en la vía civil, opción quizás mas cara para usted. Además si usted quiere personarse como perjudicada civil y poder exigir indemnizaciones defendiendo sus argumentos es necesario forzosamente que se querelle aunque sea solo como actor civil y no como actor penal.

      Saludos. A la espera de que me cuente como evoluciona todo.

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  8. Hola Francisco, mi caso es el siguiente, yo hacer 3 años vendí una motosierra por internet, y en el envío envíe otra diferente pero de mayor valor por que era nueva y la que tenia que enviar no, pues este señor me envío varios mensajes insultándome y amenazándome y yo le dije que me devolviera la motosierra y yo le devolvia el dinero y el solo quería que le devolviera el dinero pero de devolver la motosierra no decía, nada pues me denuncio y al año y medio salio el juicio y aunque el fiscal me dio la razón a mi, el juez me condeno y seguidamente busque un abogado de oficio y se realizo u recurso de apelación, y mi pregunta es, desde que se formalizo el recurso de apelación hace ya un año y yo todavía no he recibido respuesta, cuanto tiempo puede tardar y si esto caduca o prescribe, gracias.

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    1. Buenos días Rafa.

      Debería haber tenido ya respuesta hace tiempo respecto de ese recurso. En principio si el procedimiento está abierto no cuenta plazo de prescripción sino que se ha interrumpido en el momento que se inicia todo el proceso. Comienza un nuevo plazo de prescripción desde que la sentencia es firme (cuando se ha resuelto la apelación). Debe informarse porque algo ha tenido ya que ocurrir en ese tiempo. Puede acudir al colegio de abogados de su provincia y pedir que el abogado de oficio le informe sobre que ha sucedido con la apelación. Él está obligado a mantenerle informado de todo el asunto hasta el final, incluyendo recursos y ejecución.

      Saludos

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    2. Francisco, y cuanto tiene que pasar después de una sentencia firme de un juicio de faltas para que prescriba?

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    3. La penas de las faltas prescriben al año desde que la sentencia es firme ya que se trata de una pena leve. Una vez pasado ese plazo ya no tienen que cumplirse al no haberse iniciado su cumplimiento. Saludos

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    4. Francisco, desde cuando empieza a contar, desde que recibes la sentencia o desde que recibes la ejecutoria?, saludos gracias.

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    5. Desde la fecha de dictado de la sentencia firme, es decir, desde la firmeza. Piensa que sería muy injusto para el justiciable hacer depender el comienzo de la prescripción de la propia ejecutoria (imagina juzgados colapsados de trabajo). Precisamente la prescripción trata de "poner las pilas" a la administración de justicia para que no se "duerman". Saludos

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    6. Francisco, la sentencia firme se dicto el día 21 de febrero, que día prescribe?, todavía no me a llegado la ejecutoria, tengo que esperar la ejecutoria para enviar el escrito para el fraccionamiento de la multa? gracias.

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    7. Pues un años desde el día 21, es decir, el 21 del 2015 habrá prescrito la pena y no se le podrá obligar a cumplir la misma pero claro todavía es pronto. Espere la ejecutoria y entonces identificando esa resolución ejecutoria pida usted el fraccionamiento. Saludos Rafa

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  9. Hola Francisco, mi pregunta es la siguiente. yo tengo un juicio de faltas el mes que viene en Sevilla y yo soy de un pueblo que esta a 5 kilometros, quisiera saber si estoy obligado a asistir o puedo envíar un escrito en mi defensa al ser otro municipio?, gracias.

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    1. Perdón, quise decir 50 kilometros.

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    2. Buenas tardes

      Salvo casos excepcionales, en general no es necesario asistir al juicio de faltas sino que puede enviar un escrito al juzgado donde se va a celebrar argumentando su defensa. Debe localizar claramente el procedimiento sobre el que versa el escrito de defensa así como identificarse usted mismo. Luego tras una muy breve descripción de los hechos argumenta su defensa en unas cuantas de líneas. Podrá adjuntar las posibles pruebas documentales que tenga. Saludos

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  10. Hola Francisco! Tengo proximamente un juicio de faltas por una pelea en la que alegan que cause unos daños fisicos. A mi me estaban sujetando entre varias personas y uno de ellos comenzo a golpearme. Ese que empezo a golpearme es precisamente el que me denuncia, ya que al final se llevo un golpe. A que me enfrento si gano o pierdo el juicio.

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    1. Hola. Realmente se enfrenta a una simple falta siempre que no existan lesiones graves que requieran un tratamiento médico o diferentes visitas al especialista. Es decir, unas simples contusiones o rasguños que se sanan por sí solos bastando una simple cura. Si por el contrario han sido necesarios puntos de sutura será un delito. En el primer caso la pena solo será de multa y en el segundo será prisión. Podrá también ser condenado a indemnizar el daño causado si ha tenido algún tipo de perjuicio económico.

      Saludos

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  11. Estimado Francisco, no sabría como agradecerle el detalle de ayudar a tanta gente.
    Sin buscarlo, me encuentro en la siguiente situación:
    Hace un mes y medio me desaparecio la cartera y como necesitaba el DNI para hacer una inscripcion en examenes oficiales, una amiga me recomendo que denunciara robo con violencia para que me hicieran el documento el mismo dia que pidiera cita.
    Fui a la comisaria y como no se mentir dije un monton de barbaridades y cuando me preguntaron por el movil dije que llevaba el de mi madre, no lo pense fue un acto reflejo, solo indique que era un nokia y le numero.
    Yo insisti a la policia que solo queria recuperar la documentacion y tarjetas pero a los dos dias llaman de la comisaria al telefono de mi madre y lo responde mi hermana diciendo que no sabe nada al respecto.
    Voy a comisaria a intentar aclarar que solo queria la documentacion y que mi madre no tiene seguro ninguno por lo que no hay estafa pero se pusieron muy ofensivos y me derrumbe conte todo y aunque no me hicieron ficha policial, llamaron a un abogado y me retuvieron como imputado no detenido.
    Cuando finalmente llego el abogado declare que no queria declaran, el abogado me saco de alli, pero no podia ni respirar de tanto llorar y no pude ni hablar con el abogado que fue super comprensivo desde el primer momento y me dijo que le llamara cuando quisiera.
    En este tiempo no he descansado tranquila, estoy haciendo un curso de azafata de vuelo, aparte de que los examenes oficiales que comente son en estos dias y para ambas actividades no puedo tener antecedentes penales, obviamente si me declararan culpable no podria desempeñar ninguna funcion. ¿Habria alguna posibilidad de que fuera una falta o alguna situacion que limitara el tiempo en el que no puedo dedicarme a estas funciones?
    Actualmente no tengo ingresos, tengo alquilada una habitacion que me pagan mis padres al ser estudiante, nunca he cometido ni la mas minima falta, tengo 21 años.
    Como culpable indique a una persona que podria ser cualquiera pero que no podria identificarlo.
    Me ha llegado un burofax del juzgado citandome en 15 dias para las diligencias previas por simulacion de delito.
    ¿Cuanto podria durar todo esto? ¿Que opina? Estoy verdaderamenta arrepentida de todo, no se que hacer para salir de esta.
    En el documento pone un telefono por si quiero adelantarlo ¿Que haria? ¿A que me puedo enfrentar?
    Muchisimas gracias

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    1. Buenos días

      Realmente hay simulación de delito lo que ocurre que como bien dice usted si no existe una aseguradora no hay realmente un perjudicado que vaya a ejercitar la acción penal contra usted con independencia de que el fiscal ejerza la acusación. Ello quiere decir que seguramente todo quedará en una simple multa pero claro, la simulación es delito y no falta y aunque la entidad de la pena no deba preocuparle, es cierto que si finalmente se declara su culpabilidad, se crearán antecedentes penales. Ahora bien, si eventualmente se le condenara a usted, podría recurrir y hasta que no se dicte la sentencia firme sus antecedentes no se inscriben (no los tienes hasta ese momento). Además tenga presente que incluso sería posible que le aplicarán la confesión del delito y que además posiblemente no llego a consumarse sino que es una tentativa pues no llegó a abrirse diligencias judiciales por el robo (se descubrió la simulación en sede policial). En definitiva, la pena será una multa leve pero suficiente para crear antecedentes.

      Saludos

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  12. hola francisco un muy buen blog y muchas gracias por responder a este tipo de preguntas por ayudar a la gente.

    explico, la situación es que yo al tiempo de terminar una relación con mi ex, en puro despecho escribí mensajes desde una pagina web para que le lleguen en sms "anónimo" diciéndole pues que es una warra ,etc y ella ha presentado una denuncia. puede denunciarme a mi sin que tenga pruebas de que he sido yo?, puede poner una denuncia así sin mas.
    y a que me arriesgaría en dicho caso.
    gracias

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    Respuestas
    1. Hola. Poder se puede sin problema. Piense que en un gran número de ocasiones de denuncian hechos o interponen querellas sin saber realmente quien es la persona contra quien se interponen. Eso ya será cuestión de la investigación poder determinarlo o no en el curso del procedimiento. Ahora bien, por lo que cuenta, solo veo en su caso unas posibles injurias leves constitutivas de falta (no delictivas) castigadas con multa de pequeña cuantía pues además dice usted que los mensaje le llegaban a él y no eran publicados en dicha pagina web. Incluso podrían considerar que la conducta carece de relevancia penal. Piense que lo importante en estos casos para que sea considerado penalmente relevante es que sea una conducta reiterada o repetitiva, que sean insultos de entidad suficiente, que pueda dañar su prestigio y honor o propia estimación y sobre todo que sea conocido por terceros o público.

      Saludos

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  13. hola! El padre de la hija de mi novia se a negado a ir a recogerla hoy al colegio como le tocaria hacer puesto que asi lo dice la sentencia. Es el progenitor no custodio. Tiene la custodia martes y jueves desde la salida del colegio hasta las 20h de la tarde. Si la madre de la niña lo denuncia, ¿tiene alguna consecuencia para el? ¿pierde el derecho el padre de verla hoy? Por otro lado desde que salio la sentencia del juzgado no a pagado enteramente la cuota alimentaria de la hija, incluso a habido meses que a pagado 20 euros de 150 euro que tiene que pagar, ¿podria tambien denunciarlo por este motivo? ¿que consecuencias tendria? Espero que me contesten lo mas pronto posible. Gracias de antemano. Un cordial saludo.

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    1. Buenos días

      Realmente existen dos cuestiones diferenciadas en lo que expone usted. Por un lado el no recogerla supone faltar al régimen de visitas o compañía que tiene atribuido. Una sola vez no suele ser suficiente pero si es reiterado en no cumplir con ese régimen puede solicitar usted un cambio en las medidas que fueron dictadas en la sentencia. Realmente aquí hablamos de consecuencias civiles y tras una audiencia el juez puede creer conveniente alterar ese régimen de visitas del progenitor no custodio.

      Respecto de las pensiones alimenticias. la conducta puede incluso ser considerada como una conducta delictiva si no paga durante 2 meses consecutivos o 4 no consecutivos esas pensiones alimenticias y podría ser condenado a multa o incluso cárcel sin perjuicio de tener que pagar las cuotas atrasadas. Aunque en el caso de impago también puede optar usted por la vía civil para simplemente reclamar esas cantidades.

      Saludos

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  14. Hola .Un día yo con mis amigos iba por la calle ,entonces uno salio corriendo y se dejo la bolsa ,la cual cogí ,le seguí y la policía municipal me paro ,abrieron la bolsa y encontraron huevos,nos ficharon a mi y a otro amigo mio ,mi madre llamo a las oficinas policiales y dijeron que tenia una falta leve y que al cabo de cierto tiempo se me quitaría del expediente para siempre ,quería saber si eso es verdad y saber si tengo otras cosas de parte de la policía que aparecieran en mi expediente .Gracias .

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    1. Hola. Efectivamente la falta penal no crea antecedentes judiciales que son los que deben a usted preocuparle porque son los publicados en el registro de Penados y Rebeldes. Los "restos" que pueden quedar serán en los antecedentes policiales que es un mero registro administrativo interno pero para la propia policía que suele comprobarse por ellos solo cuando van a realizar alguna intervención contra alguna persona y comprueban si esa persona tiene antecedentes peligrosos para saber como proceder contra él. Esos solo pueden borrarse si la persona es cuestión es declarada no culpable. Saludos

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  15. Hola Francisco. Quisieramos saber si al renunciar a la herencia de mi padre mis hermanos, mi madre y yo tendriamos derecho o podriamos hacer uso del dinero que le devuelven a mi padre en el ejercicio de la renta de este año ya que la tiene conjunta con mi madre. Y que tendriamos que hacer o que haria falta para hacer una renuncia de la herencia. Gracias por adelantado. Un saludo.

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    1. Buenas tardes . El presente hilo solo es para conductas penales y lo que usted pregunta es materia civil que tiene su propio hilo en el presente foro. No obstante, haré la excepción de responderle. Cualquier uso que hagan ustedes de una cantidad dineraria que obtenga su padre tras el fallecimiento podría ser considerada una aceptación tácita de la herencia, es decir, un acto que realizan ustedes y que presupone que ustedes quieren aceptar la masas hereditaria, así que deben ustedes tener cuidado. Para poder renunciar sin problema deben acudir a una notaría y firmar un documento público de manera que rechazan ser herederos y no se verán perjudicados por las posibles deudas que tenga su padre en el momento del fallecimiento.

      Saludos

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  16. Hola Sr.Francisco mi hija y una amiga estaban sentadas en la puerta de una discoteca y un poco mas alejado el novio,salia un grupo de chavales y empezaron a decirle sois las mas bonitas y cosas asi,el novio en broma le dijo pues ten cuidado a ver si van a se trabolos y el chico que estaba diciendo eso empezo a decirle que te estas riendo de mi vamos que se reboto en esto que mi hija le dice va que es broma que es mi novio y el dio un golpe en la frente y le dijo que se callara y le chupara la polla(perdon pero es que lo quiero exponer como es)cuando el novio vio eso se levanto y le dio un puñetazo con la mala suerte que al caer se rompio la nariz,los mismos porteros sin actuar llamaron a los mossos y estos se lo llevaron al calabozo todo el fin de semana,y al declarar les dijo que si que le abia dado un puñetazo por que abia agredido a su novia,el lunes se lo llevaron a los juzgados y allli declaro ante un juez y el juez izo entrar a mi hija para que declarase y explico exastamente lo mismo que el puesto que era la verdad-ahora le a venido una carta del juzgado que debe presentarse para un juicio, denunciado por lesiones no pone que tipo de lesiones.mi pregunta es si le rompió la nariz que le puede pasar? .Muchas Gracias.Un saludo

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    1. Buenas tardes.

      Con rotura de nariz en principio hay que descartar las faltas y acudir a los delitos puestos que una rotura de nariz requiere un tratamiento médico prolongado y varias visitas al especialista médico. Ahora bien, podría ser considerada como un delito de lesiones pero de poca gravedad (articulo 147.2 de nuestro Código Penal) en atención el medio empleado o resultado producido. Si se da este último caso solo le impondrán una multa o prisión de muy corta duración y quizás una indemnización civil por el daño causado. Sin embargo, si se considera como un delito de lesiones sin más, podrá ser condenado a prisión (y la indemnización por el daño) pero lo normal es que sea inferior a 2 años de prisión y por ende no la cumpla. En cualquier caso, se crearan antecedentes penales por el hecho al ser delito y no falta. Si se impone multa debe pagarse forzosamente pues el impago conlleva sustitución por prisión. Si lo que no se paga es la indemnización, al ser civil conllevaría embargo y vía de apremio.

      Saludos y mucha suerte

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  17. Hola Sr. Francisco, un amigo tuvo ayer un problema, se equivocó y se metió a provarse unos pantalones en el vestuario de chicas de una tienda y salió una mujer diciendo q le había grabado con el móvil, éste se lo enseñó voluntariamente demostrando q no había sido así y ella seguía erre q erre, así q mi amigo llamó a seguridad contando lo q había pasado y seguridad llamó a la policia. Cuando llegó la policia mas de lo mismo, contó lo q había ocurrido y les mostró el movil voluntariamente, comprobaron q la tarjeta de memoria estaba en el telefono y le registraron los bolsillos para comprobar q no se habia escondido nada y todo estaba en orden, efectivamente no encontaron evidencias de lo q la chica decia.Despues de comprobar si tenia antecedentes y tomarle los datos lo dejaron marchar y le dijeron q si la chica queria denunciar q estaba en su derecho y si eso ocurría posiblemente fuera a juicio, ellos declararían q no encontraron pruebas evidentes y ya está, mientras ella se quedaba con los agentes. Mi amigo está muy preocupado y avergonzado por todo esto q ha ocurrido y quisiera saber si ha sido denunciado o no, y si el podría denuncuarla a ella por injurias o algo así, y si fuera a jucio como podría acabar eso, desconocemos totalmente como funciona el sistema juridico en cosas así, muchas gracias de antemano.

    Un saludo.

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    1. Buenas tardes. Efectivamente es denunciable tanto la conducta de su amigo (aunque no fuese voluntario) y la de la otra persona que lo acusó a él. SI la otra persona interpuso finalmente su denuncia y ustedes consideran que es falsa, podrá denunciarla por denuncia falsa. Realmente en principio este hecho no podrá llegar a nada serio por lo que ha comentado usted ya que no tiene ningún tipo de pruebas de lo ocurrido y además cuentan ustedes con la declaración favorable de los agentes y el atestado policial a su favor. En caso contrario se enfrentaría a un delito contra la intimidad personal al utilizar dispositivos de grabación y reproducción del sonido e imagen afectando a un hecho íntimo de la persona filmada (artículo 197 Código Penal), castigando con prisión y multa. Si esas imagenes son difundidas a terceros o publicadas la pena de agrava.

      Saludos

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    2. Cuando digo que es denunciable aunque no sea voluntario quiero reseñar que cualquier persona puede denunciar un hecho y ya se deberá comprobar despues si su amigo es culpable o no. Por ello, digo que en principio es denunciable...

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    3. Muchas gracias por su respuesta, es usted muy amable. Aún no le ha llegado notificación alguna de denuncia o juicio, no sabemos cuanto suelen tardar en comunicarte algo, en caso de q haya habido denuncia y aún seguimos con esa incertidumbre de si lo ha denunciado o no, o de si lo avisaran del juzgado y como son esos tramites de comunicación.

      Muchas gracias de nuevo, un saludo.

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    4. Posiblemente quede en nada el asunto. Quizás ni ha interpuesto denuncia puesto que si lo ha consultado con un abogado le habrá aconsejado que tiene pocas posibilidades de conseguir una condena ante la falta de pruebas y la poca entidad de los hechos.

      Saludos

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    5. Muchas gracias por todo de nuevo, ha sido un placer. Aprovecho para darle la enhorabuena por su página, es de gran ayuda para la gente con ciertas dudas legales.

      Un saludo.

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    6. Gracias a usted. Saludos y espero que todo salga bien

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  18. Buenos días, he estado leyendo el blog y lo primero de todo quería felicitarle por los asesoramientos...creo q ayuda a tanta gente de esta forma....ahora le comentare mi caso, que aunque los he leído parecidos aún tengo dudas...
    Hace 5 días hice una denuncia en la policía, la denuncia pone literalmente q en un descuido me sustrajeron el móvil alguien a quien no pude ver, y aunq insistí en q no vi a quien el policía puso q un hombre de complexión normal 1.70 el
    Móvil es un iPhone 4 cuyo valor esta entré 350 -400 € aunq el policía puso 400€ .el caso es q no se cuando ni como me lo quitaron...pero yo dije q esto había pasado en la entrada de una estación de tren ( q fue cuando me si cuenta d q me faltaba, ya q
    Me iba de viaje...) pero al día siguiente me llamaron de dicha estación preguntándome como iba vestido para revisar las cámaras y poder ver quien fue el q me lo quito...y ahora estoy asustado por lo q pueda pasar porq en las cámaras no van a ver q me lo quitaron de las
    Manos....por otra parte tengo seguro del hogar pero no creo q me cubriera el teléf., ya q no tengo factura fue un regalo y no era esa mi intención desde luego...yo lo único q pretendía era q encontrarán mi teléf...me gustaría q me aconsejarás sobre q hacer si ir y contarlo todo o esperar(quizás haya lugares dond las cámaras no grabaron...aunq llegue en coche y supongo q en el parking también haya cámaras...) y de no contarlo q consecuencias tendría....(soy maestro)

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    1. Buenas tardes

      En primer lugar aunque no existe perjudicado civil (el seguro) puede existir perfectamente un delito de simulación de delito ya que usted ha simulado ser victima de una infracción penal. Eso sí, lo que no existirá será alguien que reclamen una cantidad por un daño sufrido pues usted no ha reclamado nada al seguro ni ha presentado la denuncia al mismo para pedir el importe del teléfono. En principio la dos opciones son: por un lado usted puede confesar el delito en cuyo caso se le aplica una atenuante y además solo habría una tentativa pero no un delito consumado pues no ha llegado a la fase judicial, o bien, puede usted con contundencia defender la misma versión de los hechos sin cambiar un ápice de la misma para no caer en contradicciones. Lo suyo sería que viese lugares donde no existan cámaras de seguridad y sostener la versión de que fue por esa zona concreta. Ahora bien, suponiendo que usted no haya especificado ya un lugar concreto o zona. En principio nadie puede probar lo contrario y además siempre que no exista la "presión" del seguro obligando a investigar más a fondo no creo que vaya a mucho más.

      Le agradecería me informase si existe alguna novedad.

      Saludos

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  19. Soy el hombre anterior...soy maestro funcionario, y como le he dicho antes no reclame al seguro ni nada....sólo quería encontar mi móvil...gracias de ante mano por todo...

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    1. Me remito a lo dicho. Su condición de funcionario público en principio no debe verse afectada pues nada tiene que ver el delito cometido con el ejercicio de la enseñanza. La única consecuencia seria una simple multa aunque si que crearía antecedentes penales al ser delito aunque sea leve.

      Saludos

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  20. Hola francisco, mi caso es el siguiente…. Yo vendí por Internet un móvil y tarde un tiempo en enviarlo y el comprador me puso una denuncia, cuando lo envié y el lo recibió me dijo que retiraría la denuncia y no la retiro y me ha venido una citación del juzgado, y quisiera saber si puedo ponerle una denuncia a este sujeto por denuncia farsa? Y Cúa es la pena le podría caer a este sujeto? Me han dicho que le puede caer cárcel por que poner una denuncia farsa es delito. Saludos

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    1. Buenos días

      Debe quedar claro que las denuncias no se pueden retirar. Una denuncia solo tiene la finalidad de poner en conocimiento de la autoridad unos hechos que tienen apariencia delictiva pero no implica que quien la interpone quiera personarse en el asunto con un abogado para poder acusar a título particular. El Ministerio Fiscal está obligado a continuar con el proceso aunque la persona que denuncia no lo haga. Las denuncias NO se puede retirar una vez interpuestas y los hechos serán comprobados por la policia o juzgado y si son verosímiles serán investigados y se abrirá el correspondiente proceso. Por ello, aquí no habría falsa denuncia sino simplemente una denuncia que se interpone y posteriormente una reparación del daño causado que sin duda se tendrá presente mas adelante.

      Saludos

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  21. Hola buenas noches Francisco. Me llego una citacion para un juicio de faltas por estafa por valor de 260€. Decidi no acudir al juicio ya que estava fuera de mi provincia y en la citacion me indicava que no tenia la obligacion de ir. En cuanto me llego la citacion me puse en contacto con la persona para acordar devolverle el dinero y que retirase la denuncia.
    Al dia del juicio habian sido devueltos 60€ y me comunica la persona que al no asistir yo el juez ha escuchado su version y le ha dicho que le esrot devolviendo el dinero y a decidido aplazarlo para el mes de julio en concreto el dia 20 y que si le abono los 200€ restantes antes de 15 dias de la celebracion del juicio se para todo.
    Tambien me ha cimentado que hoy en el juzgado a aportado una prueva de mi perfil de votos de ebay con votos negativos.
    Me suena un poco extraño todo esto y mañana a primera hora llamare al juzgado para que me informen pero queria saber tu opinión.

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    1. Francisco,he llamado hoy al juzgado y me ha informado que el juicio se llevo a cabo y al no estar yo ni haber mandado ningun escrito el juez lo ha dejado visto para sentencia. No sabian en el juzgado nada del 20 de julio. Espero a que me llegue la sentencia o termino de devolver la cantidad pendiente 200€.
      Muchas gracias

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    2. Hola

      Efectivamente el relato de los hechos es un poco confuso y sobre todo muy inverosímil. El sujeto presentó una denuncia contra usted y el juicio de falta se debe celebrar con total seguridad. Distinto sería que esa devolución de cantidades la tuviese el juez presente a la hora de dictar la sentencia pero esos aplazamientos o que se pare todo en seco no puede darse bajo ningún concepto. Este sujeto seguramente lo que pretende es que usted le de esas cantidades sin perjuicio de la continuación del procedimiento. Ahora me temo que usted no podrá probar los pagos que le ha efectuado a esta persona. No devuelva cantidad alguna hasta conocer el contenido de la sentencia puesto que deberá comprobar a través de la misma si el sujeto tal como le aseguró, dijo todo eso de los pagos durante la vista oral. Es mi recomendación.

      A la espera de sus noticias y novedades. Saludos

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    3. Muchas gracias por la rapidez Sr Francisco.
      El juicio se celebro ayer y yo no acudí ni mandé ninguna carta ya que pretendía afirmar los hechos y devolverle la cantidad por la cual me han denunciado. Esta mañana en el juzgado me han confirmado que el juicio se celebro y queda visto para sentencia.
      Me he informado, y me han recomendado que yo mismo envíe al juzgado aunque haya pasado el juicio, antes de que se dicte la sentencia, los justificantes de pago así como un certificado que confirme que estoy en el paro y sin ingresos para atenuar la multa. Como ve esa posibilidad?Pues hoy mismo le he ingresado 100e que hacen un total de 160€ devueltos de los 260.
      Por otro lado me preocupa en que insista que su abogado a pedido una nueva citación afirmándome que me la enviara esta tarde por email para que la pueda leer.
      Según me han comentado podría ser una nueva denuncia por estafa continua al tener mi perfil de votos varios negativos?

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    4. Bueno, realmente si verdaderamente tiene esos justificantes de pago no estaría de más que los pueda enviar. Los documentos acreditativos de la situación de paro laboral si que son bastante interesantes aunque igualmente podrán ser tenidos en cuenta por el juez posteriormente para poder fraccionar el pago de la multa, es decir, podrá usted solicitar igualmente que se le de un plazo para el pago o que se le permita pagar en varios plazos. Todo ello puede ser solicitado posteriormente en trámite de ejecución de sentencia pues no tiene mucho sentido pedir todo eso ahora ya que practicamente es como "condenarse" usted mismo (admitirlo todo). Por eso le decia que sería importante ver si la otra parte ha dicho efectivamente en juicio que usted le estaba reintegrando las cantidades adeudadas.

      Sobe la posibilidad de una nueva denuncia por estafa no puede tratarse de eso en absoluto ya que no se le puede juzgar dos veces por lo mismo y si hubiesen pretendido denunciar por estafa continuada debería de haberlo efectuado anteriormente. Esos hechos ya están juzgados y únicamente cabría un nuevo juicio por otro falta o delito de estafa diferente de ese pero NUNCA por lo mismo.

      Saludos

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    5. Muchisimas gracias Sr Francisco. Entonces si bien e entendido. Me podria llegar un juicio nuevo de faltas por otra supuesta estafa de 301 a otra persona distinta, ya que el sujeto afirma que me denunció y posteriormente cuando se le devolvio el dinero retiró la denuncia. Es posible que dicho juicio nuevo de faltas derivara a delito estando ya vista para sentencia la falta anterior?Saludos y muchisimas gracias.

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    6. Hola. Por cada supuesta estafa a un nuevo usuario puede recaer efectivamente una nueva falta porque es una acción distinta cada una de ellas. Nunca se puede convertir una falta en un delito una vez que esta pendiente de sentencia. Lo que sí puede ocurrir es que comience todo como una falta y luego se compruebe que es delito (dada la cuantía) transformándose todo en un procedimiento abreviado por delito y llevándose a cabo las diligencias de investigación propias de los delitos (que no existen en las faltas). Todo ello no puede ocurrir cuando está pendiente ya de sentencia. Saludos

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    7. Hola. Muchas gracias por su atención.
      Saludos.

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  22. Hola Francisco, en primer lugar elogiar el gran trabajo que hace con su blog, estoy enormemente sorprendida.
    Le cuento mi caso:
    Desde hace un mes una chica ha veces sola y otras veces acompañada de 2 amigas han estado acosando a mi hermana de 23 años, tambien un dia llegaron a las manos y despues de eso mi madre fue hablar con esta chica, la cual la amenazo con que iba a traer un cuchillo y matarlos a todos... y a partir de ahi ha venido dia si y dia no al bar que frecuentamos mi familia y yo en busca de pelea, mi hermana esta totalmente acobardada, no quiere salir sola a ningun sitio y l3 da miedo denunciar.
    Pues bien ayer jueves vino esta chica acompañada de otra y yo me encontraba en este bar con mi novio y unos amigos y vino ha buscar pelea contra mi, me insulto y yo me fui para ellas para hablar y esta chica me empujo y yo reaccione tirandome hacia ella y peleamos ( la otra chica no se metio xk no la dejaron) el caso es que al final la que l3 dio mas fui yo, nos separaron y yo me fui a donde mismo estaba y al poco volvio probocandome y me escupio y de nuevo nos volvimos a pelear, nos separaron y yo me fui a casa.
    Ella llamo a la policia y se presentaron preguntando en el bar si alguien me conocia o sabia como me llamaba y la gente de alli que me conoce y saben que no soy persona de buscar jaleos digeron que me conocian de vista pero nada mas ( añadir que a esta chica la han hechado varias veces de alli por montar jaleos ) entonces la policia se fue.
    Hoy me he enterado por gente que conocemos en comun que dice que me ha denunciado con parte de lesiones y que ademas por robo de su movil ( cosa que es falsa) de testigo dice que esta su amiga.
    Yo y mi familia no hemos denunciado nada y yo tambien tengo leves lesiones pero quiero olvidarlo todo.
    Esta chica solo sabe que me llamo carmen y no sabe donde esta mi domicilio.
    Que puedo hacer?
    Que me puede pasar?
    Cree usted que de verdad me ha denunciado o solo es para meterme miedo?
    Debo ir yo y mi familia tambien ha denunciar por el acoso a mi hermana y por mis lesiones?
    No se que hacer, por favir ayudeme.
    Muchas gracuas por su ayuda desde ya.
    Un saludo.

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    1. Buenas tardes

      Realmente es bastante delicado su caso. La decisión de denunciar o no debe ser suya. Lo que debe tener muy presente es que los problemas a veces aunque no se busquen vienen hacia nosotros sin ser evitables y entonces hay que estar preparados para ello. Sin duda, mi recomendación es denunciar los hechos porque ya no son una simples amenazas sino que la cosa es demasiado grave. Además todo resultará mucho más creíble que si usted espera a que le envien esa supuesta denuncia con parte de lesiones incluido (entonces todo será menos creíble por su parte). Distinto es que sus testigos tendrán poca fuerza al ser allegados o amigos de la supuesta victima pero creo que no se puede usted quedar a expensas de lo que esta chica decida y debe tomar usted la iniciativa. Una denuncia por lesiones y robo no es cualquier cosa y aunque usted quiera olvidarlo a veces como le digo no depende todo de uno mismo sino de otros.

      Espero sus noticias o avances respecto del caso para ayudarle en lo que pueda.

      Saludos

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  23. Hola, ayer había bebido un poco mas de la cuenta y la guardia civil me pidió los datos y me acusa de haberlos llamado hijos de... y de sacarles el dedo. me dijeron que me iban a poner una falta leve. yo a mis 18 años y viviendo con mis padres no me hace mucha gracia que se enteren... quisiera saber si puede llegar una carta a casa o multa y de cuanto seria la multa y el tiempo que puede tardar... GRACIAS

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    1. Buenas

      Inevitablemente le llegará la carta a su domicilio en la que le informarán de la sentencia.

      La falta de respeto leve a los miembros de las fuerzas y cuerpos de seguridad aparece en el artículo 634 de nuestro código penal castigada con multa de diez a sesenta días. La cuantía no se puede saber pues depende de múltiples factores. Puede ir desde un mínimo de 2 euros al día. Calcule entorno a los 100 euros si tiene poca cantidad de ingresos pero a priori es imposible determinarla. Saludos

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  24. Muy buenas,acabo de descubrir este blog y lo considero muy interesante.
    Tengo dos consultas
    Una es que de mi perfil de Facebook han descargado o copiado mi foto para publicarla en un foro,anexando un texto con intención clara de ridiculizarme de forma pública.....Esto es legal?...Es delito?...se puede denunciar?

    La otra cuestión es que tengo conocimiento de una concesión de una subvención de más de 200.000 euros destinada a impartir unos cursos online de los que tengo serias dudas que se hayan impartido...de qué forma puedo poner esto en conocimiento de la justicia de manera que de oficio investiguen este caso...Los cursos son tan ridículos para que sean online que es prácticamente imposible que se hayan impartido pero yo no tengo los medios para demostrarlo....Como hago para que se investigue esto con unos costes bajos para mí tanto en el supuesto de que se pueda demostrar como que no se pueda demostrar y además en el caso de no poder demostrarlo....que consecuencias tendría que asumir tanto desde el punto de vista legal como económico?
    Muchas gracias

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    1. Hola, son cosas diversas las que plantea usted.

      Por un lado tenemos unas injurias que pueden ser falta o delito según la gravedad de los insultos y según la posiblidad de menoscabar su fama o dignidad. Como mínimo puede existir claramente una falta de injurias aunque al ser hechas a través de un medio con publicidad bastante como es un foro podríamos plantearnos incluso que fuesen delictivas. Se puede denunciar perfectamente porque en caso contrario al ser un delito/falta privado no se persigue salvo que usted se persone como acusación particular.

      Cuestión muy distinta es las subvenciones a las que hace referencia. Son un delito público y en ese caso puede usted simplemente denunciarlos (sin personarse usted en las actuaciones) y el delito se investiga ya de oficio por la autoridad policial, judicial o el Ministerio Fiscal. En ese caso usted no corre con ningún tipo de coste pues la denuncia es gratuita al ser un deber de los ciudadanos denunciar hechos delictivos que conozcan. Usted no tendrá que demostrar nada y será la propia investigación la que hará que se recopilen pruebas suficientes para continuar o en caso contrario archivar la causa sin llegar a más. En cualquier caso (salvo que se demuestre que usted actua dolosamente e interpone un denunciar falsa) no tendrá ningún tipo de consecuencia negativa para usted.

      Esperamos que nos mantenga informado al respecto. Saludos

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  25. Muy buenas, ruego por favor me ayude porque estoy desesperado.
    Resulta que me han robado el coche un sujeto al que supuestamente se lo iba a vender. Quedé con el para enseñárselo y una vez en el lugar fijado se presento y charlamos un minuto. Me dijo que si se podía sentar en el, le dije que si, total que ya sentado en mi coche me dijo que si lo podía arrancar, le dije que si y acto seguido me preguntó que si lo podíamos probar, total que yo estaba en la puerta del conductor y me fui por la parte de atrás del coche abrí la puerta del copiloto y cuando iba a entran emprendió la salida a gran velocidad en el que fui agarrado a la puerta abierta del copiloto como 5 metros hasta que por la velocidad que llevaba el coche, tuve que soltar. El seguro me dice que no me cubre el coche por que según ellos es hurto ( en un principio no dije que fui agarrado a la puerta solo dije que me dijo que si se podia sentar, que si lo podia arrancar y me pregunto que si lo podiamos probar, y que salio a gran velocidad sin hacer yo nada) esto que he contado es la ampliación de la denuncia para mandarla de nuevo.
    Que opina usted al respecto?

    muchas gracias por su gran ayuda.

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    1. Buenos días

      Ciertamente el seguro siempre según las clausulas de su póliza puede no cubrir los hurtos que se caracterizan porque no hay violencia o intimidación (por ejemplo un descuido). Usted está en su derecho de hacer una ampliación de denuncia e incluso en fase judicial podrá ampliar y detallar los hechos siempre que los cambie sustancialmente. El problema quizás venga por la parte de la credibilidad pues lógicamente si usted desde un principio hubiese mantenido esa versión ahora sería más creíble. Tenga presente además que en los casos de los vehículos existe el llamado "hurto de uso" en los que simplemente se apropia de un vehículo ajeno para usarlo pero posteriormente (antes de 48 horas) se devuelve o abandona el mismo en un lugar localizable por su dueño. En esos casos es un hurto especial. Si se emplea violencia o intimidación directamente pasa a ser robo con independencia de que posteriormente se devuelva el vehículo. Aquí la cuestión reside en determinar si el hecho de que usted no soltase la puerta puede ser considerado violencia ya que usted podía soltarla cuando quisiese y el delincuente no se ha servido de esa violencia para cometer el delito sino de su "descuido", solo que usted para evitar la sustracción se agarra a la puerta instintivamente. Espero explicarme correctamente. La diferencia es importante pues como le digo nos llevaría al robo y no al hurto de uso.

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  26. Hola, antes de nada agradecerle la gran labor que hace ayudando a tantas personas,soy divorciada y tengo dos hijos, mi ex me pasa 400e de manutencion, yo trabajo por horas limpiando casas, en enero empeze a trabajar en una casa y un dia estaba tan desesperada aquel dia que me llebe unas joyas, me dieron 360 o 380e no recuerdo bien, esta señora me denuncio a principio de marzo vino la policia a mi casa, y fui a comisari ha sido el peor dia de mi vida hubiese preferido estar muerta, porque me senti basura, cuando me cojieron las huellas y me hicieron las fotos, jamas e echo algo asi, hace unos dias recibi la citacion pata el proximo 8 de julio y me pone por presunto delito de hurto,por favor digame a que me enfrento, porque esto es insoportable lo que siento, ni como ni duermo, le agradeceria me contestara en cuanto pueda, y muchas gracias de corazon.

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    1. Buenas tardes

      Se enfrenta usted a una pena de prisión pero que al ser un hurto de poca entidad será bastante baja. Si usted no tiene ningún tipo de antecedentes (por lo que cuenta) no entrará en prisión incluso en el caso de que resulte finalmente condenada ya que la pena máxima es 18 meses (inferior a los 24 meses que marca la ley como límite para no entrar). Además seguramente si hay condena será incluso menor a esos 18. Me atrevo a decir que será más cercana a los 6 meses.

      Igualmente deberá devolver el dinero hasta la cuantía del valor de las joyas en concepto de indemnización por el perjuicio económico causado.

      Yo me informaría en el juzgado de si le han asignado un abogado de oficio para reunirse con él lo antes posible. Podrían ustedes valorar la conveniencia de defender que las joyas valen menos de 400 euros para tratar de que sea falta y no delito de hurto. En ese caso se le impone una simple multa y no crea antecedentes penales.

      Espero nos informe de la sentencia final.

      Saludos

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  27. Buenos días señor francisco, hace bastante que no comento por aquí ,no se si recordará mi caso, el tema es el siguiente, trabajando de Vigilante de seguridad en un supermercado un individuo me denunció por una presunta agresión, el caso es el siguiente, en la zona donde ocurrieron los hechos no había cámaras de seguridad, pero si había testigos entre estos testigos se encontraban personal del establecimiento y dos policías nacionales que compraban por allí.
    Al finalizar la situación estos me entregaron sus números de placa para que los añadiese como testigos en mi denuncia.
    el individuo en cuestión me denunció alegando que le dí con mi defensa en la nariz, el cual presenta un parte de lesiones con un punto de sutura en el "entrecejo" pasado un tiempo me llegó una notificación del juzgado diciéndome que había sido imputado en un delito de lesiones.
    Yo también presenté dos denuncias al individuo en cuestión pero en el juicio solo se tomó la suya, mi abogado me dijo que los dos policías nacionales habían declarada a mi favor alegando en sus declaraciones que no recordaban en ningún momento que este individuo sangrase ni nada por el estilo y que el vigilante hizo todo lo posible (siempre y cuando actuando dentro de la legalidad) para repeler las agresiones de este señor. y que el vigilante acabó magullado y con un parte de lesiones con hematomas y demás heridas superficiales.
    Han pasado mas de dos años y mi pregunta es la siguiente:
    Cree usted que ¿se habrá rebajado ese juicio a falta o en su defecto el juez lo habrá archivado por falta de pruebas?, y una cosa mas si me quiero presentar a una oposición para las FCSE ¿podría ya que carezco de antecedentes penales? o este tema del juicio influye para algo.

    Muchas gracias por su atención y espero respuestas

    Anónimo10

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    1. Buenas tardes

      En primer lugar agradecerle que entre nuevamente en el blog para continuar con la evolución de su caso.

      Seguramente le dije en su día que todo "pintaba" bastante bien para usted dado que el testimonio de los dos policias tienen bastante peso en estos casos. Lo que no logro entender es que usted expone los hechos como si usted no hubiese estado presente y que su abogado le informó a usted. Usted como denunciado tiene que estar presente en el juicio para que se pueda celebrar el mismo de tal modo que entiendo que las declaraciones testificales de los policias se pruducen durante las diligencias previas (investigación judicial) y no dentro del juicio. El punto de sotura aunque sea uno nos lleva a un tratamiento médico que hace que la conducta sea siempre delito (nunca falta) pero si que es posible que sea un delito de lesiones atenuado dada la escasa entidad de la lesión producida. Entiendo que si mi razonamiento es correcto todavía no se ha celebrado el juicio y usted ahora mismo no tiene ningún tipo de antecedente penal que le impida presentarse a las oposiciones ya que únicamente tiene una causa abierta contra usted pero no una sentencia de condena por delito doloso.

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  28. Hola buenos días Francisco.

    Mi duda es simple: el hongo Amanita Muscaria se puede vender o comercializar con el? Es legal su posesión?
    Tengo entendido que hicieron en 2004 una ley para prohibir esto, pero luego la quitaron. Como está el tema ahora?

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    1. Hola

      Sobre la posesión y uso propio no hay problema

      Sobre el resto es un tema bastante delicado aunque ahora mismo parece que hay un vacio legal que permitiría su venta con bastante cautela (fines decorativos o como simples plantas).

      Efectivamente según he podido comprobar usted se refiere a esto:
      http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/o190-2004-sco.html#anexo

      Estuvo prohibida pero esa orden ya no está vigente.



      Ahora bien, mire esto:

      http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd30-2009.html SE PROHIBE SU COMERCIALIZACIÓN PARA ALIMENTACIÓN

      Además en base a la Ley de Medicamentos de 2006 http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-13554 Debe tener presente que no puede ofrecer determinados productos naturales con publicidad falsa o engañosa alegando que cura o sirve para determinadas finalidades médicas que no hayan sido demostradas (es decir, finalidades terapéuticas).

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  29. Buenas tardes y muchas gracias por ofrecer este servicio de orientacion Francisco. Mi duda es la siguiente, intentare ser lo mas breve posible:
    Al comprar la casa donde vivimos no existia comunidad de propietarios, debido a la evidente falta de zonas comunes, este fue unmotivo decisivo para comprar la vivienda pues era un gasto menos y nos facilitaba afrontar las cuotas de la hipoteca. Con el tiempo alguien decidio constituir una comunidad, a la que el numero suficiente de vecinos estuvo de acuerdo, pero no nosotros. Se constituyo la comunidad de vecinos pero nosotros no hemos pagado cuota alguna, al considerar que no hay justificacion para dicha comunidad, de hecho, es ahora cuando estan colocando elementos comunes para justificar las cuotas, tales como el cerramiento de acceso a los garages.
    Esta semana recibimos una notificacion pra ir al Juzgado, ya que se nos ha denunciado por no pagar las cuotas de comunidad, que ascienden a mas de mil euros. Nuestra situacion economica no nos permite pagar esta cantidad. Ademas de la citacion, se nos ha enviado una copia del acta de la ultima reunion donde se acuerda el no autorizarnos a recibir el mando que abre las puertas a los garages, de tal modo que no tendremos acceso a nuestro garage.
    Es esto legal? Que podemos hacer por favor? A todo esto hay que anadir el hecho de que mis padres enfermos estan a mi cargo, viviendo conmigo, y no puedo exponerlos a subirse a un coche que ha estado en la calle a pleno sol, donde las ventanas no puedo ni bajarlas ya que lo tengo estropeado y no puedo arreglarlo, cuando tenemos que ir a algun lado.
    Muchas gracias y perdone por extenderme tanto.

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    1. Buenas tardes

      Todo propietario está obligado a pagar las cuotas correspondiente a los elementos comunes con independencia de que los use o no los use. Se permite, no obstante, que en los estatutos se excluyan a determinados propietarios del pago de algunos servicios comunes que nunca va a utlizar (por ejemplo locales no pagar los ascensores). Si alguien no paga la deuda que tiene con la comunidad en principio no podrá votar en la junta de propietarios los acuerdos mientras no lleve a cabo el pago o al menos consigne esas cantidades notarial o judicialmente. No se puede negar el uso de los elementos comunes a un propietario de la comunidad por impagos pero si se podría hacer si los propios estatutos de la comunidad contemplan esa posibilidad. Si no contemplan esa posiblidad la única vía para ello sería modificar los estatutos con la correspondiente unanimidad de los propietarios exigida por la ley para modificaciones estatutarias.

      Ahora bien, incluso en el caso de que los estatutos contengan esa posibilidad, no es lo mismo negar el acceso a una piscina o pista de tenis por ejemplo, que negar el acceso al garaje pues en ese caso no solo le limitan el uso de elementos comunes sino su propiedad particular sobre la plaza concreta de su propiedad dentro de ese garaje e incluso su propia accesibilidad al inmueble (o el uso del mismo junto con la vivienda). Mi opinión es que en ese caso sería ilegal por el mero contenido aunque constara en los estatutos.

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    2. Muchas gracias Francisco, me quedo mas tranquila. Se da el hecho incluso de que el garaje es parte de la casa, es decir, mi casa es un adosado con el garaje incorporado en el sotano, no es que sea un garaje comun.
      Le felicito por su servicio y por su profesionalidad al responderme, imagino la cantidad de trabajo que tendra y aun asi encuentra tiempo para ayudarnos a traves de este blog.

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    3. Con el garaje incorporado más a su favor aún. Puede estar tranquila que eso no se puede hacer en ningún caso. Saludos y suerte !!!

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  30. Hola, hace 5 años tube un juicio x lecciones a la autoridad no tube sentencia firme y esto fue con el nie de extranjera y ahora tengo nacionalidad española y lleno viviendo en Londres desde 2012 y resulta que tengo que presentarme otra ves pero ahora mismo estoy de 40 semanas de embarazo no puedo viajar a España x q ya estoy en días y el juicio es el 4de julio que puedo hacer por que mi duda es que sí no me presento me pondrán orden de busca y captura y eso no quiero x favor ayúdeme muxassss gracias

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    1. Hola

      Es poca información para ayudarle correctamente.

      En principio si la pena que le pide no llega a unos mínimos que ordena la ley podrán juzgarle en rebeldía (sin su presencia) y por tanto sin que pueda usted defenderse salvo que después diga usted los motivos de fuerza mayor por los que no pudo comparecer.

      Si se estima que es necesaria su presencia se podrá ordenar su busca y captura.

      Supongo que tendrá usted algún abogado aunque sea de oficio que le pueda ayudar y decirle exactamente los detalles del caso. En cualquier caso mi recomendación es que asista.

      Saludos

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  31. Muy buenas Francisco. Primero felicitarte, me he quedado anonadado por tu blog y con toda sinceridad no he conocido en toda mi vida una persona que dedique tanto tiempo y dedicación en ayudar y resolver problemas de la gente, te mereces lo mejor.

    Quisiera saber tu opinión y agredecería tu consejo sobre mi caso:

    el 19/06/2014 recibimos un acta-denuncia del CNP por que dos amigos míos en estado de embriaguez empezaron a tirarse conos de obra y tiraron una señal de esas provisionales, yo que estaba sobrio por que tenia que conducir, me di cuenta que la policía nacional estaba en la gasolinera al otro lado de la calle, les llame la atención y me dispuse a colocar en su sitio los conos y las señales sin que hubiera deterioro ni destrozos alguno y nos denunciaron a los tres (entiendo que los cuerpos de seguridad del estado pueden equivocarse y según cuando lo hallan mirado pareciera que también participara en el acto de vandalismo).
    La policía muy ejemplar nos penalizaron con la infracción L.O. 1/92 sobre protección de la seguridad ciudadana art.26 apartado I (Constituyen infracciones leves a la seguridad ciudadana, Alterar la seguridad colectiva u originar desórdenes en las vías, espacios o establecimientos públicos.), hecho denunciado: Derribar señales y conos de la vía publica colocados con motivos de obras en la vía publica.

    Bien espero haber si me llega la notificación de la subdelegación del gobierno para si es menor de 200€ pagar y si es mayor recurrir para que me la bajen la cuantía.

    el problema y mis dudas llegan aquí, recibo la notificación del Ayuntamiento de Segovia (no se que tiene que ver la administración municipal en denuncias de la policía nacional). Mis compañeros les llega una infracción con diferente lugar, hora y números de placa (van a recurrir y se van a librar casi seguro y de paso me quedo solo con el marrón), yo por el contrario mi notificación viene correcta, salvo por una cosa que todavía no me creo.
    HECHOS: Igual que la denuncia.
    INFRACCION: Las personas usuarias de las instalaciones publicas ... quedan prohibido los actos de deterioro grave, como destrozos de los espacios públicos ... , no derivados de las alteraciones de la seguridad ciudadana. ... art. 30.2 y 30.3 ordenanza de convivencia ciudadana del Ayuntamiento de Segovia B.O.P. 20/04/2011.

    Me pone historias en plan informativo y lo siguiente:
    Lo que puede constituir una falta de las previstas en el articulo 30.3 de la ordenanza de convivencia ciudadana de Ayuntamiento de Segovia, actualmente en vigor, calificada en el art. 31.2 como GRAVE( si si GRAVE con cuantía de 750,01 a 1500€ pero si yo no tengo tanto dinero y para mas recochineo me lo ponen en mayúsculas).

    Don Francisco siento haberme extendido tanto pero estoy totalmente descolocado y no se ni por donde cogerlo, no me atrevo a preguntarte nada en particular por que estoy perdido, esto parece un broma de muy mal gusto.
    Te ruego que me puedas orientar y me interesa mucho tu opinión.
    Gracias de nuevo por tu tiempo.

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    1. Buenas tardes y gracias por exponer su caso.

      Realmente no tiene ningún sentido lo que me expone usted. Si ustedes se encontraban en el mismo lugar físico y el mismo momento, no puede ser que unos sean sancionados por unos hechos y otros por hechos distintos cuando se supone que hacían exactamente lo mismo (con independencia de que usted intentara arreglar lo que hechos alteraban). La sanción debe ser común por unos hechos en unas mismas circunstancias. La ley 1/92 es estatal y la otra es una ordenanza local y no llego a comprender como ha existido esa disparidad de sanción. Es perfectamente recurrible su situación cuando tenga la sanción notificada y deberá indicar los números de expediente de sus amigos con independencia de que ellos también recurran basándose en los errores formales de sus escritos pero claro, se va a encontrar usted con el problema de que si sus amigos se libran (seguramente sea así) no le queda a usted conducta que comparar con la suya. Es decir, ya no podrá usted decir que su sanción debe ser igual a X sancines porque esas otras ya no existirán por un defecto de forma.

      Además de por razones de forma, también es recurrible por el fondo puesto que en ningún caso existe aquí un deterioro no grave (ni leve) ya que las señales se vuelven a situar en su sitio y todo continua como si nada (no existe ningún deterioro). Podría entrar a discutir pues esos extremos aunque sería todo más complicado. Lo más sencillo es basarse en los otros hechos de que todos son "coparticipes" en la misma conducta.

      Otra cosa que debe tener clara que es perfectamente posible que la policía nacional denuncie por conductas que aparecen tanto el normativas estatales como locales y a la inversa, es decir, que la policía local denuncie por hechos sancionados tanto en leyes locales como estatales.

      Yo lo que me temo que ha podido ocurrir es que la policía nacional (quien se percato de lo que ocurría) se ayudara posteriormente de la policía local para interponer las denuncias y rellenar todos los formularios y por eso esa confusión de placas, lugares, hechos y horas.

      Saludos

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  32. hola les comento mi problema:

    en diciembre me puse en contacto con un cliente extranjero y quedamos para realizarle la venta de un equipo de videocamaras de vigilancia, todo salio bien y lo vendi por casi 9000 euros, el caso es que a los dias me llama mi banco devuelvo la tpv y me congelan ese dinero, yo indignado presento la factura y boleta de la tpv firmadas, pero aun asi m congelan ese dinero durante cuatro meses pasado ese tiempo m lo vuelven a retener y a fecha de 5 de junio se declara la operacion como fraude, y sera la cuenta congelada durante 4 meses mas para realizar o no una retrocesion al afectado, mi pregunta es si yo no he usado en ningun momento ese dinero, si he cometido algun tipo de delito o que debo hacer ya que me quedado sin dinero y sin mercancia y el correo que disponia de mi cliente es falso.

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    1. Buenas tardes

      Es difícil saber lo que la otra parte ha hecho tras la transacción. Realmente podemos estar ante una denuncia de estafa que exige un engaño por su parte que haya perjudicado patrimonialmente a la otra. El engaño puede venir dado porque usted haya vendido por una cantidad muy notablemente superior a la normal (debe ser algo exagerado). También porque usted informara de características técnicas erróneas o falsas que hacen que el bien vendido valga mucho menos del precio final. Lo más usual en la estafa es que el cliente paga el precio y el vendedor no entrega nada o entrega algo distinto completamente a lo comprado ...etc. La cantidad en su banco se habrá congelado por seguridad para tener que responder o no de esa cantidad. El delito no depende de que usted haya dispuesto o no de ese dinero sino de si existió engaño por su parte. Usted puede buscar asistencia letrada e interponer denunciar porque puede ser que la estafa provenga de la otra parte ya que usted no dispone de mercancia ni de dinero y lo usual es que la parte que denuncia por estafa lo primero que debe hacer es devolver su parte del trato.

      Saludos

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  33. Buenas tardes Francisco, el 21 de mayo escribí sobre una denuncia falsa que puse por el robo de un móvil q perdí...quería preguntarle porque me ha llegado una carta certificada del juzgado institucional de madrid, q fue dond perdí el móvil, aunq la denuncia la puse en mi ciudad...y me gustaría saber para q será? Tendré juicio? En ese caso tengo q asistir obligatoriamente? Gracias!

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    1. Buenas tardes

      Es imposible saber con seguridad para que será la notificación. El juzgado competente para investigar el robo del móvil es el del lugar de los hechos (Madrid) y seguramente sea relacionado con ello. Puede ser informándole de las diligencias de investigación o cualquier otra cuestión.

      Llegado el caso de un juicio de denuncia falsa o simulación de delito, nos encontramos ante un conducta constitutiva de delito (no de falta) y es obligatoria su asistencia (cabría la posibilidad de condena en su ausencia por la entidad de la pena).

      Saludos

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  34. Buenas noches Sr Francisco , el sabado tuve un altercado con una hermana de la cual hace años q no me hablo y el otro dia nos encontramos en la calle y empezó a insultarme justo debajo de la puerta de mi casa llamandome de todo y gritando q no atendia a mi padre que habia estado en un hospital y q no habia ido a verlo ( cosa q mi padre lleva dos años sin hablarme por culpa de ella y me echó de su casa ) mi marido la insulto y ella a el ,en un momento dado hizo un amago de alzar la mano para pegarla pero no la pego ni la ha tocado el caso que amenazó con denunciarnos , llevo un año y medio con depresion y con psicologos por q no para de malmeter a mi padre contra mi y mis hermanos y esto me ha supuesto q no quiera bajar a la calle por q me da verguenza q se hayan enterado los vecinos de las cosas de mi familia , mi pregunta es como puedo saber si me ha denunciado? ¿ cuanto tarda en llegarme una denuncia de la comisaria ? y q castigo se supone q nos impondran ya q mi marido esta en paro y una multa nos supondria un varapalo para nuestra economia que es precaria

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    1. Buenas tardes

      La denuncia le llegará a su domicilio y usted se podrá enterar perfectamente. Tardará mayor o menor tiempo según el colapso de la administración donde se haya interpuesto la misma (Juzgados, Policía o Guardia Civil). En caso de que prospere supongo que sería una denuncia por amenazas o similar que no sería en ningún caso constitutivo de delito sino meramente de falta. La situación de paro laboral se tendría presente a la hora de imponer la multa pues la ley exige precisamente que se adecue a la situación económica y laboral del responsable así como a cargas familiares. Si su economía es precaria la multa sería eventualmente muy leve y además podrá solicitar fraccionamiento o aplazamiento de la misma.

      Saludos y suerte

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  35. Buenos días, soy el anónimo de antes, de la denuncia falsa por robo de teléfono móvil...mi nombre es César, y quería decir que la carta es del Juzgado de Instrucción nº 10 creo...gracias de antemano.

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    1. Hola de nuevo

      Pedirle disculpas por la tardanza pero a veces estoy bastante ocupado y demoro más de lo normal las respuestas en el blog. Quizás ya no le sirva de nada pero al venir del juzgado de instrucción, verá (o habrá visto ya) que le informa de la investigación que se ha iniciado o va a iniciar y al ser perjudicado lo ponen en su conocimiento. Si me puede confirmar ese extremo le puedo asesorar mejor. Saludos

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  36. Hola,ayer me denunciaron por hurto de ropa De 160 euros tengo el juicio la semana q viene, quisiera saber a vuanto puede ascender la multa??? Me ponen en.arresto domiciliario?? Me quedan antecedentes?En cuanto tiempo expiran? El trabajo se entera.de algo?? Espero su respuesto muchas gracias de antemano

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    1. Hola. Empezando por la última parte. No se crean antecedentes penales pues las falta no dejan ningún tipo de antecedente registrado (más allá de los propios que puedan existir internamente en la policia para su uso profesional). La multa es imposible saber a cuanto ascenderá puesto que depende de factores como su capacidad económica junto con el valor de la prenda, claro está. Calcule del doble al triple del valor de lo hurtado. Agradecería nos confirmase finalmente a cuanto asciende en caso de que sea condenado a la misma.

      Saludos

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    2. Hola e tenido hoy el.juicio del hurto.de.los 160 euros y me an.puesto eb arresto domiciliario 4 dias,puedo ir al juzgado y cambiar los dias q e firmado hoy?

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    3. Una vez firmado los días de cumplimiento lo veo difícil salvo que sea por alguna circunstancia extraordinaria que haya acontecido después de firmar esos días y que le ocasione un perjuicio muy grave...

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  37. Hola, el otro día tuve una pelea con una chica, que todo el rato decía que me iba a pegar. Intento hacerme una encerrona junto con sus amigas cuando yo estaba sola, al final me pego y yo no llegue a pegarle pero la policía me pidió los datos. ¿Qué puede ocurrir? A la otra chica no le pidieron nada

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    1. Hola. Es un poco genérica su pregunta. En principio podría llegar a constituir (como máximo) una falta de amenazas leves o falta de lesiones (al no haber ocasionado daño a la integridad física). Realmente no parece ni mucho menos que pueda ocasionar grave consecuencias limitándome a los datos que usted facilita. Saludos

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  38. Hola buenas noches Don Francisco.
    He recibido una demanda de juicio monitorio por importe de unos 400e por unas facturas de una compañía de servicios telefónicos. Las facturas son del año 2008 y nunca han contactado mediante carta certificada asta ahora, solo lo hacían por correo ordinario muy de vez en cuando, ¿cabria oponerse y alegar prescripción? Además, me remiten la primera hoja de las facturas con el importe adeudado en cada una de ellas pero sin el detalle de dicha facturación, creo que deberían detallar un poco más dicha deuda.
    También me informan que en 2011 se transfirió la deuda a una empresa de recobro mediante notario etc.
    Me gustaría saber su opinión sobre el tema de la prescripción.
    Muchas gracias por su web.
    Un saludo.

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    1. Hola, buenas tardes

      Como usted conocerá el monitorio de presente frente aquel deudor que no está en condiciones de discutir la certeza de la deuda que le reclaman (al menos eso cree el acreedor). Si usted no se opone al requerimiento de pago se va a despachar ejecución contra usted como si de una sentencia en su contra se tratara. Por ende, debe usted oponerse y alegar precisamente esos motivos o excepción de prescripción de la que habla. Efectivamente podemos hablar aquí de dos plazos de prescripción (5 o 3 años). El primero de ellos más largo sería si consideramos aplicable el artículo 1966 del C.Civil que declara plazo de 5 años para las obligaciones que deban cumplirse en año o plazos más breves (su caso). Incluso podríamos barajar el plazo de 3 años que dispone el siguiente precepto 1967 del código al declarar que ese es el plazo para al ser el suministro de telefonía.

      Debe tener claro que una de las causas de interrupción de la prescripción es un requerimiento de pago extrajudicial (1973 C.Civil) pero debe de hacerse por un medio fehaciente (por ejemplo burofax) y no es así como se ha hecho según relata usted y por tanto no se ha interrumpido la prescripción en ningún momento. La transferencia en nada le afecta a usted puesto que realmente esa nueva empresa se hace cargo del cobro pero igualmente deja de hacer el requerimiento fehaciente que exige la interrupción.

      Saludos

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    2. Muchas gracias Don Francisco, es usted de gran ayuda.
      Saludos

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  39. Buenos días, soy César, el hombre de la denuncia falsa por robo de teléfono móvil.Finalmente recogí la carta del juzgado y me pone lo siguiente: Razonamientos jurídicos. UNICO- Revistiendo los hechos denunciados carácter de falta, procede tramitar las presentes diligencias conforme a lo establecido en los artículos 962 y ss. de la L. E. Crim., y conforme al artículo 641.2 de la citada Ley Procesal, al no resultar de lo actuado autor conocido, sobreseer provisionalmente las mismas. Parte dispositiva: Incoese juicio de faltas y, al mismo tiempo, se decreta su sobreseimiento provisional. Póngase esta resolución en conocimiento del ministerio fiscal y demás partes personadas. Una vez sea firme, archívense las presentes actuaciones.
    No entiendo exactamente que quiere decir.....si es tan amable de explicármelo estaría enormemente agradecido.
    Gracias por todo. Un saludo.

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    1. Hola Cesar. Gracias por continuar con el relato de caso en tiempo real.

      Se trata de un sobreseimiento provisional referente a la denuncia por robo que usted interpuso. Según la notificación se ha intentado averiguar el autor y no se ha podido descubrir al mismo (lógicamente por no existir pero eso no lo saben ellos). Se acuerda el sobresimiento provisional y ello quiere decir que se suspende el proceso pero que podría reabrirse de resultar nuevos datos o hechos que fueren relevantes (si fuese sobreseimiento libre no podría volverse a abrir el caso). Han aprovechado y al mismo tiempo que lo han abierto lo han cerrado para evitar dilaciones. Se le comunica a usted porque al ser el denunciante están obligados a hacerlo. Parece que no se han planteado la posibilidad de que fuese falsa su denunciar y por ende puede usted estar tranquilo sobre ello. Saludos y felicidades.

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  40. Buenas tardes,

    MI DUDA es la siguiente: ayer me pillaron robando en INDITEX dos camisetas (total no llega a 30€) lo reconocí y pedi poder pagarlas, pero me dijeron que su política de empresa era denunciar. Vino la policia y me tomaron los datos. Mi duda es que yo no he firmado nada. Me dejaron ir pero me han dicho que me llegará la denuncia para el juicio. ¿Me va a llegar aun sin haber firmado nada o me estaban asustando? ¿Tendre antecedentes?

    Muchas gracias.

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    1. ¿y puede que no haya juicio?

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    2. Hola. No tendrá antecedentes pues el valor total no excede los 400 euros y por tanto se trata de una falta de hurto y no de un delito. Además al haberle descubierto en el acto la falta no se ha consumado y es meramente una tentativa de la misma con lo que unido al poco valor de las prenda conlleva que la multa que se le pueda imponer en el juicio de falta sea muy leve. Puede llegarle la citación si finalmente denuncian y si le dijeron eso supongo que realmente lo harán porque una corporación como esa no creo que se presta a "asustar" sino que tiene bien establecidos sus protocolos de actuación.

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    3. Gracias Francisco.

      Finalmente me han citado para dentro de más de un mes (finales de octubre) La carta me ha llegado hoy. Qué me puede pasar?

      Ademas es prosible que en esas fechas esté trabajando fuera de España. Se puede aplazar la fecha por motivos de trabajo?

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    4. Hola. Debe aparecer en la citación que es un juicio de falta. En tal caso no está obligado a ir a la vista oral. Puede mandar un escrito en su defensa (difícil pues lo aceptó en su momento) o igualmente puede mandar escritos de renta o similares para justificar pocos ingresos económicos y que la multa sea muy pequeña (será poca cosa seguro). Saludos y tranquilo

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  41. Hola buenas tardes Sr. Francisco.
    Me ha llegado una sentencia de un juicio de faltas por estafa de 260 euros en la que me condenan al pago de 6x45 270 euros de multa y 250 euros de responsabilidad civil, la persona que denuncia afirmó en el juicio que habían sido devueltos 10 euros. Los 250 euros restantes fueron devueltos mediante ingresos en la cuenta del denunciante días después del juicio ¿Como tendría que proceder para solicitar el pago aplazado o sustituirlo por días de arresto domiciliario ya que estoy parado sin ingresos y vivo con mis padres? ¿Tengo que esperar a que sea firme la sentencia o mando ya la documentación acreditativa y los resguardos bancarios? Un saludo y muchísimas gracias.

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    1. Buenos días

      Disculpe pero he estado unos días fuera de vacaciones.

      El arresto debe ser impuesto en la propia sentencia para que pueda sustituir a la multa (no se solicita). Sin embargo, puede dirigir un escrito al juzgado correspondiente solicitando tanto el aplazamiento como el fraccionamiento, alegando un cambio en su situación económica. Si desde que fue condenado si situación económico no ha cambiado será más complicado (pues ya se tuvo presente en la condena) aunque igualmente puede pedirlo y quizás le fraccionen el pago o den más tiempo. Debe esperar a la firmeza de la sentencia y puede mandarlo sin esperar a la ejecutoria de la misma.

      Saludos y gracias

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    2. Muchas gracias Sr. Francisco.

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  42. Buenas don Francisco le expongo rapidamente.
    Estaba con un amigo eb un parkin de un centro comercial de madrugada al aire libre dentro del vehículo consumiendo cocaína y alcohol nos pillo la guardia civil dijo que es un hecho denunciable y que eran 400 euros nos pidio la documentación nis quito la cocaina pero no nos dio resguardo ninguno le pregunte por el resguardo y me dijo que habria que ir a comisaria a redactar la denuncia y tal como llegaron se fueron.
    Mi pregunta es
    Estoy denunciado
    Me llegara la denuncia a casa
    Si es asi como puedo evitar en delegacion que no me llegue al domicilio y es mas como saber de verdad si nos an denunciado la incertidumbre me esta matando

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    1. Buenos días

      Disculpe pero he estado unos días fuera de vacaciones.

      Realmente no es delictiva la conducta de autoconsumo salvo que sea públicamente en un lugar muy visible y que haya peligro de que terceras personas participen en esa conducta. Lo solitario del lugar que usted describe quizás originó que le hayan denunciado por vía administrativa a través de la Ley de Seguridad Ciudadana. La cuantía de las multas no la ponen los agentes sino que ellos denuncian el hecho y luego tras el procedimiento sancionador se le impondrá una multa dentro de los límites que marca esa ley para ese tipo de conductas. Puede usted acudir a la comisaria de la que depende la zona donde ocurrieron los hechos e informarse perfectamente de si el hecho ha sido denunciado. Igualmente podrá señalar un domicilio para las notificaciones en el escrito de defensa que podrá enviar una vez se inicia el procedimiento.

      Saludos

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  43. Hola. Antes de nada, elogiar el blog. Wow. Muy útil, gracias por contribuir así.
    Este caso es de un amigo, que está tan estresado que he querido ayudarle de alguna forma. Este es un tema polémico y me gustaría ayuda objetiva... Comentarme lo que le parece el caso me parece innecesario, posiblemente ofensivo y no creo que le interese saber que le odian o algo.
    Veamos... Yo tengo 19, él 17 (es interesante saber que es menor de edad, creo).
    Él siempre ha sido una persona rara xD (Se identifica así) y le gusta probar cosas nuevas. Dado que está enganchado al ordenador, sin olvidar estudios, llega a tener relaciones importantes en Internet. Por ejemplo amistades de años. La cosa es que ha tenido novias, cosa que me parece bien, pero sus métodos son lo polémico (yo lo acepto e incluso admiro, pero entiendo que tu opinión esté en otro barrio de la nuestra). Digamos que quiere algo sadomasoquista (algo parecido, realmente no quiere dolor ajeno, pero le hace gracia eso de la sumisión). Entonces ha tenido novias así, y ha experimentado con varias. Ha ido creándose sus "mandamientos" de la relación (tales como la obediencia y la confianza). La cosa es que suele tener relaciones con menores que él por pura casualidad. Él no lo busca. No es que le gusten las menores. Bueno, pues este año ha estado con una chavala de 15. La chavala supo de qué iba la cosa antes de aceptar, obviamente, no era ningún tipo de estafa. Sus padres se enteraron de la relación, le quitaron Internet a la chavala y no supo más de ella. Poco tiempo después, hace lo mismo con otra de 15 años. Nuevamente, ella y él tienen acordada la relación, no es una estafa. La relación en sí misma es polémica socialmente, hay quien lo llama machismo (no lo es, mi amigo no es machista, ni por asomo. Otra cosa es que le guste la sumisión, de chicos o chicas, de hecho creo que es bisexual. no estoy seguro)... Y bueno, le quitaron Internet a la segunda y tampoco se supo nada de ella. Meses después (7 en el caso de la primera, 4 en el caso de la segunda) ambas le han informado de que sus padres le han denunciado y las chicas en cuestión están yendo al psicólogo (aunque creo que ya han dejado de ir).
    La pregunta es: ¿Cuánto puede tardar una denuncia así? Aclaro que sólo fue contacto por Internet, eh.
    ¿Habrá juicio? Uno le dijo que la denuncia es una tontería y no habrá ni juicio...
    Está muy estresado y deprimido, y lo peor es que no sabe nada de nada. Sólo sabe que le han denunciado, no sabe ni de qué se le acusa... Por favor, responda cuanto antes.
    Y también explique qué podría sucederle, de darse el juicio...
    Muchísimas gracias.

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    1. Buenas tardes

      La cuestión es que realmente los detalles accesorios no inciden en lo jurídico salvo que hablasemos de relaciones no consentidas (agresiones sexuales) en cuyo caso podría agravarse la conducta por suponen un trato especialmente vejatorio o degradante. Aquí existen relaciones consentidas y por ende esos detalles son irrelevantes penalmente.

      En nuestro sistema penal esta permitido tener relaciones sexuales o prestar consentimiento para las mismas desde los 13 años de edad, ahora bien, desde los 13 a los 16 existe la posibilidad del prevalimiento, es decir, se presume que la persona mayor de edad tiene mayor madurez que el otro y existe la posibilidad que digan que se ha abusado de esas circunstancias pero no es su caso. Si se tiene 17 es muy dificil probar todo ello y a efectos penales da igual 17 que 18. Si finalmente hubiese juicio dependerá del tipo de denuncia o los hechos que de los que se acusen para ver que tipo de consecuencia puede tener. Tardará más o menos dependiendo del colapso.

      Saludos

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    2. Muchas gracias, pero me has hecho ver diferentes dudas. ¿Cómo que a efectos penales da igual 17 que 18? ¿No se supone que 17 es menor de edad? Me gustaría que me lo explicara, o que al menos me pasara un enlace que lo explicase (para ahorrarle tiempo, no es que no crea en su palabra).
      Y otra cosa, si 17-18 años es lo mismo, ¿por qué no 16-17 con respecto a esa posibilidad de prevalimiento? Me ha creado cierta confusión con ello. A todo esto, lamento muchísimo la equivocación pero según me ha corregido mi amigo, ambas tenían 16, no 15. Lo siento.
      Otra duda que tengo y la razón por la que lo aclaré es que esos "detalles" (el sadomasoquismo en sí) a mi ver son problemáticos ya que como usted entenderá puede ser socialmente contrario a la relación en sí. Es decir, a ojos de sus padres todo apunta a que mi amigo es un agresor y acosador, aunque la realidad sea distinta, y también quería preguntar en cuánto afecta la palabra de sus padres en el caso.
      Espero no estar dándole la vara más de lo debido por mi parte. Si no hay respuesta quiero que sepa que mi agradecimiento se mantiene, gracias por la respuesta, nos has ayudado bastante con eso.

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    3. Hola de nuevo

      Intento aclararle.

      En España desde los 13 años se pueden consentir relaciones sexuales con cualquier persona con independencia de la edad de esa otra persona. Ahora bien, cuando se tiene 13, 14 o 15 el derecho considera que no se es suficientemente maduro como para decidir con libertad y entiende que en muchos casos puede haber un abuso de superioridad por la persona mayor de edad para que ese menor preste su consentimiento. Cuando se cumple los 16 o 17 como regla general eso ya no puede ocurrir según nuestra leyes y a efectos penales es igual que la mayoria de edad. Espero haberme explicado. Le pongo el artículo:

      "El que, interviniendo engaño, realice actos de carácter sexual con persona mayor de trece años y menor de dieciséis". Como le he dicho eso no quiere decir que no pueda existir de manera consentida sino solo que será fácil a efectos penales probar que existía engaño.

      En definitiva:
      - Menor de 13 siempre hay agresión o abusos
      - De 13 a 15 puede ser legal pero depende de si existe engaño
      - De 16 hacia mayor edad siempre permitido

      Espero que ahora le quede más claro

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    4. Muchísimas gracias, ahora sí lo entiendo.

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  44. Hola, primero que nada, muchas gracias por su tiempo y su trabajo, he encontrado este blog, y creo que es justo lo que necesito, llevo tiempo intentando aclarar un tema, pero no he encontrado la información suficiente en internet, pero creo que este es el sitio idóneo, le cuento:
    Cuando tenía 14 años fui a un viaje de intercambio con el instituto y cometí en gran error, llevándome llevar por malas influencias y robé en una tienda de ropa con unos amigos, me pillaron, y me encerraron en una celda de una comisaría inglesa. Nunca supe el valor exacto de lo que robé, (yo no pienso que superase las 200 libras). Me dijeron que tendría un antecedente durante 5 años (hasta que fuese mayor de edad y luego supongo que prescribiría) y una carta de disculpa a la empresa. Ahora mismo tengo 18, después de esto ya no he tenido más problemas legales. Quiero ser policía nacional español, pero uno de los requisitos es no tener antecedentes penales. Mis preguntas son las siguientes; ¿Este delito aparecería mis antecedentes? ¿Este delito tiene valor en España? ¿Un delito (leve o poco grave) cometido siendo menor de edad aparece en los antecedentes (sea en España o fuera)? Muchas gracias por su tiempo y por su ayuda. Los errores se pagan caros. Espero su respuesta.

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    1. Buenas tardes

      Ese delito no aparecerá en sus antecedentes penales. En España aparecen los delitos graves y menos graves. Lo que nunca aparecen son las faltas puesto que estas no crean antecedentes penales de ningún tipo. En el caso de los menores existe un registro de las sentencias condenatorias impuesta por los Jueces de Menores pero ese registro es diferente al Registro Central de Rebeldes y Penados.

      Espero haberle ayudado.

      Saludos

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  45. Disculpe, soy Luis, el chico del caso del robo a los 14 años en Inglaterra, se me olvidó decirle que estuve en la celda aproximadamente de 3 de la tarde a 5 y que a lo que yo hice lo denominaron falta. Gracias de nuevo!

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    1. Hola de nuevo Luis. Respondí a su mensaje anterior sin haber leído el presente.

      El tiempo que paso en la celda era simplemente durante la propia detención, es decir, solo era un tiempo prudente que para nada afectaba a su situación penal. En el presente foro no resolvemos cuestiones jurídicas de derecho extranjero sino solo de derecho español. Como le dije no debe preocuparle el tema, máxime si no ha tenido noticias de aquel hecho desde entonces. Que tenga mucha suerte.

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    2. Muchísimas gracias Francisco!!! Me ha servido de gran ayuda!! :)

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  46. Hola, no se si se habrá publicado mi comentario porque no lo veo, soy nuevo en esto. Decía, que hace tres meses, compré una finca rústica, con una construcción. Esta figura en catastro, con año de construcción 2007, agregamos a la escritura la hoja en la que consta todo. A los días nos dimos cuenta de que la construcción, estaba inclinada, y había riesgo de que se viniera abajo. Hicimos una rehabilitación de la misma. Cuando estaba prácticamente terminado, nos comentó un vecino que vió a unos Agentes Forestales haciendo fotos, en ese momento, no había nadie trabajando, pero si materiales y herramienta. Mi pregunta es, que puede pasar?, podrían derribarla o sanción económica o no pasar nada...?, como puedo saber si me han denunciado y dónde?, cuanto puede tardar la notificación?. Muchas gracias.

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    1. Buenos días

      Esta consulta realmente no es derecho penal sino más bien es una cuestión administrativa. Quizás usted no ha pedido los permisos necesarios para comenzar esas obras de rehabilitación y al ver una obra o movimientos de terreno han venido para tomar nota de todo. Es imposible saber en este punto por donde discurrirá todo. Lo normal es que ahora con toda la información decidan desde la Administración competente si incoan un expediente sancionador. No hay en principio conducta delictiva sino solo una infracción administrativa ( si la hubiese claro... ) porque la construcción ya esta en el momento de la compra y por ende ustedes no han construido nada en zona protegida o zona prohibida sino que se trataría de una obra no autorizada en su caso. Debe esperar usted a tener más noticias.

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    2. Muchas gracias por su respuesta Francisco.
      Un saludo.

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  47. hola Francisco ...mira quería preguntarte algo mi novio trabaja en las ferias..es camarero .y hoy le paso una cosa...atendio una persona ...y ella marcho después de una media hora volivio diciendo que ha perdido el móvil...otras personas dijo que vio a alquien un camarero pero no sabia a quien ...y marcahron vino la policía y reviso a mi novio y al final marcharon pero no le tomaron decalracion ni nada solo datos de la documentación a el ya otros copanieros pero solo a el lo reviso...es inocente por que no a cogido el móvil y cuando lo revisaron no le tenien...el no firmo nada???me puedes decir que va pasar???o es urgente hablar con una abogado...por el es inocente y el quería ver si puede poner una denuncia a esas personas que lo culpan...muchas gracias y espero tu respuesta

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    1. Hola

      En principio no se pueden adelantar acontecimientos. Deben pensar ustedes que cualquier ciudadano puede interponer una denuncia pero ello no es más que una puesta en conocimiento de la policía de unos hechos determinados. Ahora son ellos quienes tienen que demostrar lo que han afirmado en su denuncia. Quizás esto no llege a nada puesto que si no existen pruebas suficientes todo se archivará y no pasará de esa fase. Lo usual cuando se levanta un parte de intervención es tomar una breve declaración sobre lo que ha ocurrido junto con la identificación. Da la impresión que esto va a quedar en nada pero no me puedo aventurar a garantizarle ese extremo. No necesita todavía ningún tipo de asistencia letrada sino que lo mejor es esperar. No deben preocuparse demasiado por el hecho. Saludos y suerte. SI existiese algún tipo de avance en el asunto me lo comenta.

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    2. muchas gracias por contestarme ...aver lo que pasa y te cuento muchísimas gracias por su tiempo saludos

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  48. Hola Fernando. Gracias por hacer este trabajo altruista, te mereces una estatua en una plaza!

    He sido estafado por mas de 400€ en la compra de un bien de valor culturar y sirviendose de su profesionalidad como contemplan los puntos 5 y 7 del articulo 250.1 He denunciado en comisaria y me han llamado para identificarlo en unas fotos y ¿formalizar la denuncia?. ¿Cómo funciona a partir de ahora? y ¿cuánto se puede dilatar el proceso en una C.A. como la Valenciana, con las elevadas tasas de espera? Y en caso de que hubiera juicio ¿que deberia hacer? Tengo 4 testigos de la compra. ¿Costes de este tipo de juicios? ¿Algun consejo adicional? Muchas gracias de antemano.

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    1. Perdon por la confusion Francisco...

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    2. Hola. No hay problema por el nombre.

      Bueno tras la ratificación de la denuncia y una vez realizadas esas operaciones previas por parte de la policía pasará todo a la autoridad judicial competente que será el lugar de comisión del delito. La autoridad judicial si admite a trámite la denuncia comenzará una breves diligencias de investigación (denominadas diligencias previas por ser procedimiento abreviado) para la toma de declaración a todas las partes y testigos y practica de diligencias. Tras ello se decidirá si continua el procedimiento o se sobresee. A continuación si se decide continuar se abre el plenario o juicio oral para la practica de las pruebas. La dilatación el difícil saberlo porque depende del colapso del juzgado competente. Suele tardar de 1 a 2 años dependiendo de ello. El fiscal se personará en las actuaciones y en consecuencia usted puede personarse como perjudicado del delito para ejercitar solo la acción civil (reparación del daño causado) o conjuntamente la vía penal y vía civil (puede pedir la condena y además el resarcimiento civil). Tiene una tercera opción que podría ser reservarse la acción civil para ejercitarla por la vía civil una vez concluido proceso penal. Le aconsejo pida opinión a un letrado de su confianza. Le deberán notificar el inicio del proceso penal y se llevará a cabo el ofrecimiento de acciones para usted y será entonces cuando pueda presentar la querella ante el juzgado competente para la investigación. Con la denuncia usted solo ha comunicado la existencia del delito pero no ha ejercido acción penal alguna.

      Espero haberle aclarado el tema un poco.

      Para lo que necesite me lo comenta

      Saludos

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    3. Muchas gracias por su respuesta Francisco. Si tengo mas dudas se las expondre proximamente, aunque me ha quedado todo bastante claro. Un saludo

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  49. hola segun tengo entendido cuando te denuncian ante un hecho penal mediante , denunucia , acta o atestado , te lo tienen que notificar cuando se interpone ante la policia o el juzgado . ¿ pero y si la policia en puesto de mandarla al juzgado , la manda al ministerio fiscal o a la delegacion de gobierno te lo deben de notificar tambien ? resulta que he preguntado en la secretaria del decano del juzgado de mi localidad y me dijeron que no habia nada contra mi , ¿pero si la policia envia una denuncia , acta o atestado directamente a fiscalia o a la delegacion de gobierno como la notifican o puedo saber ?

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    1. Buenas tardes

      Cualquier administración le notificará el inicio de cualquier proceso judicial o expediente administrativo contra usted. Ya sea la administración estatal, autonómica, local o judicial. Si es la delegación del gobierno es porque se tratará de una infracción administrativa que ha dado lugar a un expediente administrativo sancionador (no es la vía judicial). Si es un juzgado o el ministerio fiscal igualmente se lo comunicaran de inmediato para informarle de los hechos y se de su presunta participación en los mismos. Si es Fiscal comienza una investigación porque le ha llegado el asunto a él, en ese caso será porque la autoridad judicial no ha comenzado investigación alguna ya que el fiscal deberá cesar en su investigación justo en el momento que conozca que un juez está investigando los mismos hechos. Es decir, no va a existir duplicidad de procesos. Sea cual sea la realidad le debe ser notificada para que usted pueda defenderse durante la investigación.

      Saludos

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  50. Hola, escribo esta líneas para ver si me puedes asesorar o dar algún consejo. Y te doy las gracias de antemano.
    En el año 2011 fui víctima de una agresión con arma blanca, varias puñaladas repartidas por mi cuerpo que casi me provocan la muerte. Fui ingresado de urgencia en un hospital de la Seg. Social. El agresor fue detenido y puesto a disposición judicial, si se dice así. Yo permanecí ingresado bastantes días. El agresor fue denunciado de oficio, si se dice así. Yo no interpuse denuncia, pues ya estaba denunciado y en prisión preventiva. Hice mal. Lo que yo quería era olvidar todo…Fui visto por un médico forense que valoró mis lesiones. A los tres años fue el juicio. Yo sólo iba como testigo. Pero llegaron a un acuerdo entre las partes y le cayeron cinco años y una multa o indemnización. Se declaró insolvente. Pero la verdad es que desconozco la sentencia pues no se me notificó. Puedo pedir una copia de la misma¿? Siempre he querido olvidar el asunto, aunque es difícil por las secuelas…pasé dos años muy mal y de médicos. El caso es que ahora el Hospital me exige el pago de la factura por su asistencia, unos quince mil euros, pues yo pertenezco a una compañía privada. Bueno por lo visto en caso de agresión el Hospital no se hace cargo. Ya en su momento les pasé yo la factura a la compañía, pero me dieron largas: cuando se celebre el juicio, que lo pague yo primero y que luego me lo reembolsan. Tengo embargada la cuenta. No sé bien qué puedo hacer. Tengo varias dudas.

    Tengo derecho a ser notificado de la sentencia del juicio¿?
    El hospital pide o pedía copia de la denuncia y justificante de cobertura médica de la compañía para que la factura “pase al agresor” o a la compañía, no lo sé bien. Entonces me valdría la denuncia del fiscal¿? Si es así cómo la solicito.
    Podría denunciar yo ahora al agresor¿?, ya que en su momento no lo hice. Él sigue en la cárcel. Pero ya le queda poco, creo.

    No sé si esto es todo. Tengo un lío tremendo en la cabeza.
    Muchas gracias.

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    1. Buenas tardes

      Dada la complejidad de su caso le recomiendo encarecidamente que busca asistencia letrada y le comente todo su caso de manera detallada. La deuda por los gastos médicos en suya en principio dado que la asistencia se le ha prestado a usted pero usted puede repetir contra el agresor en concepto de responsabilidad civil por el perjuicio patrimonial que se le ha causado (entre ellos los gastos médicos). Una cosa es la multa y otra la indemnización. Se supone que el Fiscal al ejercitar de oficio la acusación contra el agresor tuvo que ejercitar por un lado la acción penal solicitando la prisión del agresor y por otra conjuntamente la acción civil para solicitar daños e indemnizaciones a su persona (aunque usted no estuviese personado en el caso como actor civil o como acusador). La compañia privada a la que usted pertenece debe reembolsarle todos los gastos a la Seguridad Social sin que usted deba sufrir ningún tipo de perjuicio patrimonial como consecuencia de la asistencia. Estos temas son entre las propias entidades privadas y públicas quedando usted al margen de todo.

      El fiscal no denuncia sino que ejercita directamente la acción penal. Usted debe adjuntar el escrito de acusación del fiscal. Para usted poder denunciar ahora al agresor y pedirle indemnización civil (solo podría hacerlo civilmente y no penalmente pues ya fue juzgado) debió en su día reservarse esa acción pero como dice que no se persono ni nada en el juicio se supone como le he dicho que el fiscal tuvo que ejercitarla y le debieron pagar a usted algún tipo de indemnización. Busque un letrado y que le asesore correctamente sobre todo esos extremos.

      Saludos y suerte con el tema

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  51. Mira un dia estabamos en un puente mirando graffittis y un amigo mio llwvaba dos botes le pillo la policia dio los npmbres de con kien estaba y tenemos que ir a juicio el que tenia los botes y otros 2

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    1. Hola. Se trata de una mera falta de deslucimiento de bienes inmuebles castigado con localización permanente o trabajos en beneficio de la comunidad . Quizás la acusación es solamente por una tentativa en caso de no poder probar que llegasteis a utilizar los botes sino que fuisteis sorprendidos antes de iniciar el pintado. En cualquier caso es una pena muy leve sin mayor importancia aunque puede sumarse a ello una leve cuantía para reparar o pintar correctamente los daños causados en el puente.

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  52. Buenas tardes, mi duda es:
    Fui denunciado ante la guardia civil el día 10 de Octubre. Tras hablar con la persona que interpuso la denuncia y aclarar el malentendido, el día 12 me dijo que iba a quitar la denuncia. Mi pregunta es, ¿ Aunque haya quitado la deniuncia debo estar preparado para la llamada de la Guardia Civil? O simplemente la archivan y ya está? Era un delito de difamación por el wassap. Muchas gracias!!

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    1. En nuestro derecho aunque se retire la denuncia interpuesta la investigación debe seguir su curso por si existe algún delito que se investigará de oficio. Existe una salvedad y es precisamente las injurias o calumnias como la suya (la difamación). En esos casos cuando la persona cuyo honor o reputación ha sido dañado no quiere continuar con el proceso todo debe archivarse y paralizarse. En consecuencia todo ha debido suspenderse. Aunque literalmente la denuncia no se puede retirar como tal cuando la persona ofendida sea llamada a ratificar la denuncia podrá manifestar que no desea que el asunto vaya a más. Saludos

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  53. queria saber que hacer, ya que mi hijo mayor 9 años de mi anterior matrimonio le ha dicho a su padre que mi marido (actual) le ha gritado y le ha dado un bofeton.

    resulta que mi hijo desde hace unos meses que me volvi a casar y que tenemos otra nena está sintiendo muchos celos y realmente esta teniendo una actitud negativa hacia mi marido y hacia mi, inlcuso provocando.

    ¿quien nos notificara la denuncia?

    que debemos hacer.

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    1. Hola.

      Si ha existido un denuncia ante la Policia o Guardia Civil serán estos quienes le notifiquen todo para llamarlos a tomarse declaración. Si se ha interpuesto directamente ante el propio juzgado serán notificados desde allí. Solamente les queda esperar a que el procedimiento se inicia y tengan conocimiento de él. En tal caso deberán buscar un abogado que les asista y defienda. Si todo es falso también ayudaría que le hagan saber a su hijo la importancia de lo que ha dicho para que pueda contar la verdad. Es un tema familiar sin duda difícil de tratar como todos los casos en los que se mezclan adultos y menores con rupturas sentimentales. Le desea que todo llegue a buen término. Saludos

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  54. Hola Don Francisco, en primer lugar agradecerla la inmensa faena que realiza,
    Hace unas siete semanas presenté escrito de oposición a un monitorio alegando prescripción ya que el objeto del juicio eran unas facturas de telefonía del año 2008.
    Me gustaría saber si existe algún plazo para que me demanden e ir al juicio verbal o si por el contrario podría terminar todo el procedimiento si la otra parte no desea demandar.
    Un saludo y muchísimas gracias.

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    1. PD. Comentar, que la cuantía total del monitorio no superaba los 400 €

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    2. Hola. muy buenas. Desde el momento de su oposición la otra parte (demandante) tiene el plazo de un mes para presentar la demanda del correspondiente juicio consecuencia de la oposición. Si la otra parte no presenta la demanda en el mencionado plazo, el Secretario judicial dictará decreto sobreseyendo las actuaciones y condenando en costas al acreedor. Si hace 7 semana el asunto ha debido concluir. Saludos

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    3. Muchísimas gracias Francisco por su rápida respuesta.
      Usted sabría decirme si podría solicitar la cancelación de mis datos en el fichero ASNEF pertenecientes a dicha deuda o debería esperarme a que transcurran los seis años máximos de permanencia en el fichero?
      Saludos.

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    4. Buenos días

      El tema es administrativo y en principio no tratamos esos tema en el blog. Simplemente indicarle que se puede pedir al fichero que comenta la modificación o CANCELACIÓN pero de datos inexactos o erróneos. En caso contrario lo normal es esperar a que cumple el tiempo máximo de 6 años siempre que los datos que constan en el fichero continuen siendo veraces y correctos.

      Saludos

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  55. hola Francisco. El dia de hoy e recibido una carta del Servicio de Notificaciones y Embargos penal (Sac Penal). no se de que pueda ser estoy muy nerviosa hice algunas cosas que quizas pueda ser por eso.
    Este año vengo recibiendo cartas de TMB por ir en el metro sin billete, pero no se si esto va por el juzgado. para el tema de embargo, en todo caso estoy en el paro me imaguino que me daran facilidades si fuera esto no?
    Tambien le comento que a finales del año pasado principios de este hice una sola compra de un producto por internet, no tuve que hacerlo, estoy arrepentida.. pero que yo sepa a dia de hoy nadie me dijo nada de eso... puede ser eso?
    Este año tambien Yo y un compañero de piso hicimos una denuncia a otro compañero de piso, porque nos robo, fueron dos denuncias. lo raro que la carta solo me llego a mi, a si que no creo que sea de esto.
    y por ultimo este año tambien denuncie a mi antigua empresa porque no me pago mi finiquito. no se si tendra algo que ver con esto.
    Yo la verdad estoy muy nerviosa, mas que nada porque dice penal, en la carta tambien pone que puede ir otra persona, es necesario que vaya con algun abogado? toy muy nerviosa.
    Un saludo y muchas gracias

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    1. Buenos días

      La verdad es que hace un tiempo de su consulta pero estoy muy liado últimamente y no he podido contestar a las dudas antes. Supongo que ya se habrá informado usted sobre la carta que me comenta. En principio debía ser por alguna causa en la que estimaban que usted podría tener algún tipo de responsabilidad económica en el asunto ya fuese por usted misma o por tener que responder en defecto de otra persona o similar... En prncipio para que exista un embargo ha debido existir con anterioridad algún tipo de solicitud frente a usted para que pague o garantice una posible responsabilidad y en caso de no haberlo es cuando se procede al embargo (ya sea por asegurar algo sobre lo que todavía no se han pronunciado los jueces o ya sea para venderlos directamente y poder saldar algún tipo de deuda). Lo del metro en principio es cuestión administrativa y no penal por que lo que un posible embargo para pagar reiteradas multa debía venir por parte de la administración y no vía penal.

      Espero que todo termine bien para usted. Suerte

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  56. buenos dias, Francisco, espero puedas ayudarme.
    En el mes de enero realice una compra por internet.. con datos y con una tarjeta que no era mia el importe de la compra es de 700€..
    ahora me llego la denuncia que me hicieron, por ese motivo. me indican que tengo que presentarme en el juzgado. que es lo que me puede pasar si me encuentran culpable? yo no tengo antecedentes.
    estoy neriviosa.
    espero puedas ayudarme o informarme.
    gracias

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    1. En principio se trataría de un delito de estafa. La pena de prisión puede variar aunque en principio por esa cantidad no debería ser superior nunca a 2 años de presión. Mas bien rondando el año y al no tener antecedentes lo normal sería la suspensión de la condena. Igualmente podrá ser condenado junto a lo anterior, a una indemnización civil para reparar el perjuicio económico ocasionado. Saludos

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  57. Hola buenas tardes no se si me podría ayudar le cuento hace dos meses yo fui a la trabajadora social de menores y puse una notificación de maltratos que sufría mi hija (menor de edad) a causa de cierto grupo de menores pues a razón de eso días mas tardes esos niños seguían y se armo pelotera yo estaba en mi casa con mi marido y oímos gritar a una vecina el niño el niño y mi marido bajo y era q el padrastro de dos de ellos le estaba pegando a mi hijo también menor mi marido se metió en medio para separlo y ese señor no cogió por el cuello y lo metió dentro de su casa donde los menores portaban cuchillos al final mi marido consiguió salir de la vivienda y subimos a esperar ambulancia y policía una vez recogido declaraciones la policía dice q se va q no hay heridos graves ni x armas blanca que fuéramos a comisaría a poner denuncias cuando salimos del hospital ellos ya estaban en comisaria y nos recomienda ir al día siguiente y nos vamos pero en la mañana empezamos oír lo q ellos denunciaron que si mi hijo lo corto con un cuchillo etc... E incluso cogieron un cuchillo que ellos mismo tiraron al jardín y lo llevaron a la policía por esa parte estoy tranquila puesto q x nuestra parte nadie toco cuchillos buenos por la tarde fuimos a poner nuestras denuncias y al terminar me notifican a mi que dos personas me denunciaron una el padrastro y otra señora q no se quien es por amenazas y ninguna constan que viven en mi domicilio que fue donde paso todo pero a mi marido y mi hijo no se les notifico nada y según ellos denunciaron a mi hijo porque le corto aún siendo mentira porque mi hijo no toco cuchillos ninguno me podrías decir xq me notifican a mi y a ellos no si puede ser porque no tiene nada q ver lo q ellos denunciaron con informe de policía es q no se

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    1. Buenas tardes

      Un caso bastante complejo y al haber denuncias cruzadas todo dependerá de las pruebas (sobre todo testificales). Sin duda lo primero que deben hacer es buscar un profesional y hablar con los vecinos que presenciaron los hechoes para que declaren como testigo y que su abogado pueda contar con sus declaraciones. Si es una comunidad supongo que junto a la vecina que gritaba habría otro vecino que presenciaría todos los hechos o parte de ellos. Cualquier declaración sería buena. Como le digo todo se va a depender de las pruebas y harían bien dejándolo todo bien atado desde ya.

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  58. Hola, me han timado en la venta de una sudadera (imitación) me ha costado 15 euros, nunca me ha enviado esa sudadera y ya la había pagado (todo esto por internet) me ha bloqueado de todas partes.
    ¿Por qué la podría denunciar?
    ¿Y qué consecuencias tendría?

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    1. Hola. Disculpa la demora pero tengo poco tiempo ultimamente.

      La denuncia podría ser por una simple falta de estafa vía internet.
      Las consecuencias sería una multa bastante leve y además la devolución del importe pagado. No necesita abogado para interponerla y el juicio sería una vista oral de pocos minutos ante el juez el día que le citen. Deberá usted llevar los justificantes de pago realizados de cualquier tipo que sean así como cualquier otra prueba que tenga.

      Saludos

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  59. Hola Francisco, yo puse en internet un anuncio para la venta de 10 cartones de tabaco marlboro, tabaco que sobro de la boda de mi hijo, pues bien, una señora rumana se puso en contacto con migo interesada en comprarlo y tras unos mensajes, quedamos en que se los enviaría por el valor de 370 euros contra reembolso, pues bien esta señora una vez recibido el paquete, ha ido a comisaria a denunciarme diciendo que ella había tratado con migo en comprar 2 vestidos de señora y que le había enviado ropa de segunda mano y ahora me ha venido la citación del juicio en Barcelona, Digame lo que puedo hacer, yo soy un parado que no tengo medios ni dinero para nada y he sido estafado por esta señora y encima me ha denunciado, decirle también que el dinero del envío esta bloqueado en correos, Difame por favor que puedo hacer en los 2 casos en lo del juicio y como reclamar el dinero en correos? Gracias de antemano.

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    1. Buenos días

      Ante todo si tiene usted las comunicaciones con esa Sra. deberá llevarlas el día del juicio. Supongo que la citación será por un juicio de faltas de estafa por lo que no necesita asistencia letrada. Lleve todas las pruebas que tenga sobre la comunicación en la que quede patente que el objeto de la venta era los cartones de tabaco y no los vestidos. Si se ha realizado a través de alguna plataforma de anuncios su anuncio deberá estar todavía "colgado" en la red y será fácil adjuntarlo junto con el resto de las comunicaciones. En su escrito de defensa deberá solicitar al juez que se en el caso de que usted gane, se le envie "OFICIO" a Correos para que liberen esa cantidad y pueda usted recogerla.

      Saludos y suerte

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  60. Hola, con dudas te escribo pues no se si es prudente hacerte esta pregunta, mi hermano de nacionalidad mexicana fue detenido en estados unidos por droga pero no se le comprobó nada e iba a continuar desde una casa vigilada lo de su proceso, de alguna forma huyo y por días lo estuvieron buscando por cielo mar y tierra, se quedo sin papeles obviamente y regreso a casa, su familia se quedo alla tiene hijas que son ciudadanas americanas, después de como 8 años hace el intento de sacar visa y se la otorgan, o sea, puede entrar de nueva cuenta a estados unidos y se me hace tan raro, porque despuesito que llego a casa yo cheque con una amiga que trabajaba en la corte de estados unidos sobre mi hermano y me comento que lo tenían en el sistema para que en cuanto cruzara fuera detenido de inmediato, ya pasaron varios años mas y ahora resulta que le dan visa ??? no será un cuatro ?? se podria dar el caso ?? o con quien me aconseja que acuda para checar antes de que pase

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    1. Buenos días. Agradecerle en primer lugar que haya confiado en nuestro blog para preguntar sobre algo tan importante para ustedes. No obstante, debo indicarle que conforme a las reglas del blog, la temática del mismo es únicamente sobre el derecho español y no resolvemos duda sobre casos o cuestiones no relacionadas con nuestro derecho. Espero comprenda las grandes diferencias que pueden existir entre las leyes de un país y otro. Le deseo en cualquier caso que tenga suerte y todo acabe de la mejor manera posible. Gracias de nuevo

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  61. Hola muy buena, les cuento lo que me a pasado, hace un par de meses unos vecinos míos me querían comprar una moto, la cual yo no quería vender y les dije que no la vendía, insistían e insistían muchisimo pero ya les dije que no, hasta ahí todo normal, al tiempo, cosa de un mes, estaba en la cama dormido era temprano y recibí una llamada al móvil, eran las personas que me querían comprar la moto, amenazandome y echándome las culpas de que los había quitado una bicicleta tipo bmx, y que había sido la noche anterior,
    Da la casualidad que desde que nació mi hija yo no salgo por la noche, y esa noche estuve todo el día en casa.
    Yo les dije que yo no había sido, que para que quería una bici así. Incluso accedí a que miraran en mi casa y en mi trastero, pero se negaron, y me dijeron que me habían a denunciar, todos los días durante una semana me llamaban amenazandome, hasta que ya se me calentó la cabeza y los dije 4 cosas y no volvieron.
    Al tiempo me entero que habían encontrado ( supuestamente) la bici en mi garaje que por cierto es comunitario.
    Y me a llegado ayer una carta ( después de casi 3 meses) para ir a un juicio en enero.
    También an denunciado a 2 personas más de mi comunidad, y mi pregunta es, si yo no e sido y tienen la rabieta esa de que yo no los quise vender la moto, podría perder el juicio?
    Llevo desde que me llego la carta acojonado la verdad, que por no querer venderlos la moto me aya tenido que pasarme esto..

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    1. Buenos días

      Debe usted denunciar tanto por amenazas como por denuncia falsa. Los hechos tienen la suficiente entidad como para recomendarle claramente que no deje pasar el tema y le haga frente buscando a un abogado de su confianza. Usted tiene como propietario la facultad de vender a quien desee su moto, faltaría más. Nadie puede amenazarle para que usted venda la moto si no desea hacerlo. Supongo además que el garaje al ser comunitario será comun y cada uno de los aparcamientos no será cerrado ni tiene puerta propia. De ser así es muy difícil que puedan probar que fue usted quien puso la bici en ese lugar pues cualquier otro copropietario de la cochera podrá haberla puesto allí. Le advierto, no obstante, que hasta que termine el procedimiento penal iniciado contra usted no podrá denunciar la denuncia falsa, siendo además necesario que salga usted libre de todos los hechos. Busque ayuda profesional y prepare una buena defensa usando la misma información que me ha dado a través del foro. Saludos y suerte

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  62. Francisco, el anuncio se puso en Milanuncios y ya no esta visible puesto que una vez que se realizo la venta, yo lo elimine, pero en el primer mensaje que esta señora me envío se puede ver el anuncio. decirle que el juicio se celebrara en Barcelona y yo soy de Badajoz.

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    1. Hola de nuevo Juan Antonio. El juicio se celebra en Barcelona. La empresa a que hace referencia tiene su sede en esa ciudad. Busque un profesional y adjunto esa comunicación donde se puede ver el anuncio así como el resto de conversaciones encadenadas resultado de la venta. La resolución del juicio va a depender a la prueba. Incluso será posible que su letrado solicite al juez que requiera a la empresa para que adjunte su anuncio (lo tendrá en sus archivos) aunque ya no aparezca publicado.

      Saludos

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  63. Hola de nuevo Don Francisco,
    Escribí una consulta sobre un juicio monitorio un poco más arriba.
    En dicho juicio se realizó una oposición por prescripción ya que el motivo del juicio eran unas facturas de telefonía móvil del año 2008 de unos 400e.
    Ahora me ha llegado una citación para juicio oral en abril, siendo claro que las facturas estén prescritas, ¿me daría usted alguna recomendación de cara al juicio al no ser perceptivo asistir con abogado?
    Muchas gracias por si excelente trabajo.
    Un saludo.

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    1. Hola.

      El asunto ha continuado por los trámites ordinarios ya que el monitorio no es el ámbito correcto para discutir sobre su oposición al mismo. Conforme al Artículo 818 Ley Enjuiciamiento Civil si el deudor presentare escrito de oposición dentro de plazo, el asunto se resolverá definitivamente en juicio que corresponda, teniendo la sentencia que se dicte fuerza de cosa juzgada.

      Pues en primer lugar usted tendrá que persistir en el tema de la prescripción presentando la documentación que acredite la misma. Recordarle que en fundamento de su excepción procesal sería el artículo Artículo 1966.3º del código civil "por el transcurso de cinco años prescriben las acciones para exigir el cumplimiento de las obligaciones siguientes: La de cualesquiera otros pagos que deban hacerse por años o en plazos más breves".

      Efectivamente, tal como dice usted no necesita defensa letrada técnica pues se trata de un juicio verbal de reclamación de cantidad de cuantía que no excede los 2000 euros (250.2 y 23.2 Ley Enjuiciamiento Civil).

      Mucha suerte y seguro que gana el pleito.

      Saludos

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    2. Muchísimas gracias por su atención y por su enorme trabajo Don Francisco.

      Saludos.

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  64. hola,es que no se si se ha publicado bien mi comentario
    he tenido un intento de suicidio siendo militar,resulta que el atestado policial llego a mi puesto de trabajo, mi ex pareja escucho algo de un atestado a mi nombre y fue a preguntarle al encargado de llevar esos documentos y se lo conto todo,quiero saber si se ha cometido infraccion y puedo denunciarles ya que yo no queria que eso se supiera

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    1. Buenos días

      Incluso podríamos estar hablando de un delito del 417 código penal " La autoridad o funcionario público que revelare secretos o informaciones de los que tenga conocimiento por razón de su oficio o cargo y que no deban ser divulgados".

      El tema es delicado pues el atestado tiene datos personales que no deben ser divulgados bajo ningún concepto. Es más, incluso ni el propio implicado en el atestado tiene derecho a conocer directamente el contenido del mismo sino meramente a saber como van las actuacione con caracter general pero no a presenciarlo directamente. Nos encontramos pues ante un funcionario público que tiene un deber de custodia y sigilo que faltando a su deber pone en conocimiento de otra persona hechos "muy" personales y delicados.

      Saludos

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    2. muchisimas gracias francisco,llevo pasandolo muy mal en este trabajo,no es que quiera que hechen a esta persona pero creo que me merezco algo por todo lo que he pasado y si puede compensar el hecho de que encima me voy a quedar sin trabajo..me recomiendas seguir esta via?podria pedir daños y perjuicios? gracias de nuevo por tu amabilidad

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    3. Buenos días

      Realmente tiene usted diversas opciones ya que puede personarse con abogado para pedir la condena penal y el resarcimiento civil (daños o perjuicios contra su intimidad). o simplemente personarse para pedir resarcimiento civil o no personarse e igualmente poder obtener resarcimiento en cuyo caso si no se persona no podrá defender sus intereses y solo será un "espectador" del proceso cuyos protagonistas serán el imputado y el ministerio fiscal. Saludos

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  65. buenas resulta que hace unas noches nos detubieron a mi y a un grupo de amigos la policia y procedieron a cachearnos alegando que habiamos producido destrozos en la via urbana y habian sido alertados por los vecinos nos pidieron la documentacion y el numero de telefono me gustaria saber que consecuencias tiene esto

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    1. Muy buenas

      En principio sin más datos es difícil saber pero puede tratarse de infracción administrativa o vía penal por daños. Todo depende de por donde hayan llevado el asunto los policías que intervinieron en los hechos. En cualquier caso les llegará una notificación para declarar (si es judicial), o bien, una notificación de procedimiento sancionador (si la vía es administrativa). Saludos

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    2. en primer lugar muchas gracias por la contestacion y en segundo lugar le hago otra pregunta ¿ si los vecinos que llamaron a la policía no proceden a denunciar nos seguiría llegando la notificación ? ¿ y cuanto tiempo suele tardar en llegar ? gracias de nuevo

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    3. En principio con la mera alerta de los vecinos dicen ustedes que la policia acudió al lugar de los hechos. Si rellenaron el correspondiente atestado o parte de intervención es suficiente ya que tiene el valor de denuncia por sí mismo. Si solo "anotaron" una intervención pero no dieron traslado sería necesaria la denuncia. Lo normal es que si les pidieron los datos y tratándose de la vía publica dieran traslado y todo continuara su curso pero todo depende de como fuese el tema.... Saludos y suerte

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  66. Buenas tardes, me pongo en contacto con usted para que me aconseje con lo que le ha pasado a mi hijo. Anoche en una fiesta de noche vieja tubo una disputa debido al alcohol que acabo en pelea con otro chico. Mi hijo fue atendí por una ambulancia que había en la fiesta (contusiones y erosiones) al otro chico no sabe si le tren dan que dar algun punto. La policía identifico a mi hijo y la dijo que el otro lo había denunciado. Esta mañana nos hemos acercado a comisaria y nos han dicho que todavía no había denuncia en su contra. Es normal? Que puedo hacer? En comisaria nos han dicho que todavía no pusiéramos una denuncia en espera de acontecimientos por si el otro chico no denuncia. Yo no quiero denunciar porque creo que es una pelea debido al alcohol pero no se que hacer. Me podría aconsejar? Gracias

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    1. Como continuación a mi mensaje anterior, al final si han denunciado a mi hijo y por recomendación mi hijo también ha denunciado. El otro chico tiene puntos de aproximación. Es grave? Puede ser delito o solo falta? Deberíamos buscar abogado, la policía nos ha dicho que en principio seria un juicio rápido de faltas. No se que va a pasar y no lo llevo muy bien.

      Gracias de antemano

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    2. Buenas tardes

      En principio creo que la policía se ha precipitado. Le explico con brevedad.

      Los puntos en principio se consideran asistencia médica que requiere de la visita repetida a un profesional médico y nos llevaría al tema del delito y no a la falta. Ahora bien, los puntos de aproximación dan lugar a diferentes criterios. Al tratarse realmente de una especia de "tiras adhesivas" no requieren realmente una supervisión ni cuidado especial como si requieren los otros tipo de puntos. Incluso pueden llegar a ser retirados sin necesidad de profesional médico. Algunos tribunales consideran que dan lugar este tipo de puntos a una mera falta pero otros conitnuan considerándolos delitos. Principalmente habría que atender a la gravedad de la lesión ya que no es lo mismo una lesión de gran tamaño a una de poco tamaño o incluso una lesión que requiera muchos días de curación a una que sane en pocos días. En definitiva dependerá de todas las circunstancia pero si es cierto que cabe la posibilidad de que se considere falta (sin descartar el delito). Saludos y mucha suerte

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    3. Gracias por su respuesta. Sabe Vd. Cuanto puede tardar el procedimiento, pronto empiezan los exámenes de la universidad y no se si esto es algo rápido o no?


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    4. Si es falta será muy rápido y todo de sustancia en un solo día. El tiempo que tardará no se puede saber pues dependerá del colapso y ritmo que lleven los juzgados competentes (donde ocurrieron los hechos). Saludos y suerte

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  67. Hola buenas soy Carl, el otro día estaba con un amigo y llamamos por teléfono a una persona en número privado para hacer una broma, no se le insultó, solo le dijimos obscenidades, pues esa persona nos colgó. Luego volvimos a llamar pero sin número privado y entonces nos dijo que nos iba a denunciar. ¿Que es lo que puede denunciar?
    ¿Puede haber una multa? En ese caso de cuanto dinero? ¿Cuanto puede tardar la denuncia en llegar? PD: Soy menor y estoy muy asustado. Muchas gracias por tu atención y tienes un gran blog, Saludos.

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    1. Hola. Si todo se redujo a una sola llamada de obscenidades creo que no debería considerarse de entidad suficiente para que sea constitutivo de infracción penal. Tampoco creo que por una sola vez les denunciara. Quizás os dijo lo de la denuncia para que no lo hicieses más. En cualquier caso se trataría de una injuria leve. No tenéis que preocuparos. Saludos

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    2. Muchas Gracias Francisco, y gracias por tu tiempo dedicado. :)

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  68. Mensaje en respuesta a Francisco 4 de mayo de 2013, 14:09
    Sr Francisco, he tenido ya el juicio donde le comenté lo sucedido, soy el vs que le dije en su día, adjunto enlace de la pagina en cuestión, de este mismo foro " http://sobrelegalidad.blogspot.com.es/2013/03/delitos-faltas-y-otros-temas-legales.html"
    Mi denunciante no se ha presentado, en cambio mis testigos si lo han hecho, alegando en todo momento que yo hice correctamente mi trabajo y que utilicé mi defensa para lo que el nombre de esta indica, en defensa propia, tanto el policía, testigo de mis actos, como personal de la tienda también citada, han negado ver a este hombre con sangre en su cara dentro de la misma, el fiscal solo iba a los hechos que citaban en la denuncia del individuo, como que yo le agredí, lo cual mis dos testigos lo han negado. mi abogado ha pedido la eximente completa respecto a lo que la "defensa propia" dice.y poco mas que añadir, que uno de los chavales se ha puesto un poco nerviosos por que era su primer juicio y con tantas preguntas y demás ha dudado por que le ha dicho que el denunciante, aunque el no lo vio bien , parecía tener un pequeño corte en la cara, pero el fiscal tampoco reparó en eso por que solo se fijaba en que si yo, le había dado con la defensa en la misma para producirselo. y por lo demás bien, mi abogado dice que he sido conciso pero correcto, aunque pudiera haberme explayado mas en las explicaciones, pero que ve difícil que me condenen, ¿usted que opina?.
    Gracias de nuevo por su respuesta y decirle que soy seguidor leal del foro.

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    1. Hola. Agradecerle muy sinceeramente su mensaje. Es muy útil que los usuarios que han comentado alguna cuestión en el blog nos cuenten la resolución o avances de los mismos conforme lo van conociendo. Sobre el particular concreto, coincido plenamente con su abogado en la dificultad de que caiga una condena teniendo presente como ha transcurrido todo. Además debe tener presente que cuando un letrado tiene un defensa solida es mejor no "liar" mucho el asunto en el juicio y decir las cosas "claritas" y escuetas. Como se suele decir más vale poco y bueno que malo y mucho. Le deseo que todo termine bien y pueda usted continuar desempeñando su trabajo de una manera correcta. Gracias por ser un leal seguidor. Saludos

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  69. Buenas tardes!!!

    Tras leer el fabuloso trabajo que hace aconsejandonos a todos, me he decidido ha consultarle mi situación por si podría Ayudarme.

    El tema es que el otro día al regresar a casa me cruce con unos vecinos que llevaban a los perros atados y les comente q daba gusto, ya q he visto otras veces a otros vecinos con los perros sueltos y q era una irresponsabilidad.
    Al parecer según me comento luego mi pareja ellos suelen llevarlos sueltos, por lo q mi comentario paso a los gritos y terminamos con las manos.
    Ellos eran dos, uno d ellos me empujó y forcejeamos mientras el segundo nos separó. Yo no llegue a hacerle nada, pero el me rompió el cuarto dedo d la mano izquierda.
    El tema es que el individuo llamo a la guardia civil Xq me vio en las zonas comunes ya que acompañe a mi novia a la salida.
    La guardia se presentó en mi domicilio después d hablar con ellos y les conté lo q había pasado y q me dolía el dedo y ya. No me preguntaron si iba a denunciar ni nada.
    Con la conversación con la guardia civil vale como denuncia o tengo q ir a las dependencias?
    No iba a hacer nada, pero me da cosa q vayan encima d víctimas y pueda acarrear me más inconvenientes.

    Muchas gracias!!!

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    1. Buenas tardes

      En un principio y como regla general la guardia civil tiene que rellenar un parte de actuación o atestado en los delitos públicos y en caso de ser delictivos pasarlos al juzgado para que procedan de oficio (incluso sin su denuncia) pero para que lo pueda entender eso solo ocurre en aquellos casos flagrantes, es decir, cuando la propia policia presencia la comisión del delito o incluso cuando sea claro que el delito se ha cometido. En su caso me temo que al no haber denunciado no se inicien ningún tipo de actuaciones salvo que la otra parte denuncie ya que además su conducta al no necesitar tratamiento médico solo sería constitutiva de falta y aunque las faltas de lesiones también deben perseguirse sin denuncia es poco usual que se inicie el procedimiento sin un mero parte médico o denuncia suya. Saludos

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  70. Le comento mi caso.
    Hace unos dias tuve una pelea en un bar de Madrid. Un hombre me empezo a increpar y acto seguido me empujó varias veces. Yo presa del miedo y de la estupidez rompí el vaso que tenia en la mano en su cabeza. Despues de la pelea, unos agentes de policia me pidieron los datos y me dejaron ir. Ahora, a mi amigo que tambien estuvo presente en la pelea pero no actuo en la misma, le ha llamado diciéndole que está denunciado por complice de una agresión y por obstrucción a la justicia. Y en mi caso, que estoy denunciado por agresion. También se que el hombre sufrió heridas por cortes que supusieron puntos de sutura.
    Todavia no he recibido ninguna citación ni nada por el estilo. Actualmente no resido en Espana y me resultaria verdaderamente negativo volver.
    Que sucede si no me llega citación alguna, o si me llegase a mi domicilio espanol (el que pone en el dni) en el cual residen mis padres? Que sucederia si no me presento al juicio ignorando dicha citación que pueda llegar a casa de mis padres? Se puede dictar sentencia si yo no estoy presente en el juicio? En el caso de que no se dicte sentencia prescribe el delito? Y si se celebrase? A que pena puede estar sujeto dicho delito cometido?

    También comentarle que no tengo antecedentes.

    Muchas gracias por sus respuestas.

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  71. Buenos días! En primer lugar, felicitarle por el trabajo bien hecho del blog :) Paso a comentarle mi caso, a ver si me puede ayudar en algo:
    1º: No tengo ningún antecedentes
    2º: Mentí en la declaración
    Hace unos meses un muchacho iba en moto por una avenida y al coger una curva rápido se le cayó un iPad al suelo, pero como no se se dio cuenta, siguió y yo al verlo, lo cojí. El iPad estaba aún encendido pero con la pantalla destrozada. Al pasar un par de meses de tener el iPad y cambiar de ciudad, éste se bloqueó, por lo que decidí ponerme en contacto con el número de teléfono que me aparecía. Me contestó un muchacho que decía ser el dueño y que por favor, que quería recuperar el iPad como fuera.
    Ni corto ni perezoso, me pareció buena idea conseguir algo de dinero (obviamente sin saber que luego incurriría en un delito) ya que sobre el iPad había una denuncia por robo, cuando en realidad se le perdió porque fui yo el que lo vi y lo coji. Así que me inventé que lo habían comprado de 2ª mano por 400€ y me lo habían regalado y que yo se lo devolvía pero que no me quería quedar sin iPad ni quería "que hubiese tirado su dinero la persona que me lo regaló" por lo que le dije que si me daba el precio del "regalo" se lo llevaba y se lo devolvía sin más problemas, a lo que el muchacho aceptó y añadió que él había puesto una denuncia de robo sobre el iPad, pero que seguía adelante con el trato por recuperarlo.
    Cual fue mi sorpresa, que cuando quedé con el muchacho, se presentó la policía, nos indicaron que estábamos cometiendo un delito y a comisaría. Una ve allí, en vez de decir la verdad, que me lo había encontrado y quería sacarme un dinero, mantuve la mentira de que me lo habían regalado y sólo quería "recuperar" los 400€ y devolver el iPad, por lo que me imputaron un delito de receptación al querer vender un producto sobre el que pesaba una denuncia por robo igual de falsa que mi mentira.
    Ahora estoy esperando a que me citen y me gustaría saber si por mentir en la declaración (Ya que pienso contarle al abogado de oficio toda la verdad) me pueden imputar otro delito y saber qué pena o penas me pueden imponer por las 2 cosas, porque la verdad es que estoy aterrorizado al ver que las penas por receptación pueden ser de prisión.
    Muchas gracias

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  72. Hola, Francisco. Ante todo darle las gracias por el trabajo qué realiza.
    Paso ha relatarle los hechos.Yó trabajaba en un camión de recogida de contenedores de basura;íbamos el compañero y un servidor,en los estribos de la parte trasera del camión(este estaba detenido)cuando en el mismo momento en qué me iba a bajar , se puso hacer marcha atrás,de repente este pegó un frenazo brusco y yo salí despedido,con lo cual me fracturé un brazo,nada más bajarse el camionero me dijo qué , cuando me preguntaran dijera qué me había caído al subirme,que si nó, ellos dirían qué iba bebido
    Me llevaron al hospital,y allí vino la guardia civil,me preguntaron como fué y les dije la verdad.
    No me hicieron la prueba de alcoholemia ni la guardia civil, ni el hospital.Ahora cuando llegue el juicio ,seguro qué alegarán,lo antes comentado .Ellos són dos trabajadores fijos en la empresa y yo estaba de contrato.
    Mi pregunta básicamente es:A quién cree usted que le dará el juez la razón
    Muchas gracias

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